La Corte IDH determina que el Estado peruano ¡°incurri¨® en desacato¡± al liberar a Alberto Fujimori
Un pronunciamiento del organismo regional cuestiona la actuaci¨®n del Constitucional y la ausencia de una postura del Gobierno de Boluarte sobre la excarcelaci¨®n del expresidente y ordena una revisi¨®n del caso
Dos semanas despu¨¦s de que el expresidente peruano Alberto Fujimori abandonara el penal de Barbadillo, en Lima, gracias a una resoluci¨®n del Tribunal Constitucional, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) emiti¨® este jueves un pronunciamiento en el que resuelve que el Estado peruano ¡°incurri¨® en un desacato¡±. As¨ª se refiere el organismo a las reiteradas resoluciones que exigieron a la justicia peruana abstenerse de excarcelar a Fujimori al ¡°no observar los est¨¢ndares de derecho internacional¡± en el indulto que se le concedi¨® hace seis a?os.
En 2009 el pol¨ªtico de ascendencia japonesa fue condenado a 25 a?os de prisi¨®n al determinarse su autor¨ªa mediata en las matanzas de los casos Barrios Altos y La Cantuta. Sin embargo, el 24 de diciembre de 2017, el jefe de Estado de aquel entonces, Pedro Pablo Kuczynski, lo indult¨® alegando que Fujimori ¡°padece de una enfermedad progresiva, degenerativa e incurable y que las condiciones carcelarias significan un grave riesgo a su vida, salud e integridad¡±. En octubre del 2018, la Corte Suprema concluy¨® que dicha gracia presidencial ¡°contraviene el derecho de acceso a la justicia a las v¨ªctimas¡± y que, por tanto, ¡°carece de efectos jur¨ªdicos¡±. De esta manera, Fujimori se vio obligado a retornar a la c¨¢rcel en enero de 2019.
Pero a esta historia todav¨ªa le faltar¨ªan varios cap¨ªtulos. En marzo de 2022 el Tribunal Constitucional declar¨® fundado un h¨¢beas corpus en favor del condenado, dejando otra vez una puerta entreabierta para su liberaci¨®n. Pero no fue hasta el mes pasado que el caso se reactiv¨®: el Constitucional dispuso que un juez ¡°procediera conforme a sus atribuciones¡±, es decir, que ejecutara el h¨¢beas corpus, pero este m¨¢s bien la declar¨® improcedente. Ante ello, el 5 de diciembre tres magistrados del TC ¡ªincluido el presidente, Francisco Morales Saravia, y la vicepresidenta, Luz Pacheco Zerga¡ª fueron quienes resolvieron: declararon fundado el recurso de reposici¨®n de la sentencia de marzo de 2022 y dispusieron la libertad inmediata del exmandatario. A pesar de que el presidente de la Corte IDH, Ricardo P¨¦rez Manrique, emiti¨® una resoluci¨®n ese mismo d¨ªa en la que requiere que el Estado ¡°se abstenga de ejecutar la orden del TC¡±, Fujimori sali¨® libre el mi¨¦rcoles 6 de diciembre con los ¨²ltimos rayos del d¨ªa. Desde que ingres¨® a la casa de su hija, Keiko Fujimori, no se ha sabido m¨¢s de ¨¦l.
En su pronunciamiento, la Corte IDH asegura haber constatado que el expresidente ¡°se encontraba en condiciones especiales de reclusi¨®n¡±, tanto es as¨ª que no tuvo inconvenientes cada vez que requiri¨® medicamentos, atenci¨®n de urgencia y traslados fuera del penal para recibir atenci¨®n m¨¦dica especializada. Cuestionan que ¡°la decisi¨®n del Tribunal Constitucional no efectu¨® una ponderaci¨®n que tomara en cuenta la afectaci¨®n que tiene el indulto por graves violaciones a los derechos humanos en el derecho de acceso a la justicia de las v¨ªctimas y sus familiares¡±. Se?alan que no se tom¨® en cuenta que ¡°Fujimori no ha pagado la reparaci¨®n civil a las v¨ªctimas impuesta en la condena¡±, que asciende a 57 millones de soles, equivalente a 15 millones 405 mil d¨®lares. Y remarcan que el TC ¡°no solo no realiz¨® un control de convencionalidad, sino que adem¨¢s incluy¨® una referencia incorrecta a las normas de la Convenci¨®n Americana¡±, que establecen la posibilidad del indulto ¨²nicamente en personas condenadas a muerte y no en Fujimori, sentenciado a una pena de 25 a?os.
