El TSJA confirma el procesamiento del juez Serrano por cambiar un r¨¦gimen de visitas en Semana Santa
El instructor considera "ins¨®lito" y "muy forzado" la decisi¨®n para que el menor saliera en una procesi¨®n
El Tribunal Superior de Justicia de Andaluc¨ªa (TSJA) ha confirmado el procedimiento por prevaricaci¨®n abierto al juez de Familia de Sevilla Francisco Serrano, acusado de cambiar el r¨¦gimen de visitas de un ni?o para poder salir en una procesi¨®n de Semana Santa.
El juez instructor del TSJA, en una resoluci¨®n a la que ha tenido acceso Efe, rechaza el recurso presentado por el abogado de Serrano y dice que exist¨ªan otras soluciones para dar "de manera clara y directa respuesta jur¨ªdica adecuada" al conflicto.
Adem¨¢s, existen indicios de que hubo una "estrategema procesal" para conseguir que el asunto recayera en el juzgado de Serrano y no en el encargado del divorcio de los padres, maniobra que era "perfectamente advertible" por el juez, aunque ¨¦l mismo no tuviese ninguna participaci¨®n activa.
El juez instructor del TSJA, Miguel Pasquau, rechaza as¨ª el archivo de la causa pedido por el abogado de Serrano, quien aleg¨® que la legalidad del cambio de visitas est¨¢ pendiente de la resoluci¨®n de la Audiencia de Sevilla y que su decisi¨®n reun¨ªa los requisitos de urgencia.
Por su parte, el abogado de la madre, I?igo Moreno Lara, ha recurrido para que el juez sea acusado de un segundo delito de falsedad en documento oficial, al destruir presuntamente la primera hoja del Acta de Comparecencia del ni?o y su abuelo que sirvi¨® a Serrano para tomar su decisi¨®n.
El TSJA ha abierto procedimiento abreviado contra el juez de Familia 7 por presunta prevaricaci¨®n al prolongar, el 30 de marzo de 2010, un d¨ªa y medio la estancia de un ni?o de 12 a?os con su padre divorciado para garantizar su salida en una procesi¨®n de la Madrug¨¢ sevillana, dada la supuesta oposici¨®n de la madre.
El juez se enfrenta a una posible inhabilitaci¨®n para ejercer su profesi¨®n de entre diez y veinte a?os por el delito de prevaricaci¨®n, mientras que la falsedad lleva aparejada una pena de tres a seis a?os de c¨¢rcel e inhabilitaci¨®n de dos a seis a?os.
El juez instructor dice que el comportamiento de Serrano fue "ins¨®lito" o al menos "muy forzado", pues hab¨ªa tenido un conocimiento "extraprocesal" de la supuesta oposici¨®n de la madre del ni?o a su salida en procesi¨®n.
El juez ten¨ªa la posibilidad de requerir a la madre, con las advertencias necesarias, para que cumpliera el convenio de separaci¨®n que reconoc¨ªa el derecho de los hijos a salir en procesi¨®n, y sobre todo con la facilidad actual de comunicaci¨®n podr¨ªa haber preguntado a la mujer si era cierta su oposici¨®n.
El auto afirma que es irrelevante la decisi¨®n que adopte la Audiencia porque la competencia de Serrano para pronunciarse "es solo un dato m¨¢s, y no el m¨¢s importante" en la apreciaci¨®n de indicios de prevaricaci¨®n.
La resoluci¨®n, que debe ser confirmada por la sala de lo Civil y Penal del TSJA, dice que hay indicios de que Serrano quiso pronunciarse sobre un tema que consideraba "interesante", tras haber sido ampliamente tratado por la prensa sevillana, y para ello no llev¨® a cabo "cualquier medio razonable de comprobaci¨®n" y us¨® "hasta desnaturalizarla" su funci¨®n protectora de los menores.
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