El Supremo rechaza que Jim¨¦nez Losantos vulnerara el honor de Irene Montero al llamarla ¡°matona¡± y ¡°novia del amo¡±
El tribunal admite que el periodista dirigi¨® comentarios ¡°descarnados¡± contra la actual ministra, pero considera que est¨¢n amparados en la libertad de expresi¨®n
![Federico Jimenez Losantos](https://imagenes.elpais.com/resizer/v2/I5BREUU6BQDGTYONG24G34BCJU.jpg?auth=22139dbea32cd4c364e6f9a1a9cde000dd8576726fb5b7990a91cba2be119b04&width=414)
![Reyes Rinc¨®n](https://imagenes.elpais.com/resizer/v2/https%3A%2F%2Fs3.amazonaws.com%2Farc-authors%2Fprisa%2F0c42f657-bf64-40e4-999b-ded8a0acefc9.jpg?auth=5b3f0921110c660825b9f146fd6eb9da124c726b0e8fe0d13ae2b693afe02da0&width=100&height=100&smart=true)
El Tribunal Supremo ha dado la raz¨®n al periodista Federico Jim¨¦nez Losantos y a Libertad Digital en la demanda de protecci¨®n del derecho al honor que interpuso contra ellos la actual ministra de Igualdad, Irene Montero, por unas declaraciones realizadas en su programa de radio con motivo de la intervenci¨®n de la entonces portavoz parlamentaria de Podemos en el debate de la moci¨®n de censura contra Mariano Rajoy en junio de 2018. Aquellos d¨ªas, Losantos se refiri¨® a Montero con t¨¦rminos como ¡°Pablenina¡±, ¡°matona¡±, ¡°tiorra¡±, ¡°novia del amo¡± y ¡°escrachadora¡±, y asegur¨® que ¡°su ¨²nica fuerza¡± proven¨ªa ¡°de ser esposa de su marido¡±. Todas estas expresiones, seg¨²n la Sala de lo Civil, est¨¢n amparadas por el ejercicio de la libertad de expresi¨®n, ya que iban dirigidas a un personaje p¨²blico y se refer¨ªan a una cuesti¨®n de inter¨¦s general, como era la actuaci¨®n de Montero en el Congreso como portavoz de uno de los grupos parlamentario que promovi¨® la moci¨®n de censura contra el Gobierno.
Esta es la tercera sentencia que se dicta sobre este caso e implica la victoria del periodista en este conflicto contra la ahora ministra. En la primera sentencia, un juzgado de primera instancia de Madrid dio la raz¨®n a Montero, pero la Audiencia Provincial revoc¨® luego esa decisi¨®n y el Supremo ha confirmado ahora esta decisi¨®n. En su sentencia, el Supremo admite que los comentarios de Losantos son ¡°descarnados¡± y entiende que resultaran ¡°hirientes¡± para la ministra, pero se?ala que, pese a ello, est¨¢n amparados por la libertad de expresi¨®n.
La sentencia indica que tambi¨¦n est¨¢ amparado por el leg¨ªtimo ejercicio de la libertad de expresi¨®n del periodista demandado ¡°el uso de apelativos sarc¨¢sticos para referirse a la demandante, jugando con el nombre de su pareja y l¨ªder de su partido pol¨ªtico [Pablo Iglesias], y del l¨ªder de la revoluci¨®n sovi¨¦tica [Lenin]¡±. ¡°El sarcasmo, la cr¨ªtica humor¨ªstica, la s¨¢tira pol¨ªtica est¨¢n tambi¨¦n amparados por la libertad de expresi¨®n en una sociedad democr¨¢tica¡±, se?ala el tribunal.
La conclusi¨®n de la Sala es que, como ha declarado el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en numerosas sentencias, ¡°la libertad de expresi¨®n, que es uno de los principales fundamentos de una sociedad democr¨¢tica y una de las condiciones m¨¢s importantes para su progreso y el desarrollo individual, no se aplica solamente a las informaciones o ideas que se reciben favorablemente o se consideran inocuas o indiferentes, sino tambi¨¦n a las que ofenden, hieren o molestan, pues as¨ª lo exigen el pluralismo, la tolerancia y la mentalidad amplia, sin los cuales no hay sociedad democr¨¢tica¡±.
La Sala recuerda que, como ha declarado en ocasiones anteriores, est¨¢ permitido al demandado, como a toda persona que participa en un debate p¨²blico, ¡°recurrir a una cierta dosis de exageraci¨®n, incluso de provocaci¨®n, esto es, ser un poco inmoderado en sus expresiones¡±. Adem¨¢s, se?ala que las expresiones cuestionadas han sido proferidas por un profesional de la informaci¨®n y de la opini¨®n, lo que aumenta el amparo del ejercicio de la libertad de expresi¨®n en la cr¨ªtica de las personas que desempe?an cargos p¨²blicos, y en especial cuando se trata de una actuaci¨®n del personaje p¨²blico que reviste una gran trascendencia para el inter¨¦s general, como es la defensa parlamentaria de una moci¨®n de censura al gobierno.
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