Un tribunal c¨¢ntabro afirma que las antenas de m¨®viles tienen un potencial "efecto nocivo"
La Sala dice que los ayuntamientos no pueden obligar a las compa?ias telef¨®nicas a sacar las antenas de las ciudades
El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha sentenciado que los ayuntamientos no pueden forzar a las compa?¨ªas telef¨®nicas a instalar sus antenas fuera de los n¨²cleos urbanos, porque lo considera "desproporcionado", ni tampoco exigirles que contraten seguros de responsabilidad civil. La sentencia, siguiendo una Recomendaci¨®n de la Uni¨®n Europea, s¨ª considera que las antenas tienen un potencial "efecto nocivo".
La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC ha establecido este criterio al estudiar el recurso interpuesto por Telef¨®nica M¨®viles contra la ordenanza aprobada por el Ayuntamiento de Castro Urdiales (Cantabria), gobernado por entonces por el PSOE, que obligaba a que las antenas de m¨®viles se instalaran en suelos no urbanizables y exig¨ªa que las empresas contrataran un seguro de responsabilidad civil.
El Tribunal razona su decisi¨®n bas¨¢ndose en un informe del ministerio de Ciencia y Tecnolog¨ªa en el que, seg¨²n dice la Sala, "se pone de manifiesto que el hecho de alejar las antenas (?) obliga a que las emisiones sean de mayor potencia, lo que eleva los niveles radioel¨¦ctricos". Respecto al seguro de responsabilidad civil, la sentencia resuelve que los ayuntamientos no tienen competencias para establecer tal exigencia sin que lo haya dispuesto antes el Gobierno central.
Los magistrados avalan, sin embargo, otras limitaciones significativas impuestas por el Ayuntamiento de Castro Urdiales: se clasifica a las antenas como instalaciones molestas y se reconoce que tienen un potencial "efecto nocivo" -tal y como establece una Recomendaci¨®n de la UE—. La Sala, adem¨¢s, dice que los ayuntamientos pueden prohibir que las antenas se instalen a menos de 250 metros de una vivienda y de 500 metros de un centro educativo, geri¨¢trico o sanitario.
Las corporaciones locales pueden adem¨¢s exigir que las telef¨®nicas elaboren un plan t¨¦cnico de instalaci¨®n y que revisen las antenas cada dos a?os, as¨ª como controlar que se incorporan todas las mejoras en materia de seguridad que la tecnolog¨ªa ofrezca en cada momento. Por ¨²ltimo, la sentencia dice que para instalar una antena en un edificio, har¨¢ falta el voto un¨¢nime de toda la comunidad de vecinos, sin que baste la mayor¨ªa de dos tercios que fija la Ley de Propiedad Horizontal.
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