La UE acuerda que se pueda cortar el acceso a Internet sin orden judicial
Se salva as¨ª el ¨²ltimo escollo para la reforma de la legislaci¨®n sobre telecomunicaciones, que refuerza los derechos de los usuarios
La Uni¨®n Europea ha aprobado que las autoridades administrativas de los Estados miembros puedan cortar el acceso a Internet sin orden judicial previa a los usuarios que descarguen contenidos protegidos por derechos de autor, tal y como quieren hacer Francia o Reino Unido, seg¨²n el acuerdo alcanzado esta madrugada por los Gobiernos de los 27 y la Euroc¨¢mara para reformar la regulaci¨®n del sector de las telecomunicaciones.
El compromiso fue posible despu¨¦s de que la Euroc¨¢mara diera marcha atr¨¢s en su defensa de los derechos de los internautas. Los eurodiputados hab¨ªan frenado hasta ahora la aprobaci¨®n de la reforma de las telecomunicaiones reclamando que la nueva normativa prohibiera expresamente el acceso a Internet sin orden judicial previa, algo que no aceptaban los Gobiernos de los 27. Pero en la fase final de las negociaciones, el Parlamento cedi¨® en sus exigencias y acept¨® que no se requiera autorizaci¨®n judicial previa para cortar el acceso a Internet.
A cambio, la Euroc¨¢mara y los Gobiernos pactaron un nuevo art¨ªculo de protecci¨®n de los derechos de los internautas que no estaba previsto en la versi¨®n inicial de la legislaci¨®n. En ¨¦l se afirma que las restricciones al acceso a Internet "s¨®lo pueden imponerse si son adecuadas, proporcionadas y necesarias en una sociedad democr¨¢tica". Tales medidas s¨®lo podr¨¢n adoptarse "respetando el principio de presunci¨®n de inocencia y el derecho a la privacidad" y como resultado de un "procedimiento previo, justo e imparcial" que garantice "el derecho a ser escuchado" y "el derecho a una revisi¨®n judicial eficaz y en el momento oportuno". Es decir podr¨¢ cortarse la conexi¨®n sin permiso judicial, pero el internauta podr¨¢ acudir al juez. La Asociaci¨®n de Internautas espa?ola, en un primer an¨¢lisis, lo considera una "victoria parcial" de los ciudadanos.
El eurodiputado del PP Alejo Vidal-Quadras, que en su calidad de vicepresidente de la Euroc¨¢mara presid¨ªa la delegaci¨®n negociadora, justific¨® el cambio de postura del Parlamento argumentando que los servicios jur¨ªdicos de las instituciones europeas hab¨ªan dictaminado que la enmienda para prohibir el corte de Internet sin autorizaci¨®n judicial exced¨ªa las competencias de la UE y habr¨ªa sido anulada por el Tribunal de Justicia de Luxembrgo.
"Nuestra estrategia ha sido intentar lograr el mayor n¨²mero de garant¨ªas para los usuarios sin sobrepasar el marco legal comunitario establecido por los Tratados. Y creo que lo que hemos acordado con el Consejo es realmente un ¨¦xito por lo que se refiere a avances para los derechos de los usuarios", se?al¨® Vidal-Quadras. "Se nos ha presionado mucho en este tema, pero si no fuera por el Parlamento, la cuesti¨®n de imponer l¨ªmites a lo que los Gobierno y los operadores pueden hacer para restringir el acceso a Internet nunca se habr¨ªan discutido", resalt¨®.
Por su parte, la eurodiputada socialista Catherine Trautmann, que tambi¨¦n formaba parte de la delegaci¨®n negociadora, destac¨® que el Parlamento hab¨ªa preferido este compromiso antes que tumbar la reforma del sector de las telecomunicaciones por el desacuerdo sobre el corte de Internet. En este sentido, subray¨® que los parlamentarios hab¨ªan velado no s¨®lo por los intereses de los internautas sino tambi¨¦n de los trabajadores, porque a su juicio la falta de una regulaci¨®n del sector se traducir¨ªa en "deslocalizaciones" de empresas de telecomunicaciones.
"La nueva disposici¨®n sobre la libertad en Internet representa una gran victoria para los derechos y las libertades de los ciudadanos europeos", dijo por su parte la comisaria responsable de Telecomunicaciones, Viviane Reding. "Las 'leyes de tres avisos', que permiten cortar el acceso a Internet sin un procedimiento previo justo e imparcial o sin una revisi¨®n judicial efectiva y oportuna no se convertir¨¢n en parte de la legislaci¨®n europea", asegur¨®.
