El Ejecutivo aprueba la ley universitaria que exige la paridad en los ¨®rganos de decisi¨®n
Recibir¨¢n especial atenci¨®n las mujeres v¨ªctimas de la violencia machista en la pol¨ªtica de becas
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el anteproyecto de modificaci¨®n de la Ley Org¨¢nica de Universidades (LOU), que habr¨¢ de ser remitido al Consejo de Estado para el informe preceptivo de este ¨®rgano consultivo. La reforma, que va acompa?ada de una memoria econ¨®mica, exige igualdad entre los dos sexos en los ¨®rganos de gobierno.
La educaci¨®n superior es el primer sector en el que se establecen por ley f¨®rmulas para asegurar la igualdad entre hombres y mujeres en los ¨®rganos de decisi¨®n. De los 72 rectores que hay en las universidades espa?olas, s¨®lo cuatro son mujeres, y ¨²nicamente el 33% de las c¨¢tedras de universidad est¨¢n en manos de ellas. Estos datos contrastan con el hecho de que en Espa?a hay ya m¨¢s mujeres con formaci¨®n universitaria que hombres, m¨¢s estudiantes, m¨¢s licenciadas e incluso m¨¢s doctoras.
La ministra de Educaci¨®n y Ciencia, Mercedes Cabrera, ha informado al Consejo de Ministros sobre los puntos principales que introduce esta reforma legal, "largamente esperada y anunciada". En concreto, se ha referido al "reforzamiento de la autonom¨ªa universitaria, para adaptarse a su entorno y establecer sus propios perfiles" de profesores.
"El coste de esta ley no es elevado", ha asegurado la ministra en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, en la que ha explicado que, salvo cuestiones como la desaparici¨®n de los cuerpos de titulares y catedr¨¢ticos de Escuela Universitaria, "no es una ley que tenga un aparato de memoria econ¨®mica relevante".
Principales novedades
A continuaci¨®n se enumeran las principales novedades del texto, que modifica la Ley Org¨¢nica de Universidades (LOU) impulsada por el PP y aprobada el 21 de diciembre de 2001:
- Universidades privadas. Tambi¨¦n en sus ¨®rganos de representaci¨®n y gobierno deber¨¢ haber una "presencia equilibrada" entre hombres y mujeres.
- Vicerrectores y decanos. El texto excluye al equipo de gobierno de estos centros de esta obligaci¨®n, al igual que tampoco se incita a ello en la Ley de Igualdad a los gobiernos central y auton¨®micos.
- Unidades de igualdad. Una disposici¨®n adicional de la ley establece la creaci¨®n de "unidades de igualdad" en todas las universidades para desarrollar todas las funciones relacionadas por el principio de igualdad.
- Violencia de g¨¦nero. En la pol¨ªtica de becas se introduce la especial atenci¨®n a las personas v¨ªctimas de violencia de g¨¦nero y con discapacidades para garantizar que puedan seguir los estudios superiores.
- Derechos de los estudiantes. Se especifican tres nuevos: a recibir un trato no sexista; a la no discriminaci¨®n por razones de sexo, raza, religi¨®n o discapacidad, y a que se reconozca su participaci¨®n en la vida universitaria.
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