Competencia cuestiona c¨®mo se han hecho las privatizaciones sanitarias
Un informe juzga la participaci¨®n de empresas ¡°alarmantemente reducida¡± El dise?o de los concursos no garantiza una atenci¨®n de calidad al paciente
![Elena G. Sevillano](https://imagenes.elpais.com/resizer/v2/https%3A%2F%2Fs3.amazonaws.com%2Farc-authors%2Fprisa%2F1a5770f7-4134-48f1-b2cc-10fff65197fb.png?auth=7f5bb5835fe8f55cc4459272a50e4f0242d193b87e1b4689846fabb531b06ecc&width=100&height=100&smart=true)
![Concentración de trabajadores sanitarios frente a la consejería de Sanidad de Madrid.](https://imagenes.elpais.com/resizer/v2/BUFLKWN2ZHQ2QB63JZOW5GNN7Q.jpg?auth=3470dcd81d9feee81380a64cdd23f7e7a0639265f70c41716fe55dfee1681747&width=414)
Falla la competencia entre empresas a la hora de optar a los concursos, el control de la calidad de la asistencia, hay incentivos perversos para fijarse en los pacientes m¨¢s rentables y desatender al resto¡ La Comisi¨®n Nacional de la Competencia (CNC) acaba de hacer p¨²blico un informe en el que analiza los procesos de privatizaci¨®n ¡ªla llamada externalizaci¨®n¡ª de la gesti¨®n sanitaria llevados a cabo hasta el momento en las comunidades aut¨®nomas. Y, a pesar de que su intenci¨®n no era ¡°valorar la necesidad o conveniencia de un sistema de gesti¨®n directa o gesti¨®n indirecta¡±, lo cierto es que la radiograf¨ªa que hace de estos procesos muestra importantes deficiencias que, seg¨²n se?ala la CNC, habr¨ªa que corregir en el futuro.
El informe no califica ni juzga; se limita a recoger la informaci¨®n disponible sobre c¨®mo se han llevado a cabo las externalizaciones y a comparar con los principios expuestos en la Gu¨ªa sobre contrataci¨®n p¨²blica y competencia de la propia CNC. En las conclusiones, el organismo recuerda por qu¨¦ es importante respetar la competencia en los procesos de contrataci¨®n p¨²blica. Si se hace inadecuadamente ¡°puede tener consecuencias muy negativas, dado que puede encarecer innecesariamente el coste de la prestaci¨®n del servicio¡± y ¡°conducir a una calidad inadecuada de los servicios recibidos por los usuarios¡±.
? Control de calidad. La CNC recuerda que, con independencia de qui¨¦n preste los servicios sanitarios, el nivel de calidad debe estar asegurado. Si es una empresa, el papel de la Administraci¨®n es controlar que cumple. Y ah¨ª es donde fallan los pliegos de los concursos analizados, especialmente en el caso de Madrid y su plan para privatizar la gesti¨®n de seis hospitales p¨²blicos. ¡°Desarrollan de un modo muy sucinto los controles de calidad y la penalizaci¨®n efectiva¡±, es decir, las multas que aplica la Administraci¨®n si el contratista falla, se?ala el informe. Las penalizaciones, a?ade, ¡°pueden incrementar los incentivos a prestar una atenci¨®n de mayor calidad¡±, pero en el caso de Madrid ¡°los pliegos contienen un detalle muy escueto de las penalizaciones y de su forma de determinaci¨®n, lo cual reduce su credibilidad¡±. Tampoco es bueno, a?ade, que el m¨¢ximo que se le pueda restar del canon sea el 20%, porque si la empresa incumpliera todos los est¨¢ndares ¡°a¨²n recibir¨ªa el 80% de la c¨¢pita¡±. ¡°Parecer¨ªa m¨¢s oportuno que se establecieran unos valores m¨ªnimos para los indicadores de calidad, y no para los ingresos de la sociedad gestora¡±, concluye.
Cambio en la garant¨ªa
¡°De los 38 contratos de los que se dispone de informaci¨®n, se han producido modificaciones en 24 de ellos (el 64%)¡±, se?ala el informe de la Comisi¨®n Nacional de Competencia. El CNC dedica un apartado a se?alar que la Comunidad de Madrid modific¨®, solo cuatro d¨ªas antes de que terminara el plazo de presentaci¨®n de ofertas, el importe de la garant¨ªa que deben aportar las empresas que se presentan al concurso. De ser de un 5% del total (10 a?os) pas¨® a ser ¡°anual¡±, es decir, casi 10 veces menor. ¡°Podr¨ªa haberse dado el caso de alguna empresa que hubiera descartado participar al entender que no era econ¨®micamente rentable, y que con el cambio de condiciones hubiera modificado su decisi¨®n, pero sin disponer de tiempo para preparar una oferta¡±, afirma.
Precisamente este cambio es uno de los argumentos que destac¨® el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) cuando, el 11 de septiembre, orden¨® la suspensi¨®n cautelar del proceso de privatizaci¨®n de la gesti¨®n de seis hospitales en Madrid. La reducci¨®n del aval de 233 a 28 millones ¡°supone una modificaci¨®n sustancial de las condiciones¡± que ¡°podr¨ªa haber limitado el principio de libre concurrencia competitiva¡±, destac¨® en el auto.
