Una deuda imped¨ªa al organizador del festival contratar con la Administraci¨®n
La firma Diviertt debe 26.047 euros a la Tesorer¨ªa de la Seguridad Social, pero el Ayuntamiento asegura que la empresa municipal de festejos no es una entidad p¨²blica
La empresa Diviertt, que organiz¨® el festival Thriller Music Park con motivo de la fiesta de Halloween, manten¨ªa al menos dos deudas con la Tesorer¨ªa de la Seguridad Social por un valor total de 26.047 euros, seg¨²n se puede comprobar en el Tabl¨®n de Edictos de la Seguridad Social, que indica que los meses reclamados son febrero y marzo. La existencia de esta deuda entra en contradicci¨®n con el art¨ªculo 20 del Real Decreto Legislativo 2/2000, que aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones P¨²blicas, que indica: ¡°En ning¨²n caso podr¨¢n contratar con la Administraci¨®n las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias siguientes: ¡°No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en los t¨¦rminos que reglamentariamente se determine¡±. Fuentes del Ayuntamiento de Madrid han explicado que el alquiler del Madrid Arena se acord¨® entre la empresa privada Diviertt y la sociedad municipal Madrid Espacios y Congresos, por lo que no se puede considerar una Administraci¨®n p¨²blica.
En el caso del organizador del festival celebrado en el Madrid Arena, Diviertt tiene pendiente una reclamaci¨®n, que se encuentra en fase ejecutiva, de 9.053 euros con fecha 20 de septiembre, as¨ª como otros 16.993 del 15 de octubre. Seg¨²n la normativa vigente, la propia Tesorer¨ªa de la Seguridad Social est¨¢ obligada a emitir un certificado sobre la solvencia de la firma que contrata con cualquier instituci¨®n p¨²blico, como por ejemplo la empresa municipal Madrid Espacios y Congresos, perteneciente al Ayuntamiento de Madrid. La ley establece que en ning¨²n caso pueden contratar con la Administraci¨®n las personas que no se hallen al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social, prohibici¨®n que deben apreciar de forma autom¨¢tica los ¨®rganos de contrataci¨®n.
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