Sanidad interrumpe la tramitaci¨®n de la ley antialcohol por ser tema de confrontaci¨®n electoral
El Gobierno present¨® hace unos d¨ªas un nuevo borrador para hacer frente a las reticencias del sector vitivin¨ªcola
La ministra de Sanidad y Consumo, Elena Salgado, ha anunciado esta tarde que interrumpe la tramitaci¨®n del proyecto de ley para prevenir el consumo de alcohol entre menores por haberse convertido en su opini¨®n en un tema de confrontaci¨®n y de enfrentamiento electoral. As¨ª las cosas, el Gobierno esperar¨¢ a que pasen las elecciones municipales y auton¨®micas del pr¨®ximo mes de mayo para retomar el proyecto.
En su primer borrador, el proyecto preve¨ªa la prohibici¨®n de la publicidad de bebidas alcoh¨®licas (incluido el vino) en los medios de comunicaci¨®n, y extend¨ªa las restricciones para su venta. Tras las consultas (y protestas) con el sector, Sanidad redact¨® un nuevo texto que limaba algunos de los puntos m¨¢s pol¨¦micos (limitaba la prohibici¨®n publicitaria a los espacios dirigidos espec¨ªficamente a menores), pero no dejaba el vino fuera de la regulaci¨®n, equipar¨¢ndolo a otras bebidas alcoh¨®licas como la cerveza o el whisky. La industria vitivin¨ªcola hab¨ªa exigido la retirada del vino de la nueva norma.
El borrador concede al vino una consideraci¨®n especial en su pre¨¢mbulo, mencionando la Ley de Vi?a y el Vino (24/2003) para especificar que la nueva norma no entr¨¢ en conflicto con ¨¦sta. Adem¨¢s, deja claro que las publicaciones orientadas a la informaci¨®n y promoci¨®n tur¨ªstica podr¨¢n anunciar vinos de calidad producidos en una regi¨®n determinada, siempre que no est¨¦n dirigidas a menores de 18 a?os.
El texto anterior prohib¨ªa el consumo en “instalaciones deportivas, recreativas o de esparcimiento durante el horario o intervalo temporal en que se permita la entrada de menores”. La ambig¨¹edad del t¨¦rmino “instalaciones recreativas o de esparcimiento” dejaba abierta la posibilidad a prohibir la cerveza en una feria, un festejo popular o una piscina p¨²blica. El nuevo borrador se limita a prohibir “la venta o el consumo de alcohol en los centros docentes de educaci¨®n infantil, primaria, secundaria obligatoria, en los que se impartan ense?anzas no universitarias, excepto aquellos destinados espec¨ªficamente a la ense?anza de adultos”. Tambi¨¦n quedan fuera los centros de protecci¨®n de menores y aquellos lugares que determinen en su normativa las comunidades aut¨®nomas.
En cuanto a la venta y dispensaci¨®n de bebidas alcoh¨®licas a trav¨¦s de m¨¢quinas expendedoras, el nuevo texto exige que se coloquen s¨®lo en los lugares que puedan ser vigilados por los adultos (o sea, ni en pasillos de centro comerciales, ni en escaleras, etc¨¦tera).
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