En el oficio tambi¨¦n, la Corte IDH enfatiza que ¡°no le corresponde Tribunal Constitucional del Per¨² determinar cu¨¢ndo una decisi¨®n de este Tribunal Internacional es obligatoria, pues su obligatoriedad surge de la ratificaci¨®n de la Convenci¨®n Americana por parte del Per¨² y del reconocimiento que realiz¨® de la competencia contenciosa de la Corte Interamericana¡±. En ese sentido indica que el TC ¡°se arroga una funci¨®n que no le corresponde¡±. El m¨¢ximo int¨¦rprete de la Constituci¨®n est¨¢ en el ojo de la tormenta, pues dos de sus magistrados han denunciado que la liberaci¨®n de Fujimori nunca estuvo en agenda y no fue sometida a la deliberaci¨®n del Pleno. Uno de ellos, Manuel Monteagudo Valdez, ha solicitado que se discuta la nulidad del fallo.
En otro apartado del documento, el Tribunal supranacional hace hincapi¨¦ en que el Gobierno de Dina Boluarte ¡°no adopt¨® una postura respecto al impacto de la decisi¨®n del Tribunal Constitucional ni se refiri¨® a los cuestionamientos de dicho tribunal interno sobre las competencias de este Tribunal internacional en materia de supervisi¨®n de cumplimiento¡±. Tras un mutis de dos semanas sobre la excarcelaci¨®n de Fujimori, la presidenta Boluarte reci¨¦n se pronunci¨® el ¨²ltimo martes. ¡°Ha sido un mandato del Tribunal Constitucional y si nosotros como Ejecutivo no hubi¨¦ramos cumplido estar¨ªamos incurriendo en el incumplimiento de ese mandato, en consecuencia, hemos atendido el fuero interno de nuestro pa¨ªs¡±, justific¨®, olvid¨¢ndose de las obligaciones internacionales que el Per¨² ha asumido desde que firm¨® el Pacto de San Jos¨¦.
?El Ejecutivo ha tensado la cuerda para una eventual renuncia a la Convenci¨®n Americana de Derechos Humanos? El canciller, Javier Gonz¨¢lez-Olaechea, ha dicho escuetamente que ¡°no est¨¢ en la agenda del Gobierno¡± y ha insistido en que ¡°como Gobierno no pod¨ªan poner en tela de juicio¡± la decisi¨®n del Tribunal Constitucional. Sea como fuere, C¨¦sar Mu?oz, director asociado para las Am¨¦ricas de Human Rights Watch, ha se?alado que con este desacato, contrario al derecho internacional, el Per¨² se unir¨¢ a Hait¨ª, Nicaragua, Trinidad y Tobago y Venezuela, pa¨ªses que han incumplido sentencias de la Corte IDH.
Finalmente, el Tribunal ha resuelto una ¡°supervisi¨®n reforzada¡± de la excarcelaci¨®n de Fujimori. Esto supone que, a m¨¢s tardar el 4 de marzo de 2024, el Estado presente un informe sobre el cumplimiento de su obligaci¨®n de investigar, juzgar y sancionar las graves violaciones a los derechos humanos en los casos Barrios Altos y La Cantuta. Adem¨¢s, esta transgresi¨®n ser¨¢ incluida en el informe anual que se eleva a la Asamblea General de la Organizaci¨®n de los Estados Americanos. Una especie de lista negra de la que no saldr¨¢ a menos que se acredite que el haber tomado las ¡°medidas necesarias para cumplir con las reparaciones ordenadas en las sentencias¡±.
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