El juez valida los acuerdos de los tr¨¢nsfugas de Benidorm
El magistrado solo anula el nombramiento del tr¨¢nsfuga Ba?uls como primer teniente de alcalde Considera legal que los ediles del PSPV mejoraran sus condiciones pol¨ªticas y econ¨®micas
El Juzgado de lo Contencioso-administrativo n¨²mero 2 de Alicante considera que los concejales del PSPV de Benidorm que firmaron la moci¨®n de censura para desalojar al PP del poder en septiembre de 2009 y luego formaron un nuevo Gobierno con un edil tr¨¢nsfuga popular actuaron conforme a la ley. Por consiguiente, ten¨ªan derecho a mejorar sus condiciones pol¨ªticas y econ¨®micas, afirma el juzgado en un fallo que responde a un recurso del Consell contra los acuerdos de organizaci¨®n del gobierno local surgido de la moci¨®n de censura.
La sentencia judicial ratifica las decisiones tomadas para los 12 concejales socialistas, que dejaron el PSPV para presentar la moci¨®n de censura y fueron declarados tr¨¢nsfugas, pero no as¨ª para Jos¨¦ Ba?uls, que abandon¨® el Grupo Municipal Popular en junio de 2009 y fue nombrado primer teniente de alcalde tras el cambio de gobierno local. Seg¨²n el juez, ¡°el ¨²nico reproche jur¨ªdico que merecen las resoluciones recurridas se concreta en nombrar al se?or Jos¨¦ Ba?uls primer teniente de alcalde, en la medida en que si con anterioridad fue s¨¦ptimo y sexto teniente de alcalde, no puede ser en la nueva Junta de Gobierno Local primer teniente de alcalde¡±.
El fallo es consecuencia del recurso que present¨® el Consell contra los acuerdos plenarios de organizaci¨®n municipal posteriores a la moci¨®n de censura, el 2 y 26 de octubre de 2009. El Gobierno valenciano reclam¨® la nulidad de pleno derecho de todos los acuerdos de dichas sesiones y que se declarara a los concejales, previa disoluci¨®n del Grupo Municipal Socialista, como concejales no adscritos, as¨ª como que se anularan todos los aspectos relativos a sus derechos pol¨ªticos y econ¨®micos. Pero la sentencia concreta que ¡°la norma que regula el supuesto analizado permite que el integrante de un determinado grupo pol¨ªtico abandone el grupo y adquiera la condici¨®n de concejal no adscrito para, acto seguido, dar apoyo en una moci¨®n de censura a otro grupo pol¨ªtico¡±.
El juez se acoge a un informe del secretario municipal en el que se se?ala que ¡°no existe constancia documental alguna de modificaci¨®n, alteraci¨®n o disoluci¨®n de los grupos creados¡± tras las elecciones municipales, salvo ¡°la incidencia del abandono voluntario de un concejal integrante del grupo municipal popular y que por disposici¨®n legal pasa a ser a tenor del art¨ªculo 1 de la Ley 57/2003, concejal no adscrito¡±, en referencia a Jos¨¦ Ba?uls. De hecho, los ediles del PSPV abandonaron su partido horas antes de firmar la moci¨®n, pero permanecieron hasta la convocatoria electoral de 2011 formando parte del mismo grupo municipal nacido en junio de 2007.
El magistrado da por bueno el informe del secretario de la corporaci¨®n municipal
El magistrado no se limita a juzgar el recurso del Consell y firma una dura reprimenda a los pol¨ªticos que tienen la capacidad legislativa. En su sentencia recuerda que elev¨® consulta de inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional porque ¡°nuestro ordenamiento jur¨ªdico no dispone de una regulaci¨®n seria y eficaz de supuestos como el que nos ocupa que, a la postre, permite modificar el resultado de una elecci¨®n en detrimento de los ciudadanos¡±. ¡°El electorado es ajeno a todo este tipo de actuaciones de trastienda, actuaciones que se oponen a lo expresado por los ciudadanos en las urnas¡±, a?ade. Y concluye con una afirmaci¨®n todav¨ªa m¨¢s contundente: ¡°En tanto el legislador no aborde con energ¨ªa supuestos como el que nos ocupa, no ser¨¢ posible evitar actuaciones que se apartan de la decisi¨®n tomada por los electores en el correspondiente proceso electoral¡±.
Esta sentencia es contradictoria con otra del pasado mes de noviembre, resultado de un recurso similar presentado por el Grupo Municipal Popular. En aquel caso, el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n¨²mero tres de Alicante fall¨® la nulidad de los decretos de alcald¨ªa por los que el regidor Agust¨ªn Navarro reparti¨® las competencias municipales y nombr¨® a los miembros de la Junta de Gobierno Local por ser contrarios a Derecho. La sentencia afirmaba que estos nombramientos supon¨ªan un ¡°incremento de los derechos pol¨ªticos¡± de los concejales socialistas respecto a los que ostentaban ¡°antes de adquirir la condici¨®n de no adscritos¡±, como as¨ª fueron declarados por el mismo juez.
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