Condenados dos propietarios de una cafeter¨ªa de Cortegana por ruidos
Los due?os del local deber¨¢n pagar 3.000 euros a cuatro vecinos afectados
El Juzgado de lo Penal n¨²mero 3 de Huelva ha condenado a los dos propietarios de una cafeter¨ªa-helader¨ªa en Cortegana (Huelva) a dos a?os de c¨¢rcel cada uno por un delito de contaminaci¨®n ac¨²stica y medioambiental como consecuencia de los ruidos generados en el local entre 2007 y 2008.
En la sentencia de conformidad se les considera adem¨¢s responsables de cuatro delitos de lesiones, causadas a cuatro vecinos que resid¨ªan sobre el establecimiento, a los que deber¨¢n pagar 3.000 euros a cada uno en concepto de indemnizaci¨®n.
El juez considera probado que estas cuatro personas ven¨ªan sufriendo en sus domicilios, ubicados en la urbanizaci¨®n Sierra Luz de Cortegana, contaminaci¨®n-violencia ac¨²stica ocasionada desde el a?o 2007 por una helader¨ªa-cafeter¨ªa, propiedad de los condenados.
El local fue inaugurado en enero de 2007 contando con licencia municipal para helader¨ªa-cafeter¨ªa con un horario, aforo y permiso para veladores determinados y no para emitir m¨²sica, contando con prohibici¨®n expresa para equipo de m¨²sica.
Pese a esto, los dos condenados instalaron un equipo de m¨²sica en el local, que comenz¨® a funcionar casi como un pub, sin contar con limitador ni insonorizaci¨®n, lo que provoc¨® las continuas denuncias de los vecinos.
La situaci¨®n llev¨® a la Guardia Civil, por mandato judicial, a precintar el equipo de sonido; mientras que en febrero de 2008 el Ayuntamiento suspendi¨® la licencia de apertura e inici¨® un procedimiento sancionador por lo que se impuso a los condenados una multa de 6.000 euros.
Meses m¨¢s tarde, el Ayuntamiento anul¨® la suspensi¨®n de la licencia para la realizaci¨®n de obras de adaptaci¨®n del local y despu¨¦s de que uno de los vecinos no se opusiera a ello tras vender su vivienda; una venta que se realiz¨® a los propios condenados con la condici¨®n de que se apartara del procedimiento penal contra ellos.
La situaci¨®n descrita ha producido en los denunciantes la imposibilidad de disfrutar del derecho constitucional a la intimidad domiciliaria y al descanso y adem¨¢s trastornos som¨¢ticos y ps¨ªquicos de diferente alcance e intensidad.
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