Absueltas las activistas de Femen acusadas de profanar La Almudena
La sentencia asegura que al encadenarse con el torso desnudo en el altar de la catedral solo defendieron el derecho al aborto
"Es indudable que lo que hicieron no es una burla de los dogmas, creencias, ritos o ceremonias de la religi¨®n cat¨®lica". As¨ª de contundente se ha pronunciado el magistrado Pablo Mendoza, titular del Juzgado de lo Penal n¨²mero 23 de Madrid, que ha absuelto este lunes a las dos activistas del colectivo feminista Femen que se encadenaron con el torso desnudo al altar mayor de la catedral de La Almudena en 2014. Seg¨²n la sentencia, que descarta que cometieran un delito contra los sentimientos religiosos y otro de odio, la protesta de las dos mujeres se enmarca dentro del derecho a "defender una idea: la del derecho al aborto". La fiscal¨ªa ped¨ªa nueve meses de c¨¢rcel para ellas y la Asociaci¨®n Espa?ola de Abogados Cristianos, personada como acusaci¨®n particular, solicitaba dos a?os de prisi¨®n.
A las nueve de la ma?ana del 13 de junio de 2014, Ana Urbina y Carlota C¨¢novas se adentraron en la catedral y se subieron a la peana de la cruz del altar mayor, donde se encadenaron y gritaron lemas como "El aborto es sagrado" y "Aborto ilegal, tomemos el altar". Adem¨¢s, en su torso desnudo llevaban escritas expresiones como "Gallard¨®n inquisidor" y "aborto ilegal". "[Lo hicieron con la intenci¨®n] de oponer su posici¨®n frente a la de la Iglesia Cat¨®lica de defender el car¨¢cter sagrado de la vida desde el momento de la misma concepci¨®n", subraya el juez en su dictamen, que desmonta as¨ª la tesis de las acusaciones e insiste en que las dos activistas no ten¨ªan la intenci¨®n de "vejar" a los creyentes.
"No existe delito de odio, ya que no se contiene expresi¨®n alguna de las acusadas que ¡ªpor la v¨ªa de la humillaci¨®n, el menosprecio, el insulto, o el descr¨¦dito de los cat¨®licos¡ª promueva a terceros a discriminarlos", contin¨²a el magistrado Mendoza en una sentencia de 22 p¨¢ginas, donde tambi¨¦n recuerda que la protesta se desarroll¨® cuando se estaba produciendo un debate en el pa¨ªs a ra¨ªz del anuncio del entonces ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallard¨®n, de reformar la ley del aborto. "Y en esta situaci¨®n es cuando cobran especial consideraci¨®n las palabras del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de que, con la excepci¨®n del discurso del odio, que ya hemos argumentado que no se da en este caso, debe soportarse la defensa de ideas, incluso las que hieran, ofendan o importunen".
El abogado de las acusadas, Endika Zulueta, ha mostrado su satisfacci¨®n por la absoluci¨®n: "Es una buena noticia, no solo para las acusadas, sino para todas aquellas personas sensibilizadas con el derecho a la libertad de expresi¨®n y a la pac¨ªfica protesta". Por su parte, la presidenta de la Asociaci¨®n de Abogados Cristianos, Polonia Castellanos, ha mostrado su decepci¨®n y ha anunciado su intenci¨®n de recurrir la sentencia a la Audiencia Provincial de Madrid: "Si salen absueltas queda demostrado que cualquier acto de profanaci¨®n ser¨¢ siempre impune". Castellanos ha apostillado que llevar¨¢n este caso hasta Estrasburgo si es necesario.
El magistrado, al descartar el delito contra los sentimientos religiosos, recalca tambi¨¦n que ni siquiera hubo contacto f¨ªsico con el crucifijo del altar central. Y que, cuando se produjeron los hechos, no se estaba realizando ning¨²n acto de culto y que no se produjo ning¨²n da?o material. Seg¨²n el relato del juez, solo se encadenaron al enclave "con la intenci¨®n de que solo pudieran ser desalojadas con la rotura de las cadenas, lo que impedir¨ªa que el mismo pudiera efectuarse de forma inmediata". Eso permiti¨® que la protesta se prolongara durante cerca de media hora, seg¨²n uno de los testigos que declar¨® en el juicio. Aunque los responsables de la catedral decidieron cerrarla hasta que se desaloj¨® a Urbina y C¨¢novas.
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