Prima de mitad de a?o en Colombia: ?cu¨¢ndo pagan y cu¨¢l es la fecha l¨ªmite para recibir el bono?
Los colombianos registrados en una n¨®mina por tener un contrato laboral recibir¨¢n el pago de una quincena adicional al salario corriente
Un respiro dosificado: la primera de las dos primas anuales llega y hace sonre¨ªr a buena parte de la fuerza laboral colombiana. Este derecho contempla el pago de 30 d¨ªas trabajados adicionales al salario mensual corriente. Pero el total est¨¢ dividido en dos partes. La primera de ellas se paga en junio; la segunda, a final de a?o, en diciembre. Se trata de una bonificaci¨®n para los empleados adscritos a una n¨®mina, por tener un contrato laboral, y el cobro debe ser liquidado de forma completa o parcial en funci¨®n del tiempo trabajado en los ¨²ltimos seis meses. As¨ª lo estipula la Ley 1788 de 2016. De tal modo que el trabajador formal tendr¨¢, adem¨¢s del cobro recurrente que recibe por cada mes o quincena, una parte proporcional al tiempo laborado durante el ¨²ltimo semestre.
?Cu¨¢ndo debe pagarse la prima de mitad de a?o en Colombia?
El Ministerio de Trabajo establece que el primer dep¨®sito de este bono deber¨¢ hacerse efectivo durante el mes de junio. El pago puede integrarse a cualquiera de las dos fechas en que el trabajador recibe su salario durante este mes, aunque tambi¨¦n puede pagarse en otra fecha. En cualquier caso, el patr¨®n deber¨¢ notificar en el recibo de n¨®mina del empleado el concepto de pago que est¨¢ realizando. El dep¨®sito de esta prestaci¨®n podr¨ªa verse reflejado las siguientes fechas:
- 15 de junio
- 30 de junio (fecha l¨ªmite que tiene el empleador)
?Qui¨¦nes no reciben el pago de prima intermedia en Colombia?
No toda la fuerza laboral tiene acceso a esta prestaci¨®n. Enseguida se enlistan los trabajadores que no recibir¨¢n este pago:
- Trabajadores con contrato formativo o de aprendizaje. Aqu¨ª se incluyen a practicantes universitarios y becarios.
- Trabajadores con salario integral, que solo se puede pactar con personas que reciban 10 salarios m¨ªnimos mensuales o m¨¢s. Este sector ya cuenta con una remuneraci¨®n que incluye las prestaciones anuales.
- Trabajadores con contrato de prestaci¨®n de servicios. No obtienen el pago de prima intermedia porque las condiciones contractuales no establecen una relaci¨®n directa, o de dependencia, entre el empleado y el patr¨®n.
Multa por impago del derecho a prima de mitad de a?o
Los empleadores que omitan el pago de este derecho a sus trabajadores en el tiempo establecido ser¨¢n acreedores a una multa impuesta por el Ministerio de Trabajo. Lo establece as¨ª el C¨®digo Sustantivo de Trabajo. Deber¨¢n pagar al empleado un salario diario por cada d¨ªa de retardo.
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