La justicia mantiene la prohibici¨®n de las movilizaciones del 8-M en Madrid
El tribunal de lo Contencioso deliber¨® durante dos horas despu¨¦s de que la Fiscal¨ªa y la Abogac¨ªa del Estado pidieran que no se permitieran
Los cinco magistrados de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) respaldaron este s¨¢bado, por unanimidad, el veto del delegado del Gobierno en Madrid a las manifestaciones y concentraciones con ocasi¨®n del 8-M por razones de salud p¨²blica. Los jueces ¡ªtres mujeres y dos hombres¡ª analizaron los recursos contra la prohibici¨®n de estas protestas. Y, tras escuchar a las partes personadas, decidieron rechazarlos debido a que la situaci¨®n actual de la pandemia en Madrid exige extremar las cautelas para poder preservar la salud p¨²blica.
Horas antes, la Fiscal¨ªa hab¨ªa apoyado tambi¨¦n la prohibici¨®n y justific¨® que se mantuviera porque las movilizaciones entra?an un peligro cierto en el actual estado de la pandemia en Madrid. Adem¨¢s, la Fiscal¨ªa consider¨® ¡°insuficientes¡± las medidas de seguridad propuestas por los organizadores. Esta postura choca radicalmente con las tesis defendidas por las ocho agrupaciones convocantes, que presentaron el recurso contra la decisi¨®n de la Delegaci¨®n del Gobierno que ha sido rechazado. El argumento compartido por todas ellas ¨DMovimiento Feminista, los sindicatos UGT, CC OO, CGT y otros colectivos¨D era que los actos convocados ofrec¨ªan garant¨ªas suficientes de cumplimiento de las recomendaciones de las autoridades sanitarias. En ello pusieron especial ¨¦nfasis UGT y CC OO, que hab¨ªan convocado una concentraci¨®n conjunta en la plaza de Cibeles para el pr¨®ximo lunes, entre las 11.00 y las 14.30, en la que preve¨ªan que nunca participasen a la vez m¨¢s de 250 personas, pero en la que pod¨ªan ir altern¨¢ndose grupos diferentes.
Sin embargo, los magistrados del tribunal madrile?o recogieron con amplitud en sus autos de anoche los argumentos de la Delegaci¨®n del Gobierno, que ha justificado el veto en que ¡°en estos momentos Espa?a afronta una crisis sanitaria sin precedentes y de una extraordinaria amplitud y gravedad¡± por la covid. En la misma l¨ªnea, la Fiscal¨ªa expuso este s¨¢bado que la raz¨®n que llev¨® a la Delegaci¨®n del Gobierno a prohibir las concentraciones conmemorativas del 8-M no solo se basaban en la normativa propia del estado de alarma, sino en las ¡°imperiosas¡± necesidades de salud p¨²blica.
La posici¨®n de la Fiscal¨ªa, que luego fue respalda por el fallo del TSJM, es coincidente con la que ha expuesto el Ejecutivo sobre la necesidad de poner el acento en la protecci¨®n de la salud de los ciudadanos. La vicepresidenta del Gobierno, Carmen Calvo, defendi¨® este s¨¢bado la decisi¨®n del delegado del Gobierno en Madrid, Jos¨¦ Manuel Franco, afirmando que ¡°con buen criterio, ha tomado una decisi¨®n para proteger la vida¡±. ¡°Miren las UCI c¨®mo est¨¢n en Madrid y la preocupaci¨®n por que Madrid vuelva a retroceder en este asunto¡±, a?adi¨®. La ministra de Trabajo, Yolanda D¨ªaz, tambi¨¦n apel¨® a los ciudadanos a ser ¡°responsables¡± en el cumplimiento de las recomendaciones sanitarias y a mostrar que ¡°las mujeres y los hombres feministas pueden reivindicar sus derechos haciendo cosas diferentes¡± el 8-M: ¡°Hay much¨ªsimas formas de manifestarse creativas¡±, sugiri¨®.
La Fiscal¨ªa explic¨® que, ante la voluntad de celebrar concentraciones en un contexto de pandemia, se produce una ¡°situaci¨®n de conflicto¡± entre diferentes art¨ªculos de la Constituci¨®n: el derecho a la vida y a la salud frente al derecho de reuni¨®n. Ante este conflicto, para el ministerio p¨²blico resulta ¡°procedente¡± realizar un ejercicio de ponderaci¨®n con el fin de otorgar ¡°prevalencia¡± al derecho a la vida ¡°dado que el propio texto constitucional prev¨¦ la posibilidad de limitar el derecho de reuni¨®n en los supuestos en los que exista una puesta en peligro para las personas¡±.
Las organizaciones que pretend¨ªan llevar adelante sus convocatorias alegaron que la existencia de un ¡°marco pand¨¦mico¡± ¡ªen expresi¨®n de uno de los letrados de los sindicatos¡ª ¡°no ha supuesto el decaimiento en absoluto del derecho de reuni¨®n y manifestaci¨®n¡±. El recurso presentado ya citaba en este sentido que la propia resoluci¨®n de la Delegaci¨®n del Gobierno hac¨ªa constar que ¡°la media de concentraciones y manifestaciones que viene habiendo en la Comunidad de Madrid es de 70 por semana¡±.
Medidas de seguridad
La Fiscal¨ªa, sin embargo, sostuvo que las concentraciones del 8-M carecen en su opini¨®n de las medidas de seguridad que permitan garantizar la salud p¨²blica, ¡°que se ve comprometida en la situaci¨®n actual¡±. Y asegur¨® que la previsi¨®n de un cord¨®n de seguridad compuesto por un ¡°reducido¡± n¨²mero de integrantes ¡°es, a todas luces, insuficiente¡±.
Por tanto, consider¨® que la prohibici¨®n de las concentraciones es ¡°proporcionada¡± y ¡°ponderada¡±. La Fiscal¨ªa tambi¨¦n se refiri¨® a una reciente sentencia del TSJM en la que se abordaba la adopci¨®n de medidas ¡°temporales¡± y ¡°excepcionales¡± por raz¨®n de salud p¨²blica para la contenci¨®n de la covid en esta comunidad. Dicha resoluci¨®n, m¨¢s el informe de situaci¨®n de 1 de febrero de 2021 donde se expresa que el volumen de incidencia supera la tasa de casos recomendados por la UE, son los elementos que da la Administraci¨®n para prohibir las manifestaciones.
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