Los electrodom¨¦sticos tendr¨¢n que durar m¨¢s y gastar menos
La Comisi¨®n Europea obligar¨¢ a las marcas a tener repuestos hasta 10 a?os despu¨¦s de la venta
Los ¨²ltimos coletazos de la actual Comisi¨®n Europea dejan iniciativas apegadas al anunciado esp¨ªritu verde del pr¨®ximo ejecutivo de Ursula Von der Leyen. Bruselas ha anunciado este martes la adopci¨®n de nuevas normas encaminadas a favorecer el alargamiento de la vida ¨²til de los electrodom¨¦sticos, su menor impacto ambiental y el ahorro econ¨®mico para los ciudadanos. Para alcanzar ese triple objetivo, pondr¨¢ en marcha una bater¨ªa de nuevas obligaciones para los fabricantes: las piezas de recambio de las neveras deber¨¢n estar disponibles un m¨ªnimo de siete a?os despu¨¦s de que el consumidor compre el aparato y 10 a?os en el caso de lavadoras y lavavajillas, que adem¨¢s deber¨¢n utilizar menos agua. La norma espa?ola prev¨¦ un plazo de tres a?os menos para la disponibilidad de piezas funcionales de aparatos dom¨¦sticos.
La propuesta, que entrar¨¢ en vigor en 2021, trata de evitar que los usuarios acaben tirando a la basura productos susceptibles de seguir funcionando por la ausencia de repuestos o herramientas para arreglarlos. La secuencia es familiar en muchos hogares: una vez se produce el deterioro y el cliente busca una soluci¨®n, se topa con que el componente ya no existe en el mercado, lo que le empuja a tirar el aparato y adquirir uno nuevo.
La Comisi¨®n quiere romper ese c¨ªrculo vicioso y garantizar el derecho a la reparaci¨®n para terminar con esa forma de obsolescencia programada, que genera m¨¢s desechos, causa impacto clim¨¢tico por los gases emitidos en la fabricaci¨®n de las nuevas m¨¢quinas y provoca gastos suplementarios a usuarios y empresas al obligarles a acudir a la tienda para renovar art¨ªculos que solo necesitar¨ªan un ajuste para continuar su actividad.
Benito Muros, presidente de la Fundaci¨®n Energ¨ªa e Innovaci¨®n Sostenible Sin Obsolescencia Programada (Feniss), asegura que la obsolescencia programada est¨¢ presente en todos los aparatos electr¨®nicos que compramos. En Espa?a, el real decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos el¨¦ctricos y electr¨®nicos incluye dentro de las obligaciones para los fabricantes que estos aparatos sean dise?ados y producidos de forma que se prolongue lo m¨¢ximo posible su vida ¨²til, pero no penaliza la obsolescencia programada. Los fabricantes aseguran que cumplen esa norma y creen que la renovaci¨®n de aparatos tambi¨¦n se produce, adem¨¢s de porque dejan de funcionar, porque no cumplen sus expectativas, no se ajustan a nuevas tecnolog¨ªas o? prefieren un nuevo modelo.?
Con los nuevos requisitos para lavadoras y lavavajillas, Bruselas calcula que se dejar¨¢n de gastar 711 millones de metros c¨²bicos de agua a?o en el primer caso y 16 millones en el segundo. Adem¨¢s, plantea nuevas exigencias de durabilidad para los aparatos de iluminaci¨®n. En total, la Comisi¨®n Europea espera un ahorro de 150 euros al a?o de media por ciudadano ¡ªun recorte del consumo de energ¨ªa anual hasta 2030 equivalente al gasto de Dinamarca¡ª y evitar la emisi¨®n de 46 millones de toneladas de di¨®xido de carbono en poco m¨¢s de una d¨¦cada.
Seg¨²n una encuesta del Eurobar¨®metro en 2017, un 77% de los ciudadanos de la UE preferir¨ªa reparar sus bienes antes que comprar otros nuevos, pero en ¨²ltima instancia los reemplazan o se deshacen de ellos ante las dificultades para subsanar las aver¨ªas. Y m¨¢s del 90% estima que los productos deben estar claramente etiquetados para indicar su durabilidad.
