Consumo sancionar¨¢ a los comercios que no informen sobre el apag¨®n anal¨®gico
Vender un televisor sin TDT, sin previo aviso, ser¨¢ objeto de infracci¨®n por "omisi¨®n enga?osa"
El Ministerio de Sanidad y Consumo ha exigido hoy a los comerciantes que incluyan advertencias sobre los televisores no adaptados a la emisi¨®n digital, ya que estos aparatos anal¨®gicos no servir¨¢n a partir del 3 de abril de 2010, a no ser que se compre un decodificador. El ministerio ha advertido mediante un comunicado que el vendedor que incumpla esta normativa incurrir¨¢ en una infracci¨®n en materia de consumo, al constituir una "omisi¨®n enga?osa" sobre las instrucciones y advertencias necesarias para su correcto uso en un futuro "pr¨®ximo y predecible".
Seg¨²n un informe elaborado por este ministerio, en este caso, el consumidor podr¨¢ ejercer su derecho a la garant¨ªa y podr¨ªa darse lugar a la correspondiente sanci¨®n administrativa. La elaboraci¨®n de este informe responde a pr¨¢cticas detectadas en las que algunos comerciantes que venden televisores anal¨®gicos a bajo coste no informan de que, a partir de la fecha se?alada, todas las emisiones de televisi¨®n terrestre que se presten ser¨¢n con tecnolog¨ªa digital y, por lo tanto, imposibles de captar por un receptor anal¨®gico.
La compra de un televisor no adaptado para la emisi¨®n de la televisi¨®n digital terrestre implicar¨ªa no s¨®lo un nuevo desembolso para el consumidor, que se ver¨ªa obligado a adquirir en el futuro un decodificador, sino disponer de dos aparatos en lugar de uno.
Informaci¨®n "veraz y eficaz"
El informe se?ala que la legislaci¨®n vigente establece que todos los bienes y servicios puestos a disposici¨®n de los consumidores y usuarios deber¨¢n permitir de forma "clara y comprensible" informaci¨®n veraz, eficaz y suficiente sobre sus caracter¨ªsticas esenciales.
Adem¨¢s, destaca que, de manera espec¨ªfica, debe informar sobre la naturaleza del producto, su composici¨®n y finalidad", as¨ª como de las "instrucciones o indicaciones para su correcto uso o consumo, advertencias y riesgos previsibles".
Asimismo, seg¨²n la actual normativa de consumo, "la oferta, promoci¨®n y publicidad falsa o enga?osa de los bienes y servicios ser¨¢ perseguida y sancionada como fraude". En este sentido, recuerda que "cualquier situaci¨®n que induzca a enga?o o confusi¨®n o que impida reconocer la verdadera naturaleza del bien o servicio", ser¨¢ objeto de infracci¨®n en materia de defensa de los consumidores y usuarios.
El derecho a la garant¨ªa
El comprador de un televisor anal¨®gico que no ha sido convenientemente informado de las limitaciones del aparato podr¨ªa adem¨¢s acogerse al r¨¦gimen de garant¨ªas contemplado en el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007) y en la Ley del Comercio Minorista.
Ambos textos legales establecen la obligaci¨®n del vendedor de responder de la falta de conformidad de los bienes con el contrato de compraventa, y el primero de los citados dispone tambi¨¦n que para que exista esta conformidad el bien debe ajustarse a la descripci¨®n realizada por el vendedor.
Adem¨¢s, resalta que este bien debe ser "apto" para los usos a que ordinariamente se destinen los bienes del mismo tipo y presentar "la calidad y prestaciones habituales de un bien del mismo tipo que el consumidor pueda fundadamente esperar, habida la naturaleza del bien".
Estos requisitos no se cumplir¨ªan, concluye el estudio, si, en el momento de la compra, el vendedor no informase de las limitaciones temporales de uso de un aparato cuya vida media es de 8 ¨® 10 a?os. Tambi¨¦n existir¨ªa incumplimiento si no advirtiese de la necesidad de adquirir en un futuro "pr¨®ximo y predecible" el correspondiente decodificador, por lo que el consumidor podr¨ªa ejercitar los derechos a garant¨ªa que le otorga la ley, dentro de los plazos fijados en la misma, ante la falta de conformidad del bien.
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