La nueva ley del medicamento rebajar¨¢ el copago de los f¨¢rmacos de las rentas bajas y subir¨¢ la aportaci¨®n de las altas
El borrador del anteproyecto de ley del medicamento incluir¨¢ topes mensuales para los que cobran menos de 35.000 e incrementa cinco puntos la aportaci¨®n de quienes perciben m¨¢s
El Ministerio de Sanidad tiene listo el anteproyecto de ley para reestructurar el copago farmac¨¦utico, la proporci¨®n que pagan los ciudadanos por los medicamentos con prescripci¨®n p¨²blica. Los tres tramos que existen hasta ahora (que iban de un 40% para las rentas menores de 18.000 a un 60% para las mayores de 100.000) se convierten en seis, para darle m¨¢s progresividad, lo que rebajar¨¢ el dinero que tienen que aportar las familias de menos ingresos y subir¨¢ lo que pagan las m¨¢s pudientes.
El borrador, adelantado el viernes por Dem¨®crata, establece tambi¨¦n l¨ªmites mensuales en lo que pagan por los f¨¢rmacos las rentas de menos de 18.000 euros, algo que hasta ahora solo aplica a los pensionistas. Se daba la situaci¨®n de que un pensionista que ganaba 90.000 euros anuales con un tratamiento cr¨®nico pod¨ªa estar aportando menos dinero que alguien con ingresos inferiores a 9.000 por ese mismo tratamiento. Es algo que cambiar¨¢ con esta nueva ley del medicamento, que tiene prevista su aprobaci¨®n en el Consejo de Ministros a principios de enero, para salir posteriormente a audiencia p¨²blica y comenzar entonces su andadura parlamentaria, donde tendr¨¢ que ratificarse definitivamente.
Hasta ahora, las rentas menores de 18.000 euros pagaban un 40% del precio de los f¨¢rmacos. Esta franja ahora se divide en dos: menos de 9.000 y hasta 18.000, que seguir¨¢n aportando esta misma porci¨®n, pero tendr¨¢n un tope mensual de 8,23 y 18,52 euros, respectivamente. Es algo pensado sobre todo para garantizar la continuidad de los tratamientos de car¨¢cter cr¨®nico.
El siguiente tramo, hasta ahora, va de 18.000 hasta 100.000 euros. Todas estas rentas pagan un 50% de los f¨¢rmacos. Ahora se divide en una que va hasta los 35.000 (pagar¨¢n un 50%, pero con un l¨ªmite que antes no exist¨ªa de 61,75 euros); otra hasta los 60.000, que sube al 55%; otra hasta 100.000, que se mantiene en el 60% y otra de m¨¢s de esta cifra, que sube otros cinco puntos, hasta el 65%.
Entre los pensionistas, la situaci¨®n sigue como estaba en las rentas hasta 60.000 euros, que pagar¨¢n un 10% con un tope que est¨¢ entre los 8,23 (hasta 18.000 euros de renta) y los 18,52 (hasta 60.000). Para los que cobran entre 60.000 y 100.000 euros, la aportaci¨®n sube del 10% al 60%, y el tope se fija en 40,14 euros. Finalmente, para los que ingresan m¨¢s de 100.000 euros, la aportaci¨®n sube al 65%, si bien se mantiene el tope que hab¨ªa (61,75 euros).
Adem¨¢s, el borrador establece la exenci¨®n de aportaci¨®n para ciertos grupos de usuarios, como los afectados por s¨ªndrome t¨®xico, personas con discapacidad, perceptores de rentas m¨ªnimas o menores de edad con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, entre otros.
Toda esta reestructuraci¨®n har¨¢ que algunos ciudadanos aporten algo m¨¢s y otros tengan que pagar menos, pero el global es un ahorro para los pacientes (y una aportaci¨®n extra del Estado) de 153 millones de euros, seg¨²n un estudio que ha utilizado el Ministerio de Sanidad teniendo en cuenta datos del a?o 2023. Este ahorro repercute sobre todo en las clases m¨¢s bajas: las rentas de menos de 18.000 euros aportar¨¢n ahora alrededor de un 33% menos.
