La justicia europea juzga ilegal la norma de conservaci¨®n de datos
El alto tribunal de la UE mantiene que la directiva que obliga a las compa?¨ªas telef¨®nicas a guardar informaci¨®n de ciudadanos durante dos a?os atenta contra los derechos fundamentales
Retener los detalles de todas las comunicaciones electr¨®nicas de los ciudadanos europeos hasta un m¨¢ximo de dos a?os atenta contra los derechos fundamentales. El Tribunal de Justicia europeo ha tumbado la directiva comunitaria que desde 2006 obliga a las telef¨®nicas y otras empresas de comunicaciones electr¨®nicas a almacenar los datos personales de los ciudadanos por motivos de seguridad. La Comisi¨®n Europea ve as¨ª anulado el texto porque constituye ¡°una injerencia de gran magnitud y especial gravedad en los derechos fundamentales¡± que no se limita ¡°a lo estrictamente necesario¡±.
El tribunal con sede en Luxemburgo emplea una dura argumentaci¨®n jur¨ªdica para desmontar una norma considerada abusiva desde su creaci¨®n. Al calor de los atentados terroristas del 11 de marzo de 2004 en Madrid ¨Cy posteriormente los de julio de 2005 en Londres-, Bruselas legisl¨® para que esas compa?¨ªas conservaran los datos de las comunicaciones y los pusieran a disposici¨®n de las autoridades nacionales para que rastrearan eventuales amenazas terroristas.
Pese a la rotundidad del juicio, las consecuencias resultan muy ambiguas y, en cierta forma, contradictorias con el esp¨ªritu del pronunciamiento de Luxemburgo. Fuentes comunitarias aclaran que la sentencia invalida la directiva europea, pero no las leyes nacionales que se elaboraron para aplicarla. Es decir, los Estados miembros pueden seguir manteniendo su esquema legal de almacenamiento de datos hasta que la Comisi¨®n Europea decida hacer otra directiva ajustada al derecho comunitario o hasta que los juzgados de cada pa¨ªs declaren ilegales las normas internas a la luz del fallo del tribunal.
El primer supuesto es improbable a poco m¨¢s de un mes de las elecciones europeas y con una Comisi¨®n sin capacidad ya para plantear nuevas iniciativas. La segunda requiere que ciudadanos o empresas se dirijan a la justicia de sus pa¨ªses para desterrar los marcos nacionales. Esta es la opci¨®n m¨¢s f¨¢cil, pues muchas empresas de telecomunicaciones estar¨¢n interesadas en revocar la ley para librarse de los costes que supone conservar durante tanto tiempo los detalles de las llamadas. Tambi¨¦n las asociaciones de consumidores.
La sentencia europea plantea objeciones a todos los elementos de esa norma. El documento se?ala que los datos almacenados (emisor y receptor de la llamada, localizaci¨®n, duraci¨®n, fecha y hora, equipo utilizado¡) ofrecen indicaciones muy precisas sobre la vida de los ciudadanos. ¡°La directiva se inmiscuye de manera especialmente grave en los derechos fundamentales al respeto de la vida privada y a la protecci¨®n de datos de car¨¢cter personal¡±.
Bruselas aprob¨® la norma al calor del 11-M y los atentados de Londres
El tribunal rechaza tambi¨¦n que esa obligaci¨®n abarque todas las comunicaciones, ¡°sin que se establezca ninguna diferenciaci¨®n, limitaci¨®n o excepci¨®n en funci¨®n del objetivo de lucha contra los delitos graves¡±. Y critica la falta de definici¨®n de las causas que pueden llevar a las autoridades nacionales a acceder a los datos, que adem¨¢s no est¨¢n sometidos al control previo de un organismo aut¨®nomo.
Tampoco es conforme a derecho el plazo fijado por la directiva para retener los detalles de esas comunicaciones. Se fija una horquilla entre seis y 24 meses, sin que haya una distinci¨®n por tipo de delito ni otros ¡°criterios objetivos¡± que garanticen que esa conservaci¨®n se limita a lo estrictamente necesario.
M¨¢s all¨¢ de la ambig¨¹edad en la regulaci¨®n, el tribunal se queja de que la directiva no previene los riesgos de abuso en el acceso a esos datos ni contra la utilizaci¨®n por parte de terceros. Ni siquiera se garantiza la destrucci¨®n de los datos cuando culmina el periodo legal de retenci¨®n. Por ¨²ltimo, la sentencia censura que no sea obligatorio conservar los detalles de esas comunicaciones en territorio de la Uni¨®n Europea. Es decir, resulta m¨¢s f¨¢cil que el almacenamiento escape al derecho comunitario si se realiza en servidores, por ejemplo, estadounidenses.
La sentencia refleja el celo que existe en la Uni¨®n Europea a la privacidad de las comunicaciones, una postura recientemente reflejada en la controversia por la revelaci¨®n de los papeles de Edward Snowden. Inspiradas en las normas antiterroristas que surgieron en Estados Unidos tras los atentados del 11-S, Europa decidi¨® endurecer sus normas sobre el control de las comunicaciones cuando sufri¨® el golpe de los atentados de radicales islamistas. Numerosas voces han clamado desde entonces contra unas reglas que violaban el derecho a la privacidad, aunque hasta ahora Bruselas no ha accedido a cambiarlas.
El tribunal tambi¨¦n se queja de que la norma no previene el riesgo de abuso
El pronunciamiento del tribunal europeo se produce a ra¨ªz de una consulta que le plantearon los tribunal superiores de justicia irland¨¦s y austriaco para saber si las medidas de sus respectivos pa¨ªses respetaban el derecho a la vida privada. Ambos organismos decidieron preguntar a Luxemburgo, que con su sentencia invalida ahora un marco que ha estado vigente ocho a?os.
Digital Rights, la asociaci¨®n que denunci¨® la norma irlandesa ante la justicia de ese pa¨ªs, se felicita del fallo. ¡°Despu¨¦s de ocho a?os, esta afrenta a los derechos fundamentales de los ciudadanos europeos ha sido finalmente declarada ilegal. Ocho a?os de abusos de datos personales y ocho a?os de reafirmaci¨®n de los Estados miembros y de la Comisi¨®n diciendo que la medida era legal¡±, asegura Joe McNamee, director de esta organizaci¨®n de defensa del consumidor en el mundo digital.
Un colosal archivo al servicio de los jueces
Los grandes operadores de telecomunicaciones espa?oles (Telef¨®nica, Orange, Vodafone) se vieron obligados a afrontar inversiones millonarias para poner en marcha infraestructuras destinadas al colosal acopio de datos ordenado por la directiva comunitaria. Deb¨ªan registrar y conservar durante dos a?os las referencias de tr¨¢fico y localizaci¨®n de todas las comunicaciones. El objetivo era tener la informaci¨®n necesaria para identificar al usuario. ¡°Hubo que destinar muchos recursos a aumentar la capacidad de almacenamiento. Desmontarlo ahora no tiene sentido¡±, explican fuentes del sector.
Inversiones no solo para la adquisici¨®n de equipos tecnol¨®gicos sino tambi¨¦n para la contrataci¨®n de profesionales especializados en el tratamiento de los metadatos cuando eran requeridos por las autoridades judiciales. Este material resultaba ¨²til para prevenir, investigar, detectar y enjuiciar delitos graves, especialmente los relacionados con la delincuencia organizada y el terrorismo.
En el Ministerio del Interior la sentencia del Tribunal de Luxemburgo ha sido acogida con preocupaci¨®n, ya que el n¨²mero de investigaciones que se basan en estos datos ¡°es alt¨ªsimo¡±, seg¨²n fuentes del departamento que dirige Jorge Fern¨¢ndez D¨ªaz. Este ministerio analizar¨¢ los efectos jur¨ªdicos que acarrea el hecho de que el Tribunal de Justicia haya invalidado la norma comunitaria.
Distinta es la reacci¨®n de los organismos que velan por la privacidad. Las autoridades de protecci¨®n de datos de los Estados de la UE manifestaron entonces sus reservas y ahora se felicitan por el fallo. El director de la agencia espa?ola, Jos¨¦ Luis Rodr¨ªguez ?lvarez, ya advirti¨® de que ¡°la tradicional tensi¨®n entre seguridad y libertad debe abordarse siempre desde una perspectiva equilibrada, que garantice el derecho a la protecci¨®n de datos de car¨¢cter personal y el respeto a la vida privada¡±.
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