El Congreso aprueba la Ley que protege al consumidor de pr¨¢cticas como el redondeo
Seg¨²n la normativa, las aerol¨ªneas deber¨¢n publicar los precios finales de los vuelos y los compradores de viviendas no tendr¨¢n que suscribir la misma hipoteca que tiene el vendedor
La Comisi¨®n de Sanidad y Consumo del Congreso ha aprobado hoy la Ley que protege a los consumidores de pr¨¢cticas abusivas como el redondeo de precios en aparcamientos y telefon¨ªa, la publicidad enga?osa en los precios de los billetes de avi¨®n o los obst¨¢culos que ponen las empresas a la hora de dar de baja un servicio.
La C¨¢mara Baja ha aprobado esta normativa con competencia legislativa y ha remitido al Senado el proyecto de Ley de mejora de protecci¨®n de los consumidores y usuarios.
Los aparcamientos deber¨¢n cobrar "el precio determinado en funci¨®n del tiempo real de prestaci¨®n del servicio", es decir, la cantidad por minuto de estacionamiento, sin posibilidad de "redondeos a unidades de tiempo no efectivamente consumidas o utilizadas", seg¨²n establece el proyecto de Ley. As¨ª, el aparcamiento deber¨¢ entregar al usuario un justificante con expresi¨®n de d¨ªa, hora y minuto de entrada, y en caso de que el conductor deje las llaves tambi¨¦n deber¨¢ recoge el resguardo la identificaci¨®n del veh¨ªculo con la matr¨ªcula o cualquier marcador.
Las empresas de aparcamientos tendr¨¢n un tiempo de adaptaci¨®n de cinco meses, excepto las que operen en r¨¦gimen de concesi¨®n administrativa y los aparcamientos dependientes de otras instalaciones, que tendr¨¢n ocho meses para realizar los cambios pertinentes, una vez entre en vigor la Ley.
La Ley tambi¨¦n se refiere a las condiciones que a menudo establecen las empresas para cancelar un contrato; ¨¦l texto establece que "el consumidor podr¨¢ ejercer su derecho a poner fin al contrato en la misma forma en que lo celebr¨®". As¨ª, cuando un usuario quiera darse de baja de un servicio tendr¨¢ "las mismas" condiciones que cuando se dio de alta, "sin ning¨²n tipo de sanci¨®n o de cargas onerosas o desproporcionadas, tales como la p¨¦rdida de las cantidades abonadas por adelantado, el abono de cantidades por servicios no prestados efectivamente, la ejecuci¨®n unilateral de las cl¨¢usulas penales que se hubieran fijado contractualmente o la fijaci¨®n de indemnizaciones que no se correspondan con los da?os efectivamente causados".
Con la nueva normativa se quiere dar "mayor claridad" a las modalidades de c¨¢lculo del precio, y evitar as¨ª la facturaci¨®n de servicios "no prestados efectivamente". En el caso de la telefon¨ªa la ley obliga a computar el gasto en la factura por segundos.
Respecto a las compa?¨ªas a¨¦reas y servicios similares, el proyecto de Ley obliga a que se informe del "precio completo, incluidos impuestos, o presupuesto, en su caso". As¨ª, en toda informaci¨®n al consumidor sobre el precio de los bienes y servicios, incluida la publicidad, se informar¨¢ del precio final completo, desglosando, en su caso, el importe de los incrementos o descuentos que sean de aplicaci¨®n, de los gastos que se repercutan al consumidor y usuario y de los gastos adicionales por servicios accesorios, financiaci¨®n u otras condiciones de pago similares.
La oferta, promoci¨®n y publicidad falsa o enga?osa de productos, actividades y servicios ser¨¢ perseguida y sancionada como fraude, seg¨²n la norma.
Vivienda
En cuanto a la vivienda, el proyecto de Ley proh¨ªbe que se trasladen los gastos que corresponden al vendedor, como los impuestos en los que aparece como sujeto pasivo o los gastos de conexiones a los suministros generales de la vivienda (como el enganche del suministro de agua o el alcantarillado). Tambi¨¦n se proh¨ªbe que la penalizaci¨®n al comprador en caso de que ¨¦ste no subrogue la hipoteca que ten¨ªa el vendedor, y se establece as¨ª la libertad para elegir pr¨¦stamos hipotecario.
Respecto al servicio de informaci¨®n y atenci¨®n al cliente, el proyecto de Ley obligar¨¢ a que haya "una atenci¨®n personal directa, m¨¢s all¨¢ de la posibilidad de utilizar complementariamente otros medios t¨¦cnicos a su alcance". Asimismo, la nueva norma establece que la informaci¨®n precontractual obligatoria se facilite al consumidor de forma gratuita, sin costes adicionales.
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