El Supremo reconoce la maternidad compartida a dos mujeres separadas
Es la primera vez que el tribunal se pronuncia en un caso de reclamaci¨®n de filiaci¨®n en un matrimonio entre dos lesbianas
El Supremo ha concedido a una mujer la maternidad compartida con su expareja, otra mujer, sobre las dos hijas que la segunda concibi¨® mientras estaban casadas, filiaci¨®n que ella reclam¨® cuando se divorciaron porque ambas hab¨ªan firmado juntas el consentimiento para la inseminaci¨®n. La Sala Primera de lo Civil del citado tribunal ha analizado por primera vez un caso de reclamaci¨®n de filiaci¨®n entre dos mujeres casadas entre s¨ª y luego divorciadas.
El tribunal ha considerado el consentimiento informado de la inseminaci¨®n artificial, firmado por ambas, como determinante para la atribuci¨®n de la maternidad a las dos, independientemente de cu¨¢l de las ellas haya sido la madre biol¨®gica. El argumento central del Supremo para tomar esta decisi¨®n, dibujado siempre desde el inter¨¦s de los menores y de la estabilidad de su vida familiar, es que la atribuci¨®n de esta filiaci¨®n debe seguir el criterio de mantener la posici¨®n de madre de quien ya ha asumido ese papel sobre las ni?as afectadas.
En este sentido, la sentencia confirma otras anteriores del juzgado y de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife que consideraron la voluntad de las partes (de las dos mujeres cuando estaban casadas) en su compromiso al recurrir a las t¨¦cnicas de reproducci¨®n asistida como el principio inspirador que sirve de t¨ªtulo para atribuir la filiaci¨®n, es decir, la maternidad. De este modo, la sentencia "permite la coexistencia de dos filiaciones a favor de personas del mismo sexo", seg¨²n el tribunal.
La pareja protagonista del proceso tuvo una hija en com¨²n concebida por fecundaci¨®n in vitro por una y adoptada por la otra. Posteriormente acudieron de nuevo a las t¨¦cnicas de reproducci¨®n asistida (ambas firmaron el consentimiento informado en la cl¨ªnica en agosto de 2007). Contrajeron luego matrimonio y m¨¢s adelante nacieron las dos hijas (diciembre de 2007), que fueron inscritas en el registro con una sola filiaci¨®n, la de la madre biol¨®gica, expediente contra el que recurrieron las dos (es decir, tambi¨¦n propia madre biol¨®gica).
Sin embargo, tras la ruptura de la pareja fue esta misma persona (la madre biol¨®gica) quien se opuso ante el Supremo a que se reconociera la doble filiaci¨®n, mientras que su exmujer mantuvo la exigencia, petici¨®n a la que accedieron dos instancias y que ahora ha concedido definitivamente el Supremo.
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