La ¡®ciberintimidad¡¯ de Olvido Hormigos
La difusi¨®n del v¨ªdeo er¨®tico de la edil no es revelaci¨®n de secretos porque se obtuvo l¨ªcitamente La reforma del C¨®digo Penal del Gobierno emula al alem¨¢n y castigar¨¢ estos hechos
Nadie arrebat¨® a Olvido Hormigos el v¨ªdeo er¨®tico que la hizo saltar a la fama el pasado septiembre. Fue la propia exconcejal del PSOE en Los Y¨¦benes (Toledo) la que lo envi¨® a Carlos S¨¢nchez, el futbolista de 27 a?os con el que manten¨ªa una relaci¨®n. La misma persona que, traicionando su confianza, supuestamente lo divulg¨® por primera vez. Esa es la raz¨®n por la que el juzgado de Primera Instancia e Instrucci¨®n n¨²mero 1 de Orgaz ha archivado la investigaci¨®n abierta contra S¨¢nchez y contra el alcalde de Los Y¨¦benes, Pedro Acebedo (PP), al que la edil acus¨® tambi¨¦n de haberlo propagado, por un delito contra la intimidad. No es que la intimidad de la edil no se viera afectada. Es que el delito que la protege exige el robo o la apropiaci¨®n il¨ªcita de los datos ¨ªntimos. Algo que, en este caso, no se produjo. No hay pues delito contra la intimidad, aunque el pol¨¦mico v¨ªdeo, al convertirse en viral en internet, lo vieran cientos de miles de personas.
El de Hormigos es uno de esos casos en los que las redes sociales y los m¨®viles inteligentes parecen convertir en anticuado el C¨®digo Penal. La jugarreta que, conscientemente o no, le hizo su compa?ero, est¨¢ a la orden del d¨ªa. Sobre todo entre los j¨®venes. Parejas que se graban manteniendo sexo o intercambian fotos o v¨ªdeos de contenido er¨®tico entre ellos. Lo que se conoce como sexting ¡ªuna mezcla de sex (sexo) y el verbo ingl¨¦s creado para el env¨ªo de sms texting¡ª. O en situaciones de desinhibici¨®n total como juergas, borracheras, consumo de drogas... Despu¨¦s, esas im¨¢genes aparecen en facebook, twitter, se distribuyen por whatsapp entre el c¨ªrculo de amigos de la v¨ªctima... Con el objetivo de hacer da?o.
Se trata de una de las modalidades de acoso por internet, una conducta a la que los penalistas y crimin¨®logos especialistas en ciberdelincuencia han puesto el nombre de online harassment (acoso u hostigamiento online en ingl¨¦s). Uno de cada cinco espa?oles ha sido v¨ªctima de este fen¨®meno, seg¨²n la ¨²nica encuesta de victimizaci¨®n por delitos inform¨¢ticos hecha en Espa?a, la realizada por el Centro Cr¨ªmina para el Estudio y Prevenci¨®n de la Delincuencia, de la Universidad Miguel Hern¨¢ndez de Elche (Alicante). El fen¨®meno contiene varias categor¨ªas y, entre ellas, la m¨¢s repetida (el 10% de la poblaci¨®n espa?ola la ha sufrido) es la difusi¨®n de informaci¨®n ¨ªntima en la red sin consentimiento de la v¨ªctima, aunque no necesariamente de contenido sexual, como en el caso de la concejal socialista. Otras conductas comunes de harassment son el contacto reiterado y no deseado por otras personas a trav¨¦s de la red (10%), la suplantaci¨®n de identidad (3,2%), las amenazas graves (3%) y las injurias y calumnias (2,2%). ?Nos protege eficazmente el C¨®digo Penal contra ataques a la intimidad como el sufrido por Hormigos?
Un 10% de la poblaci¨®n ha sufrido la propagaci¨®n de informaci¨®n ¨ªntima en la red
En el esc¨¢ndalo de Los Y¨¦benes no hay delito por la propia literalidad de la ley. El art¨ªculo 197 del C¨®digo Penal, el que recoge el delito de descubrimiento y revelaci¨®n de secretos (el delito contra la intimidad que se imputaba al excompa?ero de Hormigos y al alcalde), establece entre sus requisitos que las im¨¢genes difundidas sean obtenidas de forma il¨ªcita. El precepto castiga con penas de entre uno y cuatro a?os de prisi¨®n al que ¡°para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento¡±, ¡°se apodere¡± de documentos, correspondencia o correos electr¨®nicos... El castigo se extiende al que, para ello, ¡°intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios t¨¦cnicos de escucha, transmisi¨®n, grabaci¨®n o reproducci¨®n del sonido o de la imagen, o de cualquier otra se?al de comunicaci¨®n¡±. En el caso de Hormigos, nadie se apoder¨® del v¨ªdeo. Lo dio ella.
