El IVA y los comedores escolares
Hacienda establece que las exenciones del IVA no deber¨¢n provocar distorsiones y perjudicar a las empresas comerciales sujetas al impuesto
?Es cierto que las empresas que se consideran exentas no aplican el IVA en sus facturas? No existe ning¨²n nuevo impuesto que grave los servicios de comedor escolar como desde algunas fuentes se ha intentado hacer ver creando alarmismo social entre los usuarios de este servicio. Tampoco existe divergencia alguna sobre la interpretaci¨®n que hace la Direcci¨®n General de Tributos con el cap¨ªtulo 2 de la directiva europea 2006/112/CE, que en su art¨ªculo 133-d establece que las exenciones del impuesto no deber¨¢n provocar distorsiones de la competencia en perjuicio de las empresas comerciales sujetas al IVA.
Tampoco existe ninguna posibilidad de malinterpretar la Resoluci¨®n EDU 1712 de 2008 del Departamento de Ense?anza de la Generalitat cuando establece que el precio m¨¢ximo a aplicar por el servicio de comedor escolar en los centros de titularidad p¨²blica, es de 6,20 euros (IVA incluido). Se entiende perfectamente que esta cifra determina el precio bruto, y por lo tanto, tambi¨¦n se entiende que, si una empresa decide no aplicar el IVA, deber¨ªa cobrar s¨®lo el precio neto, que en el peor de los casos ser¨ªa de 5,58 euros netos por men¨² servido y sin IVA (aproximadamente 100 euros mensuales por nueve mensualidades).
Muy al contrario, las empresas falsamente exentas aplican directamente el precio bruto, apropi¨¢ndose del diferencial del IVA que deber¨ªan desglosar y liquidar a la Hacienda P¨²blica, con lo cual, esa supuesta exenci¨®n no est¨¢ beneficiando en la actualidad a los usuarios del comedor y constituye un excelente margen de beneficio adicional para las empresas que, facturando el precio bruto m¨¢ximo de 6,20 euros por men¨² servido, se apropian del diferencial del IVA que cobran incluido en el precio y no liquidan.
Pongamos como ejemplo el servicio de comedor de un colegio p¨²blico de Barcelona, (CEIP Pau Romeva), al cual la entidad Serveis d'Esplai (que pertenece a la Fundaci¨®n Catalana del Esplai) que prestaba el servicio de comedor en el ejercicio de 2011 cobraba como cuota por el servicio, un precio mensual de 1.169,39 euros para los alumnos de primaria (6,69 euros cada men¨²) y una cuota mensual de 1.234,23 euros para los alumnos de educaci¨®n infantil (6,97 euros por cada men¨²).
Es f¨¢cil observar que a pesar de que esta entidad no liquida el IVA a la Hacienda P¨²blica, no s¨®lo no lo deduce del precio bruto, sino que adem¨¢s sobrepasaba el precio m¨¢ximo permitido. En el caso de los alumnos espor¨¢dicos de infantil (supuestamente protegidos por la ley del IVA) se llegaba a cobrar hasta 7,29 euros por men¨².
Debido a estos hechos que fueron denunciados se retir¨® el servicio a esta entidad a partir de septiembre de 2011.
La gran pregunta, al margen de las actuaciones inspectoras y judiciales en marcha, es si las empresas y entidades que se autoproclaman exentas, est¨¢n realmente facturando m¨¢s barato y a precio netos (sin IVA) o, por el contrario, compiten ventajosamente apropi¨¢ndose del diferencial entre el precio bruto 6,20 euros (IVA incluido) y el neto, que como m¨¢ximo ser¨ªa de 5,58 euros por men¨².
Todos los interesados en solicitar informaci¨®n, pueden dirigirse a Lleureprogramat.iva@gmail.com
Marc Perea es empresario de comedores escolares
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