El juzgado de la Manada condena por maltrato a un hombre que intent¨® estrangular a su exmujer
Los jueces consideran suficiente una pena de 10 meses y 15 d¨ªas de prisi¨®n porque abort¨® su tentativa de estrangulamiento de manera voluntaria
La Secci¨®n Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra, la misma que dict¨® sentencia en el caso de la Manada, ha condenado por "maltrato ocasional" a un hombre acusado de tentativa de homicidio por atacar a su mujer con un cuchillo y tratar de estrangularla delante de sus hijos de 3 y 6 a?os.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe y que ha adelantado el diario P¨²blico, se estiman las agravantes de haber ocurrido el hecho en presencia de menores, de haber utilizado un arma blanca y de haber tenido lugar el suceso en el domicilio com¨²n, y se considera la atenuante de trastorno mental.
Por este "maltrato ocasional", se condena al hombre a 10 meses y 15 d¨ªas de prisi¨®n y al pago de una indemnizaci¨®n de 5.150 euros.
El Fiscal, por un presunto delito de homicidio en grado de tentativa, solicitaba una pena de 8 a?os y 6 meses de prisi¨®n y la acusaci¨®n particular, de 10 a?os de c¨¢rcel, mientras que la defensa solicitaba la absoluci¨®n o, subsidiariamente, dos a?os de prisi¨®n por un delito de lesiones.
Los jueces consideran probado que, el 22 de junio de 2017, el acusado, que estaba en proceso de divorcio con su mujer, entr¨® en la vivienda, en la que ella resid¨ªa con sus hijos, y comenz¨® a desmontar el ordenador, lo que gener¨® una fuerte discusi¨®n entre ambos.
En un momento dado, el acusado cogi¨® de la cocina un cuchillo de unos 15 cent¨ªmetros de hoja y atac¨® a la mujer, con la que mantuvo un forcejeo, y le caus¨® una herida superficial.
Cuando ambos cayeron al suelo, el hombre, colocado sobre la mujer, agarr¨® su cuello con la mano izquierda y lo presion¨® con fuerza, aunque dej¨® de hacerlo al ver que ella "gesticulaba angustiosamente" y le faltaba el aire.
El incidente fue presenciado por los menores y al menos en una ocasi¨®n la ni?a grit¨® a su padre: "?D¨¦jala, no la mates!".
Al tratar de determinar el "¨¢nimo homicida", los jueces consideran que, al haber desistido el acusado de su tentativa de estrangulamiento de manera voluntaria, el hombre debe ser condenado solo por maltrato ocasional en aplicaci¨®n del C¨®digo Penal y la jurisprudencia que lo interpreta.
Esta circunstancia, a?aden los jueces, le eximen de la responsabilidad por homicidio, aunque procede la condena por las lesiones producidas.
En la sentencia se condena al hombre a 10 a?os y 15 d¨ªas de prisi¨®n, a la inhabilitaci¨®n de la patria potestad durante dos a?os y medio, a la prohibici¨®n de acercarse a la mujer o a sus hijos o a comunicarse con ellos durante dos a?os, diez meses y quince d¨ªas, y al pago de una indemnizaci¨®n de 5.150 euros.
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