La sentencia del canon digital ya es definitiva
Finaliza el plazo para presentar recurso de casaci¨®n al Supremo.- APEMIT anuncia seis demandas de empresas para reclamar la devoluci¨®n
Yo no cabe recurso alguno. La sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, que absolvi¨® del pago del canon digital a la tienda de inform¨¢tica Traxtore, propiedad de la empresa Padawan, es "definitivamente firme y ya no puede ser recurrida de forma extraordinaria", asegura el abogado que representa al comercio barcelon¨¦s, Josep Jover.
El tribunal cerr¨® definitivamente el caso el pasado jueves despu¨¦s de que finalizase el plazo para que la entidad de gesti¨®n de derechos de los productores audiovisuales (EGEDA) interpusiera un recurso de casaci¨®n "por defectos de procedimiento" ante el Tribunal Supremo, como hab¨ªa anunciado. "EGEDA ha intentado retrasar la sentencia de la Audiencia de Barcelona durante m¨¢s de seis meses, tiempo durante el cual todas las entidades han seguido cobrando a instituciones y empresas un canon ilegal", denuncia Jover, que calcula en dos millones de euros la cantidad recaudada este a?o y en "200 millones anuales" desde la aprobaci¨®n de la directiva sobre los derechos de autor en 2002.
Este fallo judicial sobre el caso que enfrentaba a Padawan con la SGAE, muy esperado, se produjo el pasado mes de marzo, cinco meses despu¨¦s de que la Justicia Europea, en respuesta a una consulta de la propia Audiencia de Barcelona, dictaminase que el canon digital en Espa?a se aplicaba de forma "indiscriminada", un abuso que incumpl¨ªa la directiva europea de los derechos de autor en octubre de 2010.
La sentencia del tribunal europeo en Luxemburgo recordaba que este gravamen (a priori sobre casi cualquier aparato o soporte susceptible de reproducir o copiar un archivo o documento sujeto a derecho de autor) solo puede cobrarse a los particulares, pero no a las personas jur¨ªdicas, es decir que empresas, profesionales y administraciones est¨¢n exentas.
Por esas mismas fechas Comunidades, Ayuntamientos y otros organismos ya empezaron a asegurar que reclamar¨ªan a entidades como la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) la devoluci¨®n de la tasa cuando la sentencia fuera definitivamente firme.
La Asociaci¨®n Espa?ola de Peque?as y Medianas Empresas de Inform¨¢tica y Nuevas Tecnolog¨ªas (APEMIT), por eejmplo, tiene seis demandas de reclamaci¨®n preparadas de compa?ias de Barcelona, Madrid y Burgos. "Est¨¢n listas de hace tiempo y esta misma semana empezaremos a tramitarlas. Una vez que tengamos la primera, colgamos el texto en la p¨¢gina para que todo el mundo que quiera pueda descargarlo y utilizarlo", explica Jover, tambi¨¦n presidente de esta asociaci¨®n. "Cada uno deber¨¢ denunciar para recuperar su canon y volver a tener esos miles de euros ganados por las entidades de gesti¨®n. Pero la situaci¨®n est¨¢ mal porque el dinero no est¨¢ y el responsable subsidiario es el Estado", considera Jover.
Los abogados Javier de la Cueva y David Bravo ya explicaron en tres pasos c¨®mo pod¨ªan reclamar la devoluci¨®n administraciones y empresas.
Respecto a las reclamaciones de los particulares, recuerda Jover, cualquiera que haya comprado una caja de CD's v¨ªrgenes, por ejemplo, y pueda demostrar que la ha utilizado para uso privado, puede exigir la devoluci¨®n del canon por v¨ªa judicial. Conviene recordar que hay varios fallos de tribunales de primera instancia que dieron la raz¨®n a los ciudadanos, obligando a las tiendas a devolver el importe del canon a los compradores de los CD porque consiguieron probar ante el juez que no hab¨ªan sido utilizados para guardar contenidos protegidos por los derechos de autor. La sentencia m¨¢s antigua, de julio de 2005.
Por otro lado, cuando ya ha pasado m¨¢s de un a?o del fallo europeo y m¨¢s de seis meses desde que La Audiencia Nacional anulase las tarifas del canon digital, afectadas de un "vicio radical", el Gobierno saliente no ha reformado la Ley de Propiedad Intelelectual (LPI), una de las tareas que deber¨¢ retomar el nuevo Ejecutivo. En cualquier caso, opina Jover, "ya no hace falta que cambien nada porque cualquier empresa que lo haya abonado indebidamente a lo largo de estos a?os puede reclamar y a quienes se lo pidan a partir de ahora se pueden negar a hacerlo". De hecho, los tribunales ya est¨¢n incorporando la doctrina europea. En marzo pasado, mpor ejemplo, dos juzgados de lo mercantil ya fallaron a favor de Nokia y Dell en sendos procesos contra entidades de gesti¨®n de derechos de autor por los pagos relacionados con el canon digital. Ambas sentencias confirmaron que las compa?¨ªas no ten¨ªan que abonar las cantidades requeridas y pod¨ªan solicitar la devoluci¨®n de los pagos realizados.
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