Protecci¨®n de Datos impone a Google una multa r¨¦cord por no respetar el derecho al olvido
La AEPD conmina a la tecnol¨®gica a pagar 10 millones de euros y a facilitar el proceso a los ciudadanos que quieran no figurar en sus bases de datos
La Agencia Espa?ola de Protecci¨®n de Datos (AEPD) ha impuesto una multa de 10 millones de euros, la m¨¢s alta hasta la fecha, por dos infracciones ¡°muy graves¡± a Google por ¡°ceder datos a terceros sin legitimaci¨®n para ello y obstaculizar el derecho de supresi¨®n de los ciudadanos¡±. El organismo reprende a la tecnol¨®gica por no respetar la voluntad de algunos usuarios de que sus datos dejen de ser p¨²blicos (el llamado derecho al olvido). Adem¨¢s de la sanci¨®n econ¨®mica, la AEPD conmina a la compa?¨ªa a modificar el proceso por el que los ciudadanos pueden ejercer ese derecho.
La penalizaci¨®n, publicada hoy en el Bolet¨ªn Oficial del Estado (BOE), donde deben constar todas las que superen el mill¨®n de euros, responde a dos denuncias elevadas en septiembre y octubre de 2018 y relacionadas con el Proyecto Lumen. Se trata de una base de datos confeccionada por la Universidad de Harvard a partir de solicitudes formuladas por ciudadanos que quieren ejercer su derecho a no figurar en internet. La AEPD entiende que, al mandar los datos de estas personas a la lista de Harvard, que se acaba divulgando por la Red, lo que hace Google ¡°supone en la pr¨¢ctica frustrar la finalidad del ejercicio del derecho de supresi¨®n¡±.
El regulador resuelve adem¨¢s que la tecnol¨®gica deber¨¢ suprimir todos los datos personales que hayan sido objeto de una solicitud del derecho de supresi¨®n comunicada al Proyecto Lumen. Tambi¨¦n recoge que est¨¢ obligada a instar al proyecto de la Universidad de Harvard a que suprima y cese en la utilizaci¨®n de los datos personales que le haya transferido.
La AEPD se?ala el farragoso proceso que deben seguir quienes deseen no figurar en las bases de datos del buscador. ¡°El sistema dise?ado por Google, que conduce al interesado a trav¨¦s de diversas p¨¢ginas para llegar a cumplimentar su solicitud, oblig¨¢ndole previamente a marcar las opciones que se ofrecen, puede provocar que este termine marcando una opci¨®n que se adapte a los motivos que considera apropiados a su inter¨¦s, pero que le aparta de su intenci¨®n originaria, que puede estar claramente vinculada a la protecci¨®n de sus datos personales, desconociendo que estas opciones le sit¨²an en un r¨¦gimen normativo distinto porque as¨ª lo ha querido Google, o que su solicitud se resolver¨¢ seg¨²n las pol¨ªticas internas establecidas por esta entidad¡±, explica la resoluci¨®n.
Preguntado por este peri¨®dico, un portavoz de Google asegura que est¨¢n ¡°revisando la decisi¨®n¡± y que seguir¨¢n colaborando con la AEPD para examinar sus actuaciones. ¡°Siempre tratamos de encontrar un equilibrio entre el derecho a la privacidad y nuestra necesidad de ser transparentes y rendir cuentas sobre nuestro papel en la moderaci¨®n de contenidos en l¨ªnea. Ya hemos empezado a reevaluar y redise?ar nuestras pr¨¢cticas de intercambio de datos con Lumen a la luz de las consideraciones de la AEPD¡±, se?alan esas mismas fuentes.
Adem¨¢s de la multa a Google, hoy se ha dado a conocer tambi¨¦n otra a Vodafone, en este caso de 3,94 millones de euros, por no garantizar la seguridad de los datos personales de sus clientes. La compa?¨ªa de comunicaciones recibi¨® el a?o pasado la que era hasta hoy la mayor multa impuesta por la AEPD: ocho millones por haber llevado a cabo de forma fraudulenta acciones de marketing y prospecci¨®n comercial a trav¨¦s de llamadas y del env¨ªo de correos electr¨®nicos.
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