Competencia abre expediente a Mediapro por los contratos de f¨²tbol
La investigaci¨®n, por firmar contratos de m¨¢s de tres a?os, se extiende Bar?a, Sevilla y Racing
La Comisi¨®n Nacional de la Competencia (CNC) ha abierto un expediente a la productora Mediapro por firmar contratos con los clubes de f¨²tbol con una duraci¨®n superior a los tres a?os que marca la Uni¨®n Europea como tope m¨¢ximo. Este expediente afecta tambi¨¦n a tres entidades deportivas: Barcelona, Sevilla y Racing de Santander.
Mediapro defiende la legalidad de sus actuaciones y responde que la CNC no puede desposeerla de los derechos de los clubes de Primera y de Segunda para la pr¨®xima temporada. Argumenta que solo un tribunal? de justicia puede dictaminar? la resoluci¨®n de esos contratos.
Hace dos a?os,? la CNC ya estableci¨® que los contratos de adquisici¨®n de los derechos? audiovisuales de Liga y Copa (salvo la final) con una duraci¨®n superior a tres a?os ca¨ªan bajo la prohibici¨®n de las leyes de defensa de la competencia y del Tratado de Funcionamiento de la Uni¨®n Europea. Entonces, declar¨® nulos los contratos suscritos entre las televisiones y los clubes de f¨²tbol que superen los tres a?os de duraci¨®n y cuya vigencia se extienda a la temporada 2012-2013 y siguientes.
Este tipo de contratos, seg¨²n el organismo regulador,? tendr¨ªan "efectos restrictivos" sobre la competencia en el mercado de adquisici¨®n de estos contenido al no permitir una salida al mercado "lo suficientemente peri¨®dica" de los derechos audiovisuales de los equipos de f¨²tbol como para asegurar que haya una competencia efectiva en el sector.
Tanto la productora catalana, que explota los derechos televisivos de la Liga, como el Barcelona, el Sevilla y el Racing de Santander habr¨ªan incumplido una resoluci¨®n de la CNC de abril de 2010 al firmar, con posterioridad a esa fecha, contratos por m¨¢s de tres temporadas.
Mediapro se ampara en la Ley General de la Comunicaci¨®n Audiovisual, seg¨²n la cual los contratos de adquisici¨®n de los derechos de las competiciones de f¨²tbol no podr¨¢n exceder de cuatro a?os.? La compa?¨ªa esgrime que una resoluci¨®n de la CNC no puede estar por encima de una ley aprobada en el Parlamento. Pero la CNC considera que el Tratado de la Uni¨®n Europea se antepone a las leyes nacionales.
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