La organizaci¨®n europea de consumidores Beuc cree que "los nuevos requisitos de reparaci¨®n ayudar¨¢n a mejorar la vida ¨²til de los electrodom¨¦sticos cotidianos, que fallan demasiado r¨¢pido". Sin embargo, critican que ciertas piezas de repuesto y consejos de mantenimiento "solo estar¨¢n disponibles para reparadores profesionales, lo que significa que aquellos que quieran hacer las reparaciones por s¨ª mismos, especialmente por razones econ¨®micas, se quedar¨¢n fuera". ?
En el mismo sentido se manifiesta Rub¨¦n S¨¢nchez, vicepresidente de Facua Consumidores en Acci¨®n, que afirma que "no se garantiza el suministro directo al consumidor, por lo que sigue dependiendo de intermediarios". "La legislaci¨®n pendiente de publicarse define concretamente qu¨¦ piezas de repuesto ser¨¢n accesibles a los consumidores para cada tipo de producto", replica un portavoz de La Asociaci¨®n Nacional de Fabricantes e Importadores de Electrodom¨¦sticos (Anfel).
Anfel considera que "la normativa espa?ola ya prev¨¦ algunos de estos supuestos ("es pionera", afirman) y que los fabricantes van por delante", seg¨²n un portavoz de la entidad. "Dentro de sus pol¨ªticas individuales, los fabricantes espa?oles han alargado hist¨®ricamente dichos plazos de disponibilidad con objeto de mejorar la reparabilidad de sus productos, como un valor a?adido ofrecido a sus clientes", asegura la Anfel.
La normativa afectar¨¢ a todos los productos incluidos en la norma, ya sean de fabricaci¨®n europea o extracomunitaria. Los importadores, seg¨²n su representante en la Anfel, reclaman en este sentido "un adecuado control de mercado por parte de las autoridades para asegurar que todos los actores est¨¦n en igualdad de condiciones y evitar as¨ª potenciales actores que no cumplan con los requisitos legislativos".
El movimiento de Bruselas sigue una tendencia que excede fronteras. Veinte Estados de EE UU han aprobado ya normas para proteger el derecho a reparar frente a las pr¨¢cticas m¨¢s o menos encubiertas de la industria para acelerar el final de sus productos.
Siete a?os en la norma espa?ola
Seg¨²n la normativa espa?ola actual, en t¨¦rminos generales, las piezas de repuesto funcionales de los productos de naturaleza duradera ¡ªentre los que est¨¢n incluidos los electrodom¨¦sticos afectados por la directiva europea¡ª, as¨ª un "adecuado servicio t¨¦cnico", deben estar disponibles durante el plazo m¨ªnimo de cinco a?os a partir de la fecha en que el producto deja de fabricarse.
Sin embargo, en el ¨¢mbito espec¨ªfico de los aparatos de uso dom¨¦stico, el real decreto ley 1/2007 de defensa del consumidor y el real decreto 58/1988 (art¨ªculos 4.5 y 4.6) recogen que "todos los servicios de asistencia t¨¦cnica est¨¢n obligados a dar servicio de piezas de repuesto durante al menos siete a?os" para los componentes funcionales. Este plazo es de cinco para los aparatos con un precio inferior a 60 euros y de dos para los componentes est¨¦ticos que no afecten a la operatividad del electrodom¨¦stico.
Todas las piezas de repuesto, seg¨²n la misma norma, deber¨¢n servirse al cliente en un plazo no superior a un mes desde la fecha de solicitud para los aparatos de importaci¨®n y no superior a 15 d¨ªas para las piezas correspondientes a aparatos nacionales.
"Los fabricantes, importadores y representantes oficiales de las marcas est¨¢n obligados a facilitar los repuestos a los servicios de asistencia t¨¦cnica, oficiales o no, que lo solicitaren, siempre que tengan existencias de los mismos, y en todo caso en el plazo se?alado en el apartado anterior", a?ade la norma.