Prescripci¨®n enfermera y de los fisioterapeutas
La nueva norma incluye muchas otras modificaciones. Una de las m¨¢s importantes ser¨¢ la capacidad de prescribir medicamentos de enfermeras y fisioterapeutas. Hasta ahora, estos colectivos tienen muy limitados los f¨¢rmacos que pueden prescribir. Existen unas gu¨ªas ¨Dalgunas de ellas recurridas por la Organizaci¨®n M¨¦dica Colegial¨D para que puedan hacerlo con ciertos f¨¢rmacos como deshabituaci¨®n tab¨¢quica, anest¨¦sicos locales, fiebre, anticoagulaci¨®n oral, tratamiento de heridas, hipertensi¨®n, diabetes tipo 1 y tipo 2, quemaduras y ostom¨ªas.
Era una situaci¨®n de excepcionalidad que desaparecer¨¢ con la nueva ley, que facultar¨¢ a estos profesionales para prescribir f¨¢rmacos dentro de sus competencias, algo que ahora ¨Dsalvo estas excepciones¨D est¨¢ reservado a m¨¦dicos. Eso no quiere decir que una enfermera o un fisioterapeuta puedan prescribir cualquier medicina, pero s¨ª las que son de uso habitual en su pr¨¢ctica, como ya sucede, por ejemplo, con odont¨®logos y pod¨®logos.
Prescripci¨®n por principio activo
La nueva ley establecer¨¢ la prescripci¨®n por principio activo (gen¨¦ricos) como regla general ¡°para fomentar el uso racional del medicamento y contribuir a la sostenibilidad del sistema sanitario¡±. Habr¨¢ excepciones a esto para medicamentos en procesos cr¨®nicos cuya prescripci¨®n se corresponda con la continuidad de tratamiento; pacientes vulnerables; con problemas de adherencia y medicamentos considerados como no sustituibles por la Agencia Espa?ola de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS).
Los farmac¨¦uticos podr¨¢n sustituir el medicamento por otro similar si el prescrito no est¨¢ disponible (por otro considerado como sustituible). Deber¨¢ informar al paciente sobre la sustituci¨®n y sus motivos y este tendr¨¢ la ¨²ltima palabra a la hora de elegir f¨¢rmaco entre los posibles.
Esta medida tiene como objetivo agilizar la prescripci¨®n y dar m¨¢s flexibilidad a las oficinas de farmacia, que podr¨¢n as¨ª paliar (en parte y solo en determinados casos) los problemas de desabastecimientos de f¨¢rmacos que Espa?a (y el resto de Europa) vienen sufriendo desde hace a?os.
En este sentido, la nueva normativa facultar¨¢ a la Agencia Espa?ola de Medicamentos y Productos Sanitarios para que act¨²e ante problemas de suministro, ya sean reales o potenciales. La AEMPS podr¨¢ tomar medidas que afecten a la fabricaci¨®n, importaci¨®n, distribuci¨®n y dispensaci¨®n, e incluso al r¨¦gimen econ¨®mico y fiscal de estos f¨¢rmacos.
El borrador incluye adem¨¢s criterios para la financiaci¨®n de medicamentos innovadores, permitiendo modalidades condicionales, tempranas y transitorias para tratamientos con especial valor a?adido, mientras se decide su financiaci¨®n definitiva. Tambi¨¦n modifica el sistema de precios de referencia para fomentar la entrada de gen¨¦ricos y biosimilares tras la expiraci¨®n de patentes, excluyendo a los medicamentos hu¨¦rfanos y derivados del plasma humano, y permitiendo revisar al alza precios de medicamentos estrat¨¦gicos en casos excepcionales.
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