102 y 43%
Los n¨²meros reflejan el apoyo entre constitucionalistas al matrimonio homosexual y el porcentaje de gais, lesbianas y bisexuales j¨®venes acosados que piensan en el suicidio
La primera es una cifra de esperanza; la segunda nos muestra el horror. 102 son ya los catedr¨¢ticos y profesores de Derecho Constitucional de universidades de toda Espa?a que se han adherido a la campa?a de COGAM a favor de la constitucionalidad del matrimonio entre personas del mismo sexo. 43% es el porcentaje de aquellos j¨®venes de 15 a 25 a?os que plantean suicidarse tras haber sufrido acoso escolar por raz¨®n de su orientaci¨®n sexual homosexual o bisexual, tal y como demuestra el estudio elaborado por los grupos de Educaci¨®n de la Federaci¨®n Estatal de Lesbianas, Gais, Transexuales y Bisexuales (FELGTB) y del propio COGAM, presentado el pasado lunes, 10 de septiembre, coincidiendo con la conmemoraci¨®n del D¨ªa Internacional para la Prevenci¨®n del Suicidio.
La primera es una cifra de esperanza, la misma que albergamos de que muy pr¨®ximamente, tras m¨¢s de siete a?os de espera, nuestro Tribunal Constitucional resuelva el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Partido Popular contra la ley de reforma del C¨®digo civil que permite el matrimonio entre personas del mismo sexo (el llamado matrimonio igualitario).
Nos parece, en efecto, un dato muy relevante que sean ya 102 los expertos en Derecho constitucional de toda Espa?a que sostienen que esa ley es perfectamente constitucional. Los argumentos que sostienen esta opini¨®n son suficientemente conocidos y se pueden concentrar en uno b¨¢sico: Dado que la Constituci¨®n, en su art. 32, no excluye la posibilidad de que dos personas del mismo sexo puedan contraer matrimonio, corresponde al legislador democr¨¢tico tomar esa decisi¨®n. Y eso fue precisamente lo que hizo nuestro Parlamento, de manera claramente mayoritaria, hace m¨¢s de siete a?os, con la aprobaci¨®n de la Ley 13/2005, de 1 de julio.
Albergamos la esperanza de que el Constitucional falle a favor del matrimonio igualitario
Esa opci¨®n del legislador, adem¨¢s, encuentra cobertura en otros preceptos constitucionales. De manera clara, en el art¨ªculo 14 CE, que consagra la igualdad de todo los espa?oles ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminaci¨®n alguna ¨Ccomo ha reconocido el propio Tribunal Constitucional- por raz¨®n de orientaci¨®n sexual o identidad de g¨¦nero. En segundo t¨¦rmino, el art. 9.2 CE, que, entre otras cosas, conmina a los poderes p¨²blicos a promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas, as¨ª como a remover los obst¨¢culos que impidan o dificulten su plenitud. ?Qu¨¦ otra cosa hizo el legislador en 2005 que dar cumplimiento efectivo a este mandato constitucional?
El matrimonio, como instituci¨®n de derecho civil, consiste, en esencia, en un contrato que contraen dos personas, en virtud del cual adquieren una serie de derechos y de obligaciones entre s¨ª y para con terceros. ?Qu¨¦ impide que ese contrato pueda ser firmado por dos personas del mismo sexo? ?Qu¨¦ es lo que convierte en inaptos a dos hombres o dos mujeres para firmar ese contrato? Ni uno solo de los derechos u obligaciones a que da lugar la firma del contrato matrimonial es insusceptible de ser adquirido o cumplida por dos personas del mismo sexo. En definitiva, el contenido jur¨ªdico civil del matrimonio, en s¨ª mismo, no excluye la posibilidad de que dos personas del mismo sexo puedan contraerlo.
Otra cosa es que la tradici¨®n, hasta fechas tempranas, haya sido la contraria, es decir, permitir la celebraci¨®n de este contrato solo a personas de sexo diferente. Pero las tradiciones tienen que cambiar al albur de los nuevos tiempos. Porque si las tradiciones, en alg¨²n momento de la historia, no hubieran cambiado, hoy habr¨ªa a¨²n esclavos negros, por ejemplo. O, sin necesidad de remontarnos muchos a?os atr¨¢s, hace pocas d¨¦cadas, en nuestro propio pa¨ªs, era tradici¨®n (y ley) que las mujeres no pudieran disponer libremente de su patrimonio, sin la autorizaci¨®n de su padre o, en caso de estar casadas de su marido. Hoy nos repugna la esclavitud y la subordinaci¨®n de la mujer al var¨®n. Y ha llegado el momento en la historia en que tambi¨¦n nos repugne la discriminaci¨®n de las personas lesbianas, gais, transexuales o bisexuales en relaci¨®n con las personas heterosexuales. Porque en cuesti¨®n de dignidad todos somos iguales.
Incumbe, antes que a nadie, a las autoridades educativas tomar cartas en el asunto
La igualdad o es completa o no es igualdad. Esto es algo que se encuentra en el coraz¨®n mismo de nuestra Constituci¨®n. No en vano, su primer art¨ªculo en su primer apartado, establece que la igualdad, junto con la libertad, la justicia y el pluralismo pol¨ªtico son valores superiores de nuestro ordenamiento jur¨ªdico. Igualdad, por tanto, total y absoluta es lo que reclamamos. En nuestro pa¨ªs estamos ya muy cerca de la igualdad completa en lo formal, siendo irrenunciable la conquista del matrimonio igualitario. No podr¨ªamos entender, por eso, una sentencia desfavorable del Tribunal Constitucional. Conquistada y asegurada esa igualdad formal queda a¨²n mucho por avanzar hacia la igualdad real y efectiva de las personas LGTB en relaci¨®n con las heterosexuales.
Buena muestra de esta deficiencia es la otra cifra que constituye el p¨®rtico de este art¨ªculo. Que a d¨ªa de hoy el 43% de nuestros adolescentes y j¨®venes piensen en suicidarse a causa del acoso que padecen en los centros de ense?anza por ser homosexuales o bisexuales solo nos puede estremecer, primero, y poner sobre alerta, despu¨¦s, para tomar medidas de inmediato. Incumbe, antes que a nadie, a las autoridades educativas tomar cartas en el asunto y dejar de tratar este asunto desde un punto de vista ideol¨®gico. Como se?ala Jes¨²s Generelo, Secretario General de la FELGTB y director de la investigaci¨®n, el acoso escolar homof¨®bico ha de abordarse como lo que es: ¡°un verdadero problema de salud y de vulneraci¨®n de derechos en las escuelas espa?olas; estamos hablando de suicidio, una de las principales causas de muerte prematura, y el silencio no es una respuesta aceptable¡±.
Hay razones y cifras para la esperanza y cifras y razones para la preocupaci¨®n. La primera, la esperanza, nunca la perderemos. La segunda, la preocupaci¨®n, es solo el paso previo que nos conduce a la acci¨®n para revertir esas situaciones profundamente injustas y que causan inmenso dolor a personas inocentes. Lo hemos dicho ya: la igualdad o es completa y real o no es igualdad. Por ella seguiremos luchando. La historia nos dar¨¢ la raz¨®n. Nos la est¨¢ dando ya.
Agust¨ªn L¨®pez Lozano y Antonio Arroyo Gil son, respectivamente, Presidente y Coordinador de la Comisi¨®n de Derechos Humanos de Cogam.
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