El Supremo anula el despido a una cajera por ser grabada sin previo aviso
La empresa deber¨¢ readmitir a la mujer, que no cobr¨® varios productos a uno de sus clientes
El Tribunal Supremo ha declarado nulo el despido de una cajera de un supermercado que fue grabada sin su conocimiento mientras dejaba pasar a un cliente sin haberle cobrado varios productos. La sentencia concreta que la cinta en la que se registr¨® su proceder irregular no puede ser usada en su contra con fines disciplinarios porque la empresa no le inform¨® previamente del total uso que podr¨ªa hacer de las c¨¢maras instaladas en el interior del recinto comercial.
El alto tribunal confirma ¨ªntegramente las sentencias que en su d¨ªa emitieron un juzgado de lo Social de Bilbao y el Tribunal Superior de Justicia del Pa¨ªs Vasco. El Supremo obliga al establecimiento a readmitir definitivamente a la trabajadora porque la cadena no explic¨® debidamente ni a ella ni a los representantes de los trabajadores el prop¨®sito y el tiempo durante el cual la c¨¢mara iba a estar en funcionamiento. En ning¨²n momento, recalca la sentencia, la compa?¨ªa aclar¨® que "las grabaciones pod¨ªan utilizarse para la imposici¨®n de sanciones disciplinarias por incumplimientos del contrato de trabajo; por el contrario se les indic¨® que su finalidad era evitar robos por terceros, y no de un sistema para el control de la actividad laboral".
En el interior del recinto comercial tanto clientes como empleados estaban sujetos al control y vigilancia permanente en las puertas de acceso, los expositores lineales de ventas y la zona de las cajas.
El Tribunal Supremo, con el voto particular de uno de los magistrados de la Sala, aclar¨® que no era suficiente que la existencia de las c¨¢maras fuera apreciable a simple vista ni que se hubiese notificado a la Agencia de Protecci¨®n de Datos de su presencia, sino que "era necesaria adem¨¢s la informaci¨®n previa y expresa, precisa, clara e inequ¨ªvoca a los trabajadores de la finalidad de control de la actividad laboral a la que esa adaptaci¨®n pod¨ªa ser dirigida". Por ello, el Supremo ha desestimado el recurso impuesto por la empresa y confirma la nulidad del despido de la mujer.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.