Prima de diciembre para pensionados en Colombia: cu¨¢ndo se paga, cu¨¢l es su monto y qui¨¦nes la reciben
Las personas pensionadas tienen derecho a recibir una mesada adicional como parte de sus derechos establecidos por la ley
Durante el mes de diciembre, las personas pensionadas tienen derecho al pago de la prima navide?a, tambi¨¦n conocida como ¡°mesada 13¡å. Esta es una prestaci¨®n social que reconoce las necesidades de la persona a lo largo del a?o, y va dirigida a los trabajadores retirados. En Colombia, las pensiones de jubilaci¨®n, vejez, invalidez y de sobreviviente reciben un ajuste cada a?o para conservar su poder adquisitivo.
En 2024, los pensionados que reciben una mesada equivalente a un salario m¨ªnimo mensual legal vigente han obtenido un incremento del 12,07%, mientras que quienes reciben m¨¢s de ese valor m¨ªnimo han ganado un incremento del 9,28% en el pago de la pensi¨®n. Esto es lo que hay que conocer sobre el pago de la prima decembrina a los jubilados en Colombia.
?C¨®mo se calcula la prima navide?a?
El monto de la prima navide?a corresponde a un mes de pensi¨®n, y el ¨²nico requisito para recibirla es estar jubilado o pensionado. La prestaci¨®n se calcula con base en el valor de la pensi¨®n mensual, as¨ª que la cantidad exacta del dep¨®sito depender¨¢ de la mesada que recibe cada beneficiario. El monto de la mesada pensional no puede ser inferior a un salario m¨ªnimo mensual legal vigente (SMMLV), ni superar la cantidad equivalente a 25 salarios m¨ªnimos mensuales legales vigentes.
En Colombia, los requisitos para el retiro var¨ªan entre hombres y mujeres, y entre los dos sistemas actuales, el de prima media (Colpensiones) y el r¨¦gimen de ahorro individual con solidaridad (RAIS). En el primer caso se requieren 1.300 semanas cotizadas y en el segundo 1.150, pero para los hombres es necesario haber cumplido los 62 a?os, mientras que las mujeres actualmente pueden jubilarse con 57 a?os.
Sin embargo, tras la aprobaci¨®n de la reforma pensional, el n¨²mero de semanas m¨ªnimas para pensionarse se reducir¨¢ de manera progresiva hasta 1.000, disminuyendo 25 semanas cada a?o hasta llegar al 2036.
?Cu¨¢ndo pagan la prima de diciembre a los pensionados?
El Congreso de Colombia ha establecido que la prima navide?a se debe desembolsar durante los primeros 15 d¨ªas del mes de diciembre de cada a?o. ¡°Los pensionados por vejez o jubilaci¨®n, invalidez y sustituci¨®n o sobrevivencia continuar¨¢n recibiendo cada a?o, junto con la mesada del mes de noviembre, en la primera quincena del mes de diciembre, el valor correspondiente a una mensualidad adicional a su pensi¨®n¡±, se?ala el art¨ªculo 50 de la ley 100 de 1993.
?Qui¨¦nes tienen derecho a la prima de diciembre?
Las personas pensionadas por Colpensiones bajo el r¨¦gimen de prima media (Colpensiones) y por el r¨¦gimen de ahorro individual con solidaridad (RAIS) tienen derecho a recibir esta prestaci¨®n. En el caso de Colpensiones, los pensionados reciben su apoyo mensual con base en el promedio de sus salarios durante sus a?os de actividad laboral. En el RAIS, el monto de la pensi¨®n y de la prima navide?a se calcula conforme a los ahorros individuales acumulados durante la vida laboral.
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