Una juez paraliza un desahucio hasta que finalice el curso de los ni?os
La juez exige a la Comunidad y al Ayuntamiento que proporcionen una vivienda "digna" a la familia cuando sea desahuciada
Una juez ha paralizado el desalojo de una mujer y sus tres hijos de su casa, de la que es propietaria la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid, que ha promovido el desahucio por impago, hasta que los menores terminen el a?o escolar y la Comunidad de Madrid les garantice una vivienda digna.
Para poner por encima el derecho de los menores de la ejecuci¨®n del desahucio que ella misma, en cumplimiento de la ley, acord¨®, la juez se remite a la Convenci¨®n del 20 de noviembre de 1989 sobre los Derechos del Ni?o, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, y a la Constituci¨®n Espa?ola.
Esas y otras normas de car¨¢cter org¨¢nico obligan a "los poderes p¨²blicos a garantizar el respeto de los derechos de los menores, que adecuar¨¢n sus actuaciones", y a toda autoridad que detecte "una situaci¨®n de riesgo o posible desamparo de un menor, a comunicarlo a la autoridad o sus agentes m¨¢s pr¨®ximos, sin perjuicio de prestarle el auxilio inmediato que precise".
La juez de Madrid Lourdes Men¨¦ndez Gonz¨¢lez-Palenzuela ha decidido en su auto que "el lanzamiento no podr¨¢ en ning¨²n caso llevarse a cabo antes de que los menores hayan finalizado el presente curso escolar". Sin embargo, la jueza sentenci¨® a favor del desahucio porque a ello la obliga la ley, pero lo paraliza ante la existencia de un bien superior al inter¨¦s econ¨®mico de la EMV, el de que los menores tengan un techo.
En el mismo escrito la magistrada libra oficio a la Consejer¨ªa de Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid y al ?rea de Gobierno de Familia y Servicios Sociales del Ayuntamiento de Madrid "para que en plazo de treinta d¨ªas informen al Juzgado sobