Madrid aprueba el decreto que permite fumar en los bares de los centros de trabajo
El reglamento del Gobienro regional contraviene la ley antitabaco del Ministerio de Sanidad
El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha aprobado hoy el decreto que desarrolla la Ley Antitabaco del Ministerio de Sanidad. El reglamento permite fumar en los bares y cafeter¨ªas de los centros de trabajo, en los reservados de restaurantes durante celebraciones privadas y en actos institucionales, lo que contradice la ley estatal. Sanidad recurrir¨¢ el decreto.
La ministra de Sanidad y Consumo, Elena Salgado, advirti¨® recientemente que su departamento recurrir¨¢ cualquier reglamento que "desvirt¨²e o haga m¨¢s flexible la norma" aprobada por el Estado. En su tramitaci¨®n, el texto elaborado por el Gobierno regional ha recibido varias objeciones por parte del Consejo de Estado que, en el dictamen emitido la semana pasada, rechazaba varios apartados del decreto, que entrar¨¢ en vigor 20 d¨ªas despu¨¦s de su publicaci¨®n en el Bolet¨ªn Oficial de la Comunidad de Madrid.
A continuaci¨®n se exponen los puntos m¨¢s pol¨¦micos del reglamento del Gobierno regional:
- Bares de empresa. La ley antitabaco estatal establece en su art¨ªculo 7 que est¨¢ prohibido fumar en "centros de trabajo p¨²blicos y privados cerrados". Adem¨¢s, la legislaci¨®n fija expl¨ªcitamente que en los bares de m¨¢s de 100 metros cuadrados ubicados en centros de trabajo no se podr¨¢ fumar ni habilitar zonas especiales para fumadores.
Frente a la ley estatal, la Comunidad de Madrid trata a los bares de m¨¢s de 100 metros cuadrados de los centros de trabajo como a los dem¨¢s establecimientos de hosteler¨ªa. El decreto permite que "bares, cafeter¨ªas y establecimientos asimilados ubicados en el interior de centros de trabajo" que tengan m¨¢s de 100 metros cuadrados puedan establecer zonas de fumadores. En los de superficie inferior a los 100 metros no estar¨¢ permitido el consumo de tabaco.
- Actos conmemorativos. El Gobierno regional de Madrid tambi¨¦n admite que pueda fumarse durante la celebraci¨®n de "actos conmemorativos, de representaci¨®n, institucionales o an¨¢logos" dentro de los centros de trabajo, pero en estos casos s¨®lo en "dependencias y unidades no productivas ubicadas en inmuebles donde existan uno o m¨¢s centros de trabajo". En el caso de que estas ¨¢reas tuvieran m¨¢s de 100 metros, el decreto remite a la regulaci¨®n de la ley antitabaco. Es decir, habr¨ªa que establecer zonas espec¨ªficas de fumadores.
- Separaci¨®n y ventilaci¨®n. El decreto de la Comunidad de Madrid tambi¨¦n se desmarca de la ley nacional al regular las ¨¢reas espec¨ªficas para fumadores. Mientras la ley antitabaco fija que sean zonas "separadas f¨ªsicamente" y "completamente compartimentadas", "con sistemas de ventilaci¨®n independiente", la regulaci¨®n auton¨®mica es menos estricta. Seg¨²n el art¨ªculo 4 del decreto, "la separaci¨®n f¨ªsica del resto de las dependencias no requerir¨¢ compartimentos estancos". En todo caso, deber¨¢ garantizarse que olores y humos no contaminen al resto del establecimiento.
- Reservados de restaurantes y salas. El Gobierno regional contempla tambi¨¦n la posibilidad de que en determinados establecimientos de hosteler¨ªa puedan crearse zonas reservadas para el consumo de tabaco, "siempre que se trate de zonas aisladas, reservadas a determinadas personas y de acceso restringido". Este supuesto se refiere a celebraciones privadas. Adem¨¢s, ser¨¢ obligatorio informar en el interior y el exterior del reservado que se puede fumar en ¨¦l.
- Espacios al aire libre. Seg¨²n el art¨ªculo 7 de la ley estatal antitabaco, los espacios al aire libre son los ¨²nicos lugares de los centros de trabajo donde no rige la prohibici¨®n total de no fumar. Por eso, el decreto de Aguirre define los lugares que se considerar¨¢n como tales y entre ellos incluye expresamente las terrazas. "Tendr¨¢n la consideraci¨®n de espacios al aire libre los que est¨¦n cercados y tengan cubierta m¨®vil o practicable al aire libre, siempre que la misma permanezca abierta", recoge el art¨ªculo 6.2 del decreto.
Sanidad ha recurrido ya dos decretos auton¨®micos que desarrollan la ley del tabaco, el de Valencia y el de Castilla y Le¨®n, por entender que "incumplen" la norma general del Estado. El Ministerio ha enviado adem¨¢s a La Rioja un requerimiento, previo al recurso, por el mismo motivo. De momento son cinco las comunidades que han desarrollado la ley antitabaco.
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