El acuerdo final todav¨ªa debe ser ratificado por los ministros de Telecomunicaciones y por el pleno de la Euroc¨¢mara durante el mes de noviembre. Si se cumplen los plazos, podr¨ªa entrar en vigor a principios de 2010. Los pa¨ªses de la UE tendr¨¢n entonces 18 meses para incorporarlo a sus legislaciones nacionales.
Separaci¨®n funcional
La principal novedad de la reforma es que da poderes a los reguladores nacionales para que puedan forzar a los operadores hist¨®ricos a separar funcionalmente el departamento de servicios de la gesti¨®n de la red en caso de problemas de competencia. Esta medida s¨®lo se podr¨ªa aceptar en casos excepcionales, cuando no hayan servido otras recetas. Tambi¨¦n se crea un Organismo de Reguladores Europeos de Comunicaciones Electr¨®nicas, de talla mucho m¨¢s reducida que la Autoridad que hab¨ªa propuesto originalmente la Comisi¨®n Euorpea, que estar¨ªa integrado por los 27 directores de los reguladores nacionales. Su papel ser¨ªa meramente consultivo. Los Estados miembros y la Euroc¨¢mara han rechazado la pretensi¨®n de Bruselas de arrogarse nuevos poderes para poder vetar las medidas correctivas dictaminadas por los reguladores nacionales (como la Comisi¨®n del Mercado de las Telecomunicaciones en el caso de Espa?a) cuando se detectan problemas de competencia en alg¨²n mercado. Las autoridades nacionales seguir¨¢n teniendo la ¨²ltima palabra en estos casos.
Neutralidadde la Red
Finalmente, el nuevo marco incluye nuevos derechos para los consumidores, como la prohibici¨®n de contratos superiores a los dos a?os de duraci¨®n o la obligaci¨®n para las operadoras de permitir a los clientes cambiar de compa?¨ªa conservando el mismo n¨²mero de tel¨¦fono en un plazo m¨¢ximo de un d¨ªa. Las operadoras tendr¨¢n la responsabilidad de luchar contra los virus y el spam y de notificar a los clientes los fallos de seguridad que detecten. Tambi¨¦n se incluyen medidas de protecci¨®n de la neutralidad de la red para impedir que los operadores discriminen entre varios tipos de transmisi¨®n de datos en Internet, como voz o servicios P2P. Las nuevas reglas dan poderes a los reguladores nacionales para que fijen niveles m¨ªnimos de calidad para los servicios de transmisi¨®n de red para promover esta neutralidad. Unas medidas que la Asociaci¨®n de Internautas espa?ola ve insuficientes. Adem¨¢s, los proveedores deber¨¢n informar a sus clientes antes de firmar el contrato sobre la naturaleza de los servicios, incluyendo las t¨¦cnicas de gesti¨®n del tr¨¢fico y su impacto en la calidad del servicio, as¨ª como otras limitaciones (como topes al ancho de banda o la velocidad de conexi¨®n disponible). Finalmente, el Ejecutivo comunitario har¨¢ uso de sus poderes para vigilar que se respete la neutralidad de la red
Texto definitivo de la controvertida enmienda
"3a. Las medidas tomadas por los Estados Miembros en relaci¨®n al acceso a o al uso de servicios y aplicaciones a trav¨¦s de redes de comunicaciones electr¨®nicas por parte de los usuarios deber¨¢ respetar los derechos y las libertades fundamentales de las personas f¨ªsicas, como garantiza la Convenci¨®n Europea para la Protecci¨®n de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales as¨ª como los principios generales de la ley comunitaria.
Cualesquiera de estas medidas relativas al acceso a o al uso de servicios y aplicaciones a trav¨¦s de redes de comunicaciones electr¨®nicas por parte de los usuarios responsables de restringir aquellos derechos o libertades fundamentales s¨®lo pueden ser impuestas si son apropiadas, proporcionadas y necesarias dentro de una sociedad democr¨¢tica, y su implementaci¨®n deber¨¢ estar sujeta a las adecuadas salvaguardas procedimentales de conformidad con la Convenci¨®n Europea para la Protecci¨®n de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales as¨ª como con los principios generales de la ley comunitaria, incluyendo la tutela judicial efectiva. Por consiguiente, esas medidas s¨®lo pueden ser tomadas con el debido respeto al principio de presunci¨®n de inocencia y al derecho a la privacidad. Un procedimiento previo justo e imparcial deber¨¢ ser garantizado, incluido el derecho a ser o¨ªdo de la persona o personas afectadas, sujeto a la necesidad de las condiciones y acuerdos procedimentales apropiados en casos de urgencia debidamente probados de conformidad con la Convenci¨®n para la Protecci¨®n de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales.
El derecho a una revisi¨®n judicial efectiva y oportuna deber¨¢ ser garantizado"
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