Suspendido el juicio por una demanda colectiva contra el ERE en RTVV
El TSJ pide a las partes que se pronuncien sobre el ¨®rgano competente para tramitar el procedimiento
El juicio que deb¨ªa celebrarse el pr¨®ximo 6 de noviembre tras la demanda colectiva interpuesta por la Intersindical Valenciana contra el ERE en Radiotelevisi¨®n Valenciana se ha suspendido tras "haberse suscitado cuesti¨®n de incompetencia funcional y territorial de la sala".
As¨ª lo han confirmado a EFE la propia direcci¨®n de RTVV y la Intersindical en un comunicado, en el que explica que la decisi¨®n del Tribunal Superior de Justicia valenciano es consecuencia del conflicto de competencias planteado por CC OO, que ha presentado su demanda en la Audiencia Nacional, al igual que la CGT.
Seg¨²n la Intersindical, ese tribunal da dos d¨ªas a RTVV para que concrete si el ERE afecta tambi¨¦n a los trabajadores de los centros de trabajo situados fuera de la Comunidad Valenciana, cuesti¨®n determinante para poder decidir qu¨¦ tribunal se har¨¢ cargo del caso, tal y como regula la Ley de Jurisdicci¨®n Social.
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) admiti¨® el pasado d¨ªa 2 a tr¨¢mite la demanda colectiva contra el ERE interpuesta por Intersindical Valenciana y fij¨® el juicio para el 6 de noviembre.
Desde la direcci¨®n de RTVV han se?alado que han conocido la suspensi¨®n del juicio y que las causas son el conflicto de competencias ya que de las cuatro demandas, dos se han presentado en la Audiencia Nacional y el resto en el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.
Esas demandas han sido presentadas por CCOO, Intersindical, UGT y CGT, los cuatro sindicatos que votaron en contra del ERE de RTVV, que afectar¨¢ a un m¨¢ximo de 1.198 trabajadores, y en ellas piden b¨¢sicamente la nulidad del proceso.
Concretamente, las demandas colectivas de CCOO y CGT se han presentado ante la Audiencia Nacional, dado que RTVV tiene centros de trabajo en la Comunitat Valenciana, Madrid y Catalu?a, mientras que UGT e Intersindical lo han hecho ante el TSJCV, si bien UGT todav¨ªa no ha recibido respuesta sobre la tramitaci¨®n de su demanda.
Adem¨¢s, la Intersindical ha informado de que han conocido que "en el TSJCV se acumulan las dos causas planteadas".
En la providencia donde se decide esa acumulaci¨®n se se?ala que se ha comunicado esa decisi¨®n a la Audiencia Nacional "para que se informe sobre la demanda presentada por CCOO y CGT en su d¨ªa acumuladas".
As¨ª mismo, indica el TSJCV que el art¨ªculo 28 de la Ley de Jurisdicci¨®n Social considera que "procede la acumulaci¨®n de los procesos".
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