El Supremo establece que Prisiones debe asumir la atenci¨®n hospitalaria de los reclusos
El Alto Tribunal da la raz¨®n a Madrid y Andaluc¨ªa en dos sentencias y dictamina que Instituciones Penitenciarias se haga cargo de este coste
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado dos sentencias en las que establece que es Instituciones Penitenciarias, dependiente del Ministerio del Interior, y no el servicio de sanidad de cada comunidad aut¨®noma, quien debe asumir los costes de la atenci¨®n m¨¦dica en hospitales p¨²blicos que reciban los presos asegurados, afiliados o beneficiarios de la Seguridad Social.
Las resoluciones, falladas en respuesta a dos recursos de los servicios de salud de Madrid y Andaluc¨ªa, dan la raz¨®n a estas administraciones, y fija el criterio que se deber¨¢ seguir, pues ambas hab¨ªan recibido respuestas contradictorias en su reclamaci¨®n: mientras el Tribunal Superior de Justicia madrile?o aval¨® que se girasen los costes al Ministerio del Interior, su hom¨®logo andaluz apoy¨® la tesis del abogado del Estado, que depositaba la responsabilidad econ¨®mica en la comunidad aut¨®noma.
Para la Sala Tercera, a falta de convenio de colaboraci¨®n entre ambas administraciones ¨Cincumpliendo el art¨ªculo 207.2 del Reglamento Penitenciario-, "la normativa aplicable abona que sea Instituciones Penitenciarias quien satisfaga esos costes", tanto "por la relaci¨®n de sujeci¨®n especial que liga al interno con tal administraci¨®n", como "por la obligaci¨®n ex lege de garantizar su salud" que tiene la prisi¨®n y "por la inexistencia de precepto alguno que permita excluir aquella financiaci¨®n por la sola condici¨®n del preso como beneficiario de la Seguridad Social".
La ley de Cohesi¨®n y Calidad del Sistema Sanitario, de 2003, establec¨ªa un plazo de 18 meses para transferir a las comunidades aut¨®nomas los servicios sanitarios de los presos. Sin embargo, en la gran mayor¨ªa de los casos, el Gobierno central y los auton¨®micos siguieron renovando los convenios bilaterales por los que los servicios de salud auton¨®micos se hac¨ªan cargo de la atenci¨®n especializada a los reclusos que Prisiones no puede ofrecer. Pero estos acuerdos dejaron de renovarse en 2014, cuando llegaron los nuevos f¨¢rmacos contra la hepatitis C, un virus que, seg¨²n los datos de la Sociedad espa?ola de Sanidad Penitenciaria, afecta a alrededor de 13.000 de los 65.000 reclusos que hay en Espa?a. El elevado coste de los nuevos tratamientos, inasumible con el importe de los convenios que hasta entonces se firmaban, dinamit¨® las relaciones entre Prisiones y las comunidades, que pleitean en los tribunales por ver a qui¨¦n le corresponde pagar estos antivirales. La mayor¨ªa de los jueces est¨¢ dando la raz¨®n a las autonom¨ªas.
El Supremo confirma as¨ª la sentencia del TSJ de Madrid y estima el recurso del Servicio Andaluz de Salud contra la dictada por el TSJ de Andaluc¨ªa, y fija que de ahora en adelante, ante la inexistencia de convenio de colaboraci¨®n suscrito entre ambas administraciones, "corresponde a la administraci¨®n penitenciaria la asunci¨®n de tales costes, con independencia de que el interno en los centros penitenciarios que recibe la asistencia sea o no beneficiario, afiliado o asegurado a la Seguridad Social".
Los magistrados tambi¨¦n indican que la jurisdicci¨®n contencioso-administrativa es la que tiene atribuida la potestad de juzgar el asunto, aunque la cuesti¨®n se refiera a prestaciones de la Seguridad Social, pues no est¨¢ concernido el derecho a la asistencia, sino el reparto de costes entre dos administraciones p¨²blicas del precio p¨²blico derivado de aquella prestaci¨®n.
La sentencia cuenta con el voto particular de uno de los seis magistrados que la han dictado, Nicol¨¢s Maurandi, quien considera que eran los servicios de salud de Madrid y Andaluc¨ªa, y no la administraci¨®n penitenciaria, quienes deb¨ªan asumir los costes cuando se tratase de personas afiliadas o beneficiarias del R¨¦gimen General de la Seguridad Social.
Mientras, en el caso de los no afiliados, el magistrado entiende que debe ser Prisiones quien corra con los gastos de la asistencia hospitalaria, dado que tiene la condici¨®n de usuario privado indirecto del sistema al que por tanto, Sanidad podr¨ªa facturarle el importe de la asistencia prestada.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
?Tienes una suscripci¨®n de empresa? Accede aqu¨ª para contratar m¨¢s cuentas.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.