Condenados por abusos sexuales y no por agresi¨®n los autores de la violaci¨®n grupal de Manresa
La Audiencia de Barcelona considera que la v¨ªctima se encontraba "en estado de inconsciencia", por lo que los acusados no tuvieron que usar "violencia o intimidaci¨®n"
La violaci¨®n grupal de una adolescente de 14 a?os en Manresa no es agresi¨®n sexual, sino abuso sexual. La secci¨®n 22 de la Audiencia de Barcelona ha condenado a cinco de los seis acusados a penas de entre 10 y 12 a?os por abuso sexual y abuso sexual continuado a una menor, pero no contempla, como ped¨ªa la Fiscal¨ªa, elevar la pena a agresi¨®n sexual. Esta sentencia sigue la estela de la pol¨¦mica que se inici¨® con el caso de La Manada de Pamplona, a los que la Audiencia Provincial de Navarra conden¨® en abril de 2018 por abuso sexual continuado. El Supremo elev¨® la condena el pasado junio y lo consider¨® una violaci¨®n m¨²ltiple.
El grupo de Manresa viol¨® por turnos a la v¨ªctima, que hab¨ªa tomado alcohol y drogas ( "alg¨²n porro de marihuana", seg¨²n los hechos probados) y estaba inconsciente, en una f¨¢brica abandonada en el camino Torres d'en Vinyes durante un botell¨®n en 2016. "No pas¨® desapercibido" para ninguno de los congregados que la joven era menor de 16 a?os y que estaba en estado de inconsciencia, prosigue la sentencia.
El tribunal admite que el crimen fue "extremadamente intenso y especialmente denigrante", pero no se puede tipificar como agresi¨®n sexual porque la menor estaba inconsciente y no hubo violencia ni intimidaci¨®n, elementos necesarios para catalogar los hechos de esa manera. Los agresores, reza la sentencia, "pudieron realizar los actos sin usar ning¨²n tipo de violencia o intimidaci¨®n para vencer una oposici¨®n que no exist¨ªa".?
En las sesiones del juicio, celebradas en julio, la v¨ªctima declar¨® que recordaba solo parte de lo ocurrido, pero que uno de los principales acusados, Bryan Andr¨¦s ¡ªel que empez¨® la cadena de violaciones por turnos de 15 minutos¡ª la oblig¨® a tener sexo mientras esgrim¨ªa una pistola. En la sentencia queda recogido, no obstante, que era otro de los implicados, Marco Antonio, quien ten¨ªa en las manos "lo que parec¨ªa una pistola".
La joven declar¨® en el juicio que uno de los acusados,?Bryan Andr¨¦s, le dijo que ten¨ªa que hacerle una felaci¨®n a ¨¦l y a Maikel Pascual, otro de los implicados en el crimen. La joven asegur¨® que accedi¨® porque Maikel y Bryan se pasaban una pistola y se sinti¨® intimidada. Sin embargo, el Tribunal no contempla, entre los hechos probados, que se utilizase la pistola para intimidar a la v¨ªctima. Los magistrados sostienen que no se puede saber "con certeza si aquello que la v¨ªctima dijo que iba recordando acerca de lo que ocurri¨®, los flashes de ciertas escenas que mencion¨®, son efectivamente una rememoraci¨®n tard¨ªa de las percepciones sensoriales conservadas en la memoria o fruto de la interiorizaci¨®n del relato sentido por otras personas".?
El Tribunal considera que se trata, inequ¨ªvocamente, de un delito de abuso sexual. "Ha quedado acreditado que la?v¨ªctima, mientras que se produc¨ªan los hechos, y desde el momento antes hasta horas despu¨¦s de lo sucedido, se encontraba en estado de inconsciencia, sin saber qu¨¦ hac¨ªa y qu¨¦ no hac¨ªa, y, consecuentemente, sin poder determinarse y aceptar u oponerse a las relaciones sexuales que con ella mantuvieron la mayor parte de los procesados, los cuales pudieron realizar los actos sexuales sin utilizar ning¨²n tipo de violencia o intimidaci¨®n (...). Se est¨¢ ante la hip¨®tesis que considera abusos sexuales no consentidos, aunque en este caso el consentimiento ser¨ªa irrelevante atendiendo a la edad de la v¨ªctima", sostiene el tribunal en la sentencia, que no es firme. Abel Pi¨¦, abogado de uno de los agresores, confirm¨® que las defensas apelar¨¢n la sentencia y pedir¨¢n la absoluci¨®n de los condenados.
Hay un episodio de los hechos probados, sin embargo, que plantea dudas respecto? a la inconsciencia de la menor, tal como subraya la catedr¨¢tica en Derecho Penal de A Coru?a, Patricia Faraldo. Dice as¨ª: "Cuando ya se hab¨ªan marchado la mayor parte de los reunidos, Bryan Andr¨¦s y Maikel, al mismo tiempo, cogieron a XXX, liberaron sus respectivos penes de los pantalones y los posaron en la cara de la chica para que ella les masturbase, chup¨¢ndolos, consiguiendo satisfacer sus deseos libidinosos con la felaci¨®n que ella les hizo". Seg¨²n Faraldo, "para mantener que estuvo inconsciente en todo momento, este episodio se deber¨ªa haber descrito de otra manera. Me deja perpleja". La catedr¨¢tica considera adem¨¢s que el hecho de que uno de los condenados invitara al resto a entrar a la caseta (Bryan Andr¨¦s "le dijo ahora pod¨ªan entrar ellos", seg¨²n la sentencia), deber¨ªa haber supuesto "que se le considerara inductor de los hechos de los dem¨¢s, lo que significar¨ªa una pena mayor".