El auto en el que el pasado 15 de marzo la titular del juzgado toledano, Mar¨ªa del Carmen Neira Formigo, archivaba el delito contra la intimidad as¨ª lo establece. Recuerda que la propia Hormigos, en su declaraci¨®n ante la instructora, asegur¨® que ¡°en el ¨¢mbito de su relaci¨®n personal con el imputado¡±, con el que manten¨ªa una relaci¨®n, ¡°y a petici¨®n de este ¨²ltimo¡±, ¡°confeccion¨® voluntariamente el referido v¨ªdeo en la privacidad de su domicilio, usando al efecto su tel¨¦fono m¨®vil, y posteriormente, lo envi¨® al imputado reiterando dicho env¨ªo en diversas ocasiones. Esa versi¨®n fue ratificada por el imputado, el receptor del v¨ªdeo.
La exconcejal se grab¨® a s¨ª misma en su casa y luego envi¨® las im¨¢genes
La soluci¨®n a la que llega la juez es correcta, seg¨²n el catedr¨¢tico de Derecho Penal de la Universidad Aut¨®noma de Madrid (UAM) Manuel Cancio. ¡°A diferencia de en otros pa¨ªses, en Espa?a el legislador no ha querido convertir en delito la revelaci¨®n de informaciones ¨ªntimas¡±, asegura. ¡°Al castigar el acceso ileg¨ªtimo a esos datos de car¨¢cter ¨ªntimo, se entiende sensu contrario que no criminaliza el compartirlos con los dem¨¢s si se han obtenido de forma leg¨ªtima¡±, a?ade. Cancio explica que esa conducta s¨ª es delito, por ejemplo, en Alemania, donde se conoce como ¡°lesi¨®n de la confidencialidad de la palabra¡±, aunque su aplicaci¨®n pr¨¢ctica ha causado muchos problemas.
A pesar de ello el Gobierno ha decidido imitar la legislaci¨®n germana y crear un tipo similar. El pasado 11 de octubre, solo un mes despu¨¦s de que saltara el caso de Hormigos a internet y a los medios tradicionales ¡ªy de que salieran en su defensa la vicesecretaria general del PSOE, Elena Valenciano, y la expresidenta de la Comunidad de Madrid, Esperanza Aguirre, del PP¡ª, el Ejecutivo lo incluy¨® en su ¨²ltimo proyecto de reforma del C¨®digo Penal. Con el nuevo delito quedar¨¢ prohibido publicar o propagar sin consentimiento de la persona grabada o fotografiada el v¨ªdeo o la foto en cuesti¨®n siempre que esas im¨¢genes menoscaben gravemente ¡°la intimidad de esa persona¡±, aunque se hayan obtenido con su permiso, como en el caso de la exconcejal toledana. ?La pena? Leve. De tres meses a un a?o de prisi¨®n y multa. Es decir, si se carece de antecedentes penales, infringir ese precepto no conllevar¨¢ la c¨¢rcel.
Cada juez tendr¨¢ un criterio sobre qu¨¦ conducta da?a la privacidad
Cancio, el catedr¨¢tico madrile?o, explica los obst¨¢culos a los que, previsiblemente, se enfrentar¨¢ la nueva infracci¨®n si es que finalmente es aprobada. ¡°En primer lugar, habr¨¢ que probar que el que haya difundido las im¨¢genes conociera que no exist¨ªa autorizaci¨®n de la v¨ªctima para hacerlo¡±, se?ala el profesor. ¡°Pero adem¨¢s, ?hasta d¨®nde llega el menoscabo grave a la intimidad? ?basta con una imagen en ba?ador en la playa? El que haya cometido el delito debe saber que efectivamente ha provocado ese menoscabo grave, un concepto que no es igual para todos¡±.
