La estaci¨®n de esqu¨ª de San Glorio, paralizada en los tribunales
El Superior de Castilla y Le¨®n acude al Constitucional porque duda de una ley regional La Junta modific¨® una norma para permitir construir estaciones en el parque natural
La justicia ha vuelto a frenar la estaci¨®n de esqu¨ª de San Glorio, un proyecto situado entre Palencia, Le¨®n y Cantabria que va acumulando decisiones contrarias de los tribunales pero que la Junta de Castilla y Le¨®n, del PP, lleva apoyando casi una d¨¦cada. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Le¨®n (TSJCYL) ha decidido acudir al Tribunal Constitucional porque considera que la modificaci¨®n, en 2010, de una ley regional puede ser inconstitucional. Este nuevo rev¨¦s judicial es relevante, puesto que significa que el proyecto no puede avanzar hasta que el Alto Tribunal resuelva la cuesti¨®n de constitucionalidad que se le plantea.
La Junta de Castilla y Le¨®n modific¨® en 2006 el plan de ordenaci¨®n de un parque natural para permitir una estaci¨®n de esqu¨ª. Asociaciones ecologistas recurrieron al TSJCYL y alegaron que, entre otros muchos recursos naturales, la zona alberga una de las dos poblaciones de osos pardos que quedan en Espa?a. Dos a?os despu¨¦s, en 2008, el tribunal les daba la raz¨®n y declaraba nulo aquel decreto. Sin embargo, la Junta volvi¨® a intentarlo. En 2010 modific¨® la ley 4/2000 con la que se declar¨® el Parque Natural de Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Monta?a Palentina, al que pertenece el valle de San Glorio.
El plan de ordenaci¨®n de los recursos naturales (PORN) del parque natural prohib¨ªa expresamente las estaciones de esqu¨ª alpino en su territorio. El decreto que en 2006 aprob¨® la Junta suprimi¨® esa prohibici¨®n. Con la ley de 2010 el Gobierno regional del PP volvi¨® a poner negro sobre blanco que en San Glorio se permit¨ªa el esqu¨ª. Lo que ahora argumenta el TSJCYL en el auto que eleva cuesti¨®n de constitucionalidad es que la Junta aprob¨® la ley para no ejecutar la sentencia de 2008. Los magistrados creen que la ley puede ir en contra de la Constituci¨®n porque no respetar¨ªa el derecho de los ciudadanos a la ejecuci¨®n de las resoluciones judiciales.Tambi¨¦n creen que podr¨ªa contradecir "el art¨ªculo 9.3 de la Constituci¨®n, en cuanto consagra el principio de interdicci¨®n de la arbitrariedad de los Poderes p¨²blicos", seg¨²n recoge el auto.
El tribunal destaca que en la ley de 2010 "se reproduce literalmente el contenido" del decreto de 2006, el que declar¨® nulo la sentencia de 2008. "Las Exposiciones de Motivos de ambas normas coinciden literalmente, salvo la inclusi¨®n de un par de p¨¢rrafos en la Ley 5/2010. P¨¢rrafos que no van dirigidos a dar explicaci¨®n alguna por la que un Decreto de la Junta de Castilla y Le¨®n, el Decreto 140/1998, precisa ser modificado por un norma con rango de Ley", a?ade el auto. Los magistrados contin¨²an diciendo que en la ley no se justifican ni se describen las razones imperiosas de inter¨¦s p¨²blico que justifican suprimir la prohibici¨®n de instalar estaciones de esqu¨ª alpino.
Las organizaciones que acudieron al Tribunal Superior porque consideraban que la Junta no estaba ejecutando la sentencia, la Fundaci¨®n Oso Pardo (FOP), SEOBirdLife y WWF Espa?a, han destacado hoy que la decisi¨®n judicial "frena" la estaci¨®n de esqu¨ª de San Glorio, un proyecto que, seg¨²n afirman sus promotores (la empresa Tres Provincias) en su p¨¢gina web, "supondr¨¢ una inversi¨®n final de 100 millones de euros y la creaci¨®n de m¨¢s de 350 puestos de trabajo directos".
"Confiamos en que la Junta de Castilla y Le¨®n renuncie al proyecto de San Glorio, cambie sus planes y apueste por un desarrollo sostenible de los recursos naturales de esta zona", se?al¨® Jos¨¦ Luis Garc¨ªa Lorenzo, de la Fundaci¨®n Oso Pardo (FOP).?
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