La Fiscal¨ªa, que empez¨® acusando a los agresores de un delito de abusos sexuales, termin¨® rectificando y, en la ¨²ltima sesi¨®n del juicio, elev¨® la petici¨®n de pena para los seis acusados:?de entre 10 y 12 a?os para cada uno de ellos, pas¨® a solicitar entre 14 y 15 a?os por agresi¨®n sexual. El fiscal consider¨® entonces que los seis acusados actuaron de forma organizada y que aprovecharon su superioridad num¨¦rica para "intimidar" a la v¨ªctima. Los magistrados no han pasado por alto este cambio de posicionamiento de la Fiscal¨ªa y, en el fallo, han mostrado su "sorpresa", por la modificaci¨®n?de calificaci¨®n jur¨ªdica del ministerio fiscal en sus conclusiones, porque la prueba practicada en el plenario apoyaba su calificaci¨®n provisional de abusos sexuales y, en cambio, "no aport¨® elementos que justificaran mutar los abusos en agresi¨®n sexual, en los tr¨¢mites de conclusiones¡±.?
Sobre la edad de la v¨ªctima ¡ªten¨ªa 14 a?os cuando se produjeron los hechos¡ª, el Tribunal rechaza la declaraci¨®n de los acusados, que aseguraban que desconoc¨ªan que era menor de edad. "En el juicio oral, celebrado tres a?os despu¨¦s de los hechos, el Tribunal ha podido comprobar que el aspecto f¨ªsico de aquella chica? sigue teniendo una apariencia de adolescente incipiente, que no llegar¨ªa a¨²n a los 16 a?os", reza la sentencia. Los magistrados son tajantes: "Si no hicieron nada para cerciorarse de este dato fue porque les result¨® indiferente".?
El tribunal ha impuesto para dos de los acusados, Bryan Andr¨¦s y Maikel Pascual, la pena m¨¢s elevada, de 12 a?os, al considerar que en su caso se dio una situaci¨®n de continuidad donde, estando ellos dos con la joven en la misma escena, le pidieron ¡°prestaci¨®n sexual¡±. A Daniel David Rodr¨ªguez, Yordanis de Jes¨²s Campo y Walter Diego Claudio, los magistrados los condenan a 10 a?os por un delito de abuso sexual.
Otros dos j¨®venes juzgados por estos hechos han sido absueltos. En uno de los casos, no ha quedado acreditada su participaci¨®n en el delito de abusos sexuales. En el otro, que seg¨²n el relato de la Fiscal¨ªa se masturb¨® mientras miraba c¨®mo los dem¨¢s violaban a la chica, aunque no particip¨® directamente, ha considerado que no se ha probado el delito de omisi¨®n de impedir delitos del que estaba acusado.
La sala, que ha absuelto a todos a todos los acusados del delito de amenazas, ha fijado en 12.000 euros la indemnizaci¨®n a la v¨ªctima, de forma conjunta y solidaria, al considerar que ¡°el ataque a la indemnidad sexual de la v¨ªctima fue extremadamente intenso y especialmente denigrante, y adem¨¢s, se produjo sobre una menor que se encontraba en situaci¨®n de desamparo¡±.
Esta sentencia recuerda al caso de La Manada de Pamplona, que fue pol¨¦mico por el mismo motivo. Primero la Audiencia de Navarra y despu¨¦s el Tribunal Superior de Justicia de Navarra condenaron a los cinco autores de la violaci¨®n de una joven a nueve a?os de prisi¨®n por abuso sexual y no por agresi¨®n. Ambos fallos generaron multitud de protestas en toda Espa?a, los partidos pol¨ªticos se manifestaron en contra de la decisi¨®n judicial e incluso el Gobierno anunci¨® que iba a modificar la legislaci¨®n. La decisi¨®n fue recurrida ante el Tribunal Supremo, que cambi¨® la calificaci¨®n de los hechos y elev¨® las penas. Sentenci¨® que La Manada cometi¨® una violaci¨®n continuada en grupo y castig¨® a los cinco autores de la violaci¨®n a 15 a?os de c¨¢rcel. El alto tribunal entendi¨® que la joven sufri¨® una "situaci¨®n intimidante" que hizo que ella misma "adoptara una actitud de sometimiento", los acusados se "aprovecharon" de estas circunstancias para atacar a la joven.
La sentencia sobre el ataque de La Manada de Pamplona en julio de 2016 gener¨® una amplia protesta en las calles y provoc¨® que el Gobierno, entonces del Partido Popular, decidiera revisar el concepto de violencia que figura en el C¨®digo Penal para los casos de violaci¨®n. El Gobierno del PSOE hizo suya la iniciativa del PP y, en julio de 2018, anunci¨® una reforma del C¨®digo Penal y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para garantizar que los tipos no dependan de la interpretaci¨®n de los jueces. La comisi¨®n de codificaci¨®n, a la que se encarg¨® un dictamen sobre la cuesti¨®n, propuso la desaparici¨®n de la actual distinci¨®n entre abuso y violaci¨®n y que se considere violaci¨®n cualquier agresi¨®n sexual con penetraci¨®n no consentida.
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