En la misma l¨ªnea se pronuncia el tambi¨¦n catedr¨¢tico de Derecho Penal Ferm¨ªn Morales, de la Universidad Aut¨®noma de Barcelona (UAB). ¡°El menoscabo grave es un concepto jur¨ªdico indeterminado y, como tal, crea inseguridad jur¨ªdica. Lo que es menoscabo de la intimidad para un juez puede que no lo sea para otro, ?d¨®nde ponemos el l¨ªmite?¡±. Para Morales, la regulaci¨®n actual es suficiente ya que tiene ¡°una l¨ªnea de incriminaci¨®n muy clara: que los datos ¨ªntimos se hayan obtenido il¨ªcitamente¡±.
El nuevo delito podr¨ªa afectar a la libertad de informaci¨®n
El catedr¨¢tico y abogado barcelon¨¦s asegura adem¨¢s que la nueva regulaci¨®n puede afectar a la libertad de informaci¨®n. ¡°Imag¨ªnese que un periodista publica un documento obtenido de una tercera persona porque lo considera informativamente relevante. Si ese tercero alega luego que ese documento o esa informaci¨®n se ha publicado sin que ¨¦l haya dado autorizaci¨®n o sin su consentimiento, ?se podr¨¢ acusar al periodista de un delito?¡±, se pregunta Morales.
Sin embargo, el profesor de Derecho Penal de la Universidad Internacional de Catalunya (UIC) Jos¨¦ Ram¨®n Agustina, considera ¡°suficientemente justificada¡± la introducci¨®n del nuevo delito. ¡°La facilidad que proporcionan las nuevas tecnolog¨ªas no solo conlleva una mayor rapidez y alcance en la difusi¨®n de im¨¢genes en las que se incorpora intimidad de las personas, sea o no consentida por el afectado¡±, afirma. Internet y los tel¨¦fonos y las redes sociales ¡°han generado un cambio cultural en el modo de compartir la intimidad con terceros¡±, a?ade. ¡°Existe cierta falta de reflexi¨®n junto a una cultura de plasmar en im¨¢genes todo lo que pasa a nuestro alrededor y una p¨¦rdida del sentido de la intimidad que conduce a que se debilite el grado de conciencia a la hora de prestar consentimiento¡±, a?ade el penalista de la UIC, experto en cibercriminalidad.
La exedil socialista podr¨¢ obtener una indemnizaci¨®n en la justicia civil
La juez instructora del caso Hormigos ha dejado abierta otra puerta para intentar no dejar sin sanci¨®n los hechos. El delito contra la integridad moral del art¨ªculo 173.2 del C¨®digo Penal. Pero solo podr¨¢ imputarse a su supuesto excompa?ero sentimental, ya que implica ¡°una relaci¨®n afectiva, a¨²n sin convivencia¡±. Y la conducta que castiga ¡ªde seis meses a tres a?os de prisi¨®n¡ª es mucho m¨¢s vaga: la violencia ps¨ªquica. Es decir, que el abogado de Hormigos tendr¨¢ que demostrar (y la juez aceptar) que enviar un v¨ªdeo ¨ªntimo por whatsapp o colgarlo en internet representa ese tipo de violencia.
¡°Se trata de un caj¨®n de sastre previsto para casos, por ejemplo, de malos tratos, que pr¨¢cticamente no tiene ninguna aplicaci¨®n¡±, afirma Cancio. ¡°Adem¨¢s, el delito contra la integridad moral ser¨ªa de car¨¢cter general respecto al de descubrimiento y revelaci¨®n de secretos, el espec¨ªfico para este tipo de conductas¡±, a?ade. El art¨ªculo 8.1 del C¨®digo Penal impone la aplicaci¨®n del precepto especial con preferencia al general. Por eso, seg¨²n Cancio, si no existi¨® revelaci¨®n de secretos, tampoco pudo haber delito contra la integridad moral.
Morales, su compa?ero catedr¨¢tico de la UAB, recuerda, adem¨¢s, que los casos como el de Olvido Hormigos que no son delito con la legislaci¨®n penal actual, s¨ª son perseguibles en los tribunales civiles a trav¨¦s de la ley de protecci¨®n del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. Su art¨ªculo 7 recoge como una intromisi¨®n ileg¨ªtima en ese derecho ¡°la captaci¨®n, reproducci¨®n o publicaci¨®n por fotograf¨ªa, filme o cualquier otro procedimiento, de la imagen de una persona en lugares o momentos de su vida privada¡±. As¨ª pues, la exconcejal socialista de Los Y¨¦benes, no podr¨¢ ver sancionado a su excompa?ero por la difusi¨®n del v¨ªdeo, pero, probablemente s¨ª podr¨¢ conseguir de ¨¦l una buena indemnizaci¨®n.
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