Los consumidores lo tendr¨¢n dif¨ªcil para obtener lo abonado injustamente
Deber¨¢n reclamar en cada comunidad aut¨®noma con las facturas del combustible adquirido El extracto de las tarjetas bancarias no sirve para pedir que la administraci¨®n devuelva el dinero
La deuda que el Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea ha generado con su anulaci¨®n del c¨¦ntimo sanitario es de 13.000 millones de euros, seg¨²n estimaciones del Gobierno. Pero eso no quiere decir que esa enorme cantidad vaya a ser restituida a los que, entre 2002 y 2011 han estado pagando ese impuesto indirecto cada vez que llenaron el dep¨®sito de su coche. El Estado tendr¨¢ que hacer frente a una cantidad mucho menor.
Exigir la devoluci¨®n de lo injustamente pagado obliga al contribuyente a presentar las facturas de las diferentes gasolineras donde se haya repostado, algo que solo las empresas dedicadas al transporte y algunos aut¨®nomos estar¨¢n, previsiblemente, en posici¨®n de hacer. Para el resto supondr¨ªa ir en periplo de gasolinera en gasolinera reclamando facturas por gastos.
El procedimiento para hacerlo, en principio, es simple, seg¨²n inspectores de Hacienda y expertos fiscales consultados por este peri¨®dico. Bastar¨¢ con presentar ante la consejer¨ªa de Hacienda de la comunidad aut¨®noma en la que se realiz¨® el gasto -y por tanto se pag¨® el impuesto- una petici¨®n de devoluci¨®n de ingresos indebidos. A ese escrito habr¨¢ que adjuntar todos los justificantes y facturas de que se disponga. El extracto de una tarjeta de cr¨¦dito o de d¨¦bito no es suficiente para reclamar, seg¨²n las fuentes consultadas.
En caso de que la comunidad aut¨®noma correspondiente deniegue la petici¨®n queda abierta la v¨ªa judicial. El contribuyente afectado tendr¨¢ que presentar un recurso contencioso-administrativo ante los tribunales de su territorio contra la negativa de esa administraci¨®n a devolver lo injustamente cobrado.
Las fuentes consultadas recuerdan que el art¨ªculo 66 de la Ley General Tributaria establece que el derecho a obtener cantidades indebidamente abonadas a Hacienda prescribe a los cuatro a?os. As¨ª pues, en principio, salvo los contribuyentes que hubieran reclamado anteriormente, solo se podr¨¢ solicitar la devoluci¨®n por lo pagado desde marzo de 2010 y hasta el principio de 2013, a?o en el que los c¨¦ntimos sanitarios de todas las comunidades se incluyeron en el Impuesto Especial sobre Hidrocarburos.
"Los que se beneficien de esta sentencia ser¨¢n los transportistas", explica Jos¨¦ Mar¨ªa Mollinedo, del sindicato mayoritario de T¨¦cnicos de Hacienda (Gestha). "Muchas de estas empresas interrumpieron el plazo de prescripci¨®n al reclamar en 2005 y en 2009, a?o en que la UE abri¨® expediente a Espa?a por el c¨¦ntimo sanitario, y las peticiones de devoluci¨®n se generalizaron entre estas compa?¨ªas en 2013, cuando se conoci¨® la posici¨®n del abogado general de la UE que estimaba ilegal el impuesto", a?ade Mollinedo que considera "casi imposible" que los particulares que durante a?os han pagado el tributo puedan ahora exigir que se les devuelva.
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