M¨®viles y dispositivos electr¨®nicos quedan fuera de la norma
Los m¨®viles, las tabletas, los ordenadores o las consolas no estar¨¢n incluidos en la normativa europea por ahora, pese a que dos de las principales asociaciones de usuarios (OCU y Facua) reclaman una normativa que garantice la perdurabilidad de estos productos, que se asegure la reparaci¨®n de los mismos, que se permita la competencia en las restauraciones y que se evite, as¨ª, el problema que los residuos tecnol¨®gicos generan.
La OCU, en su campa?a Larga vida a lo que compro, considera habituales las reclamaciones por m¨®viles de alta gama que se quedan obsoletos en un par de a?os o por aparatos y componentes de los mismos que dejan de funcionar tras poco tiempo de uso y no se pueden reparar.
Esta organizaci¨®n reclama "una legislaci¨®n que ponga freno a la obsolescencia prematura en favor de un modelo econ¨®mico m¨¢s sostenible" y que, "igual que establece que un producto debe ser seguro, obligue tambi¨¦n a que sea duradero y reparable". Con esta medida se evitar¨ªa el bajo rendimiento de la inversi¨®n en aparatos tecnol¨®gicos y reducir el impacto medioambiental que genera la fabricaci¨®n masiva de dispositivos y la basura acumulada de los que se quedan obsoletos.
Jes¨²s Ben¨ªtez, del servicio jur¨ªdico de Facua, apunta en la misma direcci¨®n al afirmar que la normativa aplicable ahora en Espa?a sobre productos de naturaleza duradera es ¡°poco clara¡± y reclama tambi¨¦n una legislaci¨®n que asegure un adecuado servicio t¨¦cnico y una disponibilidad de repuestos.
El representante legal de la organizaci¨®n de consumidores pone como ejemplo la legislaci¨®n para reparaci¨®n de veh¨ªculos, que proh¨ªbe la restricci¨®n a la adquisici¨®n de piezas para asegurar que cualquier taller puede reparar los coches, aunque no sean concesionarios oficiales, o la normativa europea, que considera incompatibles los acuerdos o pr¨¢cticas concertadas para falsear la competencia o impedir el desarrollo t¨¦cnico de los productos.
El derecho a reparar se ha convertido en una amplia reclamaci¨®n en EE UU, donde 20 Estados lo han regulado. Sus promotores argumentan que la soluci¨®n de aver¨ªas ser¨ªa m¨¢s barata y r¨¢pida, que habr¨ªa m¨¢s talleres tecnol¨®gicos disponibles para los usuarios, que se reducir¨ªan los residuos y que se favorecer¨ªa la innovaci¨®n.
Apple ya se pronunci¨® sobre esta regulaci¨®n cuando se impuls¨® en Nebraska y aleg¨® que la libre disponibilidad de componentes facilitar¨ªa la pirater¨ªa.
La Organizaci¨®n de Consumidores y Usuarios (OCU) reclama que la legislaci¨®n incluya los siguientes aspectos:
- Que el producto sea dise?ado de forma que no haya piezas de calidad deficientes que se deterioren prematuramente, que sean demasiado fr¨¢giles para el uso normal del dispositivo o que tenga un ensamblado con materiales que impidan su apertura para la reparaci¨®n.
- Que reparar el producto o sustituir los consumibles o bater¨ªas sea posible y tenga un coste notablemente inferior al de comprar un producto nuevo.
- Que la garant¨ªa del producto (incluido el software y su actualizaci¨®n) sea superior a los dos a?os obligatorios que actualmente hay en Espa?a y que sea real (ahora mismo solo se atribuye a problemas del producto durante los primeros seis meses).
- Que los fabricantes informen claramente de la vida media prevista del producto, las posibilidades de reparaci¨®n, el tiempo de soporte previsto para la actualizaci¨®n de software si lo hubiera o c¨®mo se debe proceder para el correcto reciclaje.
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