El juego ¡®online¡¯ perdi¨® 72 millones en su primer a?o con impuestos
La patronal achaca el d¨¦ficit a la elevada fiscalidad
El mercado del juego online espa?ol registr¨® unas p¨¦rdidas de 72,5 millones de euros entre junio de 2012 y junio de 2013, el primer ejercicio completo del nuevo modelo fiscal aplicable a las empresas, debido a la elevada carga fiscal que soportan los operadores del sector, seg¨²n las conclusiones de un informe realizado por la Asociaci¨®n Espa?ola de Juego Digital (Jdigital), la patronal del sector, y la consultora Deloitte.
Las cantidades jugadas en las distintas modalidades de juego online en ese periodo alcanzaron la cifra de 5.400 millones de euros, de los que 5.166 millones fueron repartidos en premios, lo que supone que los ingresos netos o GGR (cantidades apostadas menos premios) han ascendido a 234 millones de euros. De esa cantidad, se han pagado 104,8 millones en tributos, a la que hay que detraer tambi¨¦n 127,4 millones de gastos en publicidad y otros 74 millones en otros gastos operativos por lo que el balance es un d¨¦ficit de 72.5 millones de euros, lo que supone, frente a los ingresos netos de dicho periodo, una p¨¦rdida o rentabilidad negativa de casi el 31%
En concreto, desde que se otorgaran las nuevas licencias en junio del a?o pasado, sujetas al cumplimiento del nuevo r¨¦gimen fiscal las 50 empresas que operan en el sector han abonado 58,5 millones del Impuesto sobre Actividades de Juego (IAJ), que grava con un tipo de car¨¢cter general del 25% sobre los ingresos netos; 4 millones por la Tasa por la Gesti¨®n Administrativa (0,75 por mil de los ingresos brutos) y 42,3 millones de euros por IVA.
Seg¨²n el informe esta elevada fiscalidad pone en riesgo la sostenibilidad de los operadores espa?oles y su desaparici¨®n o huida hacia otros mercados con menor fiscalidad como Reino Unido, Dinamarca o Italia, un hecho que ya se est¨¢ produciendo en Francia, tambi¨¦n con una fuerte carga impositiva.
Por eso, JDigital demanda una racionalizaci¨®n de la carga fiscal, para que se iguale a otros sectores de actividad; la homogeneizaci¨®n de la tributaci¨®n estatal y auton¨®mica, con la fijaci¨®n de un tipo impositivo del IAJ en torno al 10% (en l¨ªnea con los tipos auton¨®micos aplicables al juego¡°online¡±); la tributaci¨®n en funci¨®n de los ingresos netos de todas las modalidades de juego previstas en la normativa; la implementaci¨®n de exenciones, deducciones o bonificaciones en el IAJ que favorezcan la inversi¨®n en tecnolog¨ªas y la creaci¨®n de puestos de trabajo y, por ¨²ltimo, la promoci¨®n de estructuras de coparticipaci¨®n que ayuden a reducir el impacto negativo que el IVA supone para los operadores.
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