? Facturaci¨®n intercentros. La falta de transparencia y de estad¨ªsticas fiables lastra los concursos y puede generar incentivos perversos: ir en busca de los pacientes m¨¢s rentables y dejar en segundo plano a los dem¨¢s. Los ingresos de las concesionarias parten de una cantidad fija anual por paciente de su ¨¢rea geogr¨¢fica. Si atraen los de otras ¨¢reas, se les compensa. Si sus pacientes se van a otros hospitales, se les penaliza. Esos intercambios son la llamada facturaci¨®n intercentros. Para determinarla se usan precios p¨²blicos que, si no est¨¢n bien calculados y no reflejan bien los costes, ¡°pueden distorsionar gravemente la oferta sanitaria de los centros de gesti¨®n externalizada¡±, dado que ¡°tendr¨¢n incentivos a enfocar sus recursos hacia la captaci¨®n de pacientes de otras ¨¢reas de las especialidades comparativamente mejor remuneradas, desatendiendo la atenci¨®n de las especialidades peor remuneradas¡±.
El informe asegura: ¡°La facturaci¨®n intercentros se dirige a estimular la competencia en la calidad percibida de los pacientes, que no tiene por qu¨¦ coincidir con una mayor calidad de la asistencia sanitaria¡±. Es decir, al paciente le puede atraer la habitaci¨®n individual, pero eso no quiere decir que la atenci¨®n sanitaria que reciba sea mejor. Tanto en Madrid como en Valencia el informe detecta el ¡°problema¡± de que la Administraci¨®n no ha hecho p¨²blicas estad¨ªsticas ¡°que permitan hacer estimaciones fiables sobre cu¨¢nto supondr¨¢ la facturaci¨®n¡± ni una ¡°metodolog¨ªa de c¨¢lculo establecida de los precios¡±. De ello puede resultar un ¡°elevado riesgo regulatorio¡±.
? Concurrencia. El informe asegura que los procesos de externalizaci¨®n han tenido ¡°una participaci¨®n alarmantemente reducida de empresas¡±. De hecho, en la mayor¨ªa solo se present¨® un candidato. Los beneficios de la competencia se diluyen si hay pocos licitadores, recuerda el texto. Que haya un n¨²mero ¡°extraordinariamente reducido¡± puede presentar ¡°indicios de colusi¨®n entre licitadores¡±. Hay ejemplos. A cinco de las seis licitaciones en la Comunidad Valenciana concurri¨® solo una agrupaci¨®n de empresas y las seis fueron finalmente adjudicadas a empresas participadas por Ribera Salud. El informe tambi¨¦n recoge el caso de Madrid y la ¡°escasa participaci¨®n¡± en el ¨²ltimo concurso. ¡°Solo se presentaron tres empresas para los cinco lotes, no existiendo concurrencia de ofertas para ning¨²n lote¡±.
Resultado: no rebajaron el precio. ¡°No hubo reducciones significativas de la variable precio (la c¨¢pita) propuesta [...] por el licitador¡±, afirma. En una nota a pie de p¨¢gina, los autores hacen un c¨¢lculo de probabilidades: ¡°Si existieran 6 posibles licitadores, la probabilidad de que solo se presentaran tres candidatos a los cinco lotes, que ning¨²n lote quede sin oferta y que sus ofertas no coincidieran para ning¨²n lote es del 0,0002%¡±.
? Plazos reducidos. Si la Administraci¨®n da poco tiempo a las empresas para presentar sus ofertas, el ¡°efecto indeseado¡± puede ser ¡°constre?ir el n¨²mero de concurrentes a las licitaciones, e incluso otorgar ventaja a algunas empresas que cuenten inicialmente con informaci¨®n¡±. El ejemplo es, una vez m¨¢s, el proceso de Madrid, paralizado cautelarmente por la justicia desde el pasado d¨ªa 11 de septiembre. Solo daba un mes para presentar las ofertas. Plazo que ¡°puede resultar escaso para la preparaci¨®n de las proposiciones¡± dada su complejidad. El nivel de detalle requerido ¡°limita gravemente el n¨²mero de empresas que pueden realizarlo¡±.
? Duraci¨®n de los contratos. ¡°Conviene que los contratos no perduren largos per¨ªodos de tiempo sin ser sometidos a competencia¡±, dice el regulador. Una vez m¨¢s, le llama la atenci¨®n el caso del plan privatizador de Madrid, que concede 10 a?os de contrato. Este plazo ¡°podr¨ªa ser elevado¡±, se?ala, ¡°teniendo en cuenta que los adjudicatarios no deben efectuar grandes inversiones: al tratarse de hospitales pr¨¢cticamente nuevos [2008], las infraestructuras, equipamiento y mobiliario no requerir¨¢n, en principio, m¨¢s que inversiones de mantenimiento¡±. Al regulador le ¡°llaman la atenci¨®n las diferencias¡± entre comunidades. En la Comunidad Valenciana los contratos, que inclu¨ªan la construcci¨®n, se hicieron por 15 a?os. En Madrid, los tres primeros hospitales de gesti¨®n privada (Valdemoro, Torrej¨®n y M¨®stoles), con caracter¨ªsticas similares, se adjudicaron por 30 a?os.
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