La Justicia andaluza proh¨ªbe parte del temario de Ciudadan¨ªa
Para el TSJA los contenidos violentan la libertad ideol¨®gica y religiosa de las personas y, al mismo tiempo, el pluralismo pol¨ªtico
El Tribunal Superior de Justicia de Andaluc¨ªa (TSJA) ha anulado el desarrollo en esta comunidad de los contenidos de la asignatura de Educaci¨®n para la Ciudadan¨ªa (EpC) referidos a ideolog¨ªa de g¨¦nero, homosexualidad y opciones vitales, que cree una "il¨ªcita invasi¨®n" en la ¨¦tica, el derecho y la moral. Dentro de la sentencia est¨¢ el acuerdo de plantear la cuesti¨®n al Tribunal Supremo para que resuelva sobre los Reales Decretos nacionales que definieron los cambios de la asignatura, ya que la anulaci¨®n de estos contenidos, seg¨²n la Sala, podr¨ªa afectar al desarrollo estatal de la asignatura.
La sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA considera que los contenidos anulados "sobrepasan lo que es una ense?anza te¨®rica y pr¨¢ctica de los principios democr¨¢ticos de convivencia" y "vulneran el principio de neutralidad ideol¨®gica de los poderes p¨²blicos". La Junta de Andaluc¨ªa, ha reaccionado al fallo afirmando que ¨¦ste se refiere "exclusivamente a dos expresiones y a un p¨¢rrafo" sobre una norma de 66 folios y que "no afecta en modo alguno a la obligatoriedad" de la materia.
Entre otros, anula las referencias de la asignatura a la ideolog¨ªa de g¨¦nero, a la "actitud cr¨ªtica ante estereotipos hom¨®fobos", a fomentar el respeto a las "diversas opciones vitales" al rechazo a "cualquier discriminaci¨®n por raz¨®n de g¨¦nero" y a que la escuela debe "huir de una simplificaci¨®n en la definici¨®n de las identidades". Los magistrados entienden que estos contenidos vulneran los derechos fundamentales de los padres ya que, al ser una asignatura obligatoria y "transversal" de las dem¨¢s materias que est¨¢ "dirigida expl¨ªcitamente a la formaci¨®n moral de los alumnos, violenta la libertad ideol¨®gica y religiosa de las personas y, al mismo tiempo, el pluralismo pol¨ªtico, constituido como uno de los valores superiores del ordenamiento jur¨ªdico".
Para los magistrados, la asignatura se atiene a la Constituci¨®n en otras materias como sus referencias a la clonaci¨®n, biotecnolog¨ªa o investigaci¨®n con c¨¦lulas madre, que "al no saberse si son adultas o embrionarias, no deja de ser una expresi¨®n de manifiesta inocuidad moral o ideol¨®gica".
Dos votos particulares
El fallo incluye los votos particulares de dos de los cinco magistrados que componen el tribunal, Rafael S¨¢nchez y Eloy M¨¦ndez, que creen que la asignatura "s¨®lo pretende transmitir los valores que inspiran nuestra Constituci¨®n".
Los jueces sostienen en su voto discrepante que EpC defiende los principios que inspiran "la convivencia en una sociedad democr¨¢tica" y que "la libertad ideol¨®gica y religiosa del recurrente no puede llevar a que pueda determinar, conforme a sus creencias, el contenido o modelo del sistema educativo".
El recurso fue presentado por cinco padres sevillanos encabezados por los hermanos Manuel y Carlos Seco Gordillo, ambos militantes del PP, y, respectivamente, ex diputado nacional y concejal en un municipio sevillano, y hasta ahora, como anticipo de este fallo, el TSJA ha permitido a varias decenas de padres andaluces objetar para que sus hijos no reciban las clases ni sean evaluados.
Recurso de casaci¨®n del fiscal general del Estado
El Supremo estudia el recurso de casaci¨®n presentado por la Fiscal¨ªa General del Estado contra una sentencia previa del Tribunal Superior de Justicia de Andaluc¨ªa (TSJA) seg¨²n la cual los padres podr¨ªan ejercer la objeci¨®n de conciencia respecto de la asignatura de Educaci¨®n para la ciudadan¨ªa.
Seg¨²n informa la cadena SER, la Sala ha optado por una v¨ªa intermedia ala hora de resolver este recurso que pod¨ªa haber terminado considerando los decretos como nulos o declarado su inconstitucionalidad. Dos de los magistrados han emitido un voto particular en el que desestiman el recurso al no apreciar ilegalidad alguna en los decretos.
El TSJA hab¨ªa fallado a favor de las 5 familias que no quer¨ªan que sus hijos cursaran Educaci¨®n para la ciudadan¨ªa, sin embargo, seg¨²n el escrito del recurso de la de la Fiscal¨ªa General del Estado, la sentencia del tribunal andaluz realiza una detallada descripci¨®n de la libertad ideol¨®gica y del derecho de los padres a educar a sus hijos, pero "no aporta ning¨²n argumento que concrete que en este caso se ha producido una vulneraci¨®n de derechos".
Para la Fiscal¨ªa, esta indefinici¨®n de la resoluci¨®n judicial impide conocer qu¨¦ contenidos concretos de la mencionada asignatura podr¨ªan incidir en los derechos fundamentales invocados por los recurrentes.
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