La exdirectora de la CAM recurrir¨¢ la sentencia que valid¨® su despido
Mar¨ªa Dolores Amor¨®s pidi¨® una indemnizaci¨®n de 10 millones de euros. Recurri¨® su despido que el TSJ ha declarado procedente
La exdirectora general de Caja Mediterr¨¢neo (CAM), Mar¨ªa Dolores Amor¨®s, recurrir¨¢ ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) la sentencia que declar¨® procedente su despido y que le neg¨® la indemnizaci¨®n que reclamaba de, al menos, diez millones de euros, seg¨²n ha confirmado a Europa Press el despacho G¨®mez-Acebo y Pombo.
Tras conocerse la sentencia, dictada por el juzgado de lo social n¨²mero 4 de Alicante, ya se apunt¨® que los abogados de Amor¨®s consideraban que hay "razones de fondo y forma" para recurrir la sentencia del recurso que hab¨ªa presentado contra su despido de la caja por parte de los adminisradores del Fondo de Reestructuraci¨®n Ordenada Bancaria (FROB).
La resoluci¨®n judicial implica adem¨¢s la p¨¦rdida de la indemnizaci¨®n pedida por Amor¨®s, el doble de lo que le correspond¨ªa, m¨¢s el lucro cesante, estimado en, al menos, diez millones de euros. Adem¨¢s, si fuera declarada firme, tambi¨¦n implicar¨ªa la p¨¦rdida del derecho a la pensi¨®n de prestaci¨®n adicional asegurada --la pensi¨®n--, fijada en 369.497 euros anuales.
Aunque la representaci¨®n legal de Amor¨®s "no la ha recurrido todav¨ªa", ya es firme su decisi¨®n de presentar el recurso ante el TSJCV, que decidir¨¢ si ratifica la sentencia o, por el contrario, declara improcedente el despido.
Seg¨²n la sentencia, Amor¨®s evit¨® que se adoptasen las "decisiones oportunas para reducir o mitigar el impacto de las p¨¦rdidas de la compa?¨ªa", y han conducido a la intervenci¨®n de la caja por el Banco de Espa?a, con las consecuencias que ello ha provocado en la imagen de la entidad, en los clientes que ten¨ªan en ella sus dep¨®sitos y en la sociedad en general.
Adem¨¢s, el tribunal subraya que este dato es "esencial y no puede olvidarse, ya que ha sido necesaria la intervenci¨®n del FROB para suministarle inicialmente 3.000 millones de euros, m¨¢s una aportaci¨®n adicional de 2.800 millones de euros, "los cuales provienen en gran medida del erario p¨²blico, con lo cual reviste su conducta, si cabe, una mayor gravedd".
La juez estima igualmente que las conductas imputadas por la entidad no pueden calificarse de "simples errores, o como pretende la actora, de divergencias en la interpretaci¨®n de la normativa contable y la legislaci¨®n aplicable", singularmente la circular 4/2004 del Banco de Espa?a, porque "era perfectamente conocedora de la obligatoriedad de su cumplimiento, am¨¦n del cargo que desempe?aba".
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