Los magistrados partidarios de suspender la ley del aborto creen que su aplicaci¨®n supone un "da?o irreparable"
El auto del Tribunal Constitucional se?ala que tiene vedada la posibilidad de paralizar una norma estatal
Los cuatro magistrados del Tribunal Constitucional (TC) que presentaron votos particulares a la decisi¨®n de no suspender cautelarmente la nueva ley del aborto mientras el TC se pronuncia sobre los recursos de inconstitucionalidad presentados por el PP y el Gobierno de Navarra, coinciden en argumentar que la aplicaci¨®n de la norma puede suponer un "perjuicio irreparable" o de "dif¨ªcil reparaci¨®n" y, por tanto, debieron suspenderse determinados preceptos de forma "excepcional". El Constitucional ha publicado hoy el auto en el que rechaza la paralizaci¨®n de la norma.
Los votos particulares fueron del magistrado progresista Eugeni Gay Montalvo y de los conservadores Javier Delgado, Jorge Rodr¨ªguez-Zapata y Ram¨®n Rodr¨ªguez Arribas.
Rodr¨ªguez-Zapata considera que la justificaci¨®n de la suspensi¨®n de las leyes estatales "ha de buscarse en la necesidad de precaver perjuicios irreversibles vinculados a los derechos fundamentales de la persona". Gay Montalvo asegura que la alegaci¨®n del PP de que existe un "evidente perjuicio irreparable", debi¨® no solo "considerarse" sino tambi¨¦n "atenderse", ya que estima que al afectar al derecho a la vida, ¨¦ste se convierte en una prioridad "ineludible" para el legislador.
Rodr¨ªguez Arribas arguye que el riesgo "indiscutible" de que mientras se tramitan los recursos "se extingan legalmente (...) multitud de vidas nasciturus (...) obligaba, en atenci¨®n a la extrema excepcionalidad del caso y sin prejuzgar la cuesti¨®n de fondo", a suspender aquellos preceptos cuya aplicaci¨®n podr¨ªa producir "efectos irreversibles" para el derecho a la vida. Javier Delgado opina que "nunca en la historia" de este tribunal se hab¨ªa presentado una situaci¨®n como la presente, ya que "nunca hab¨ªa ocurrido que durante un proceso pudiera producirse una extinci¨®n de vidas, da?o terminantemente irreparable, que podr¨ªa resultar inconstitucional".
En la resoluci¨®n, el tribunal se?ala que el "car¨¢cter excepcional de la suspensi¨®n de la leyes" requiere de una previsi¨®n expresa en la Constituci¨®n, que s¨ª contempla en el caso de que sean disposiciones de las Comunidades Aut¨®nomas cuando las impugne el Gobierno. Tambi¨¦n indica el Constitucional que, seg¨²n las determinaciones de la Constituci¨®n y la Ley Org¨¢nica del TC, "no cabe acordar ninguna limitaci¨®n a la aplicabilidad de la ley estatal como consecuencia de que haya sido impugnada ante el TC".
La ley del aborto, que entr¨® en vigor el pasado 5 de julio, ha sido recurrida por el PP y el Gobierno Foral de Navarra, si bien este ¨²ltimo no solicit¨® la suspensi¨®n cautelar de la norma hasta que el TC decida sobre la constitucionalidad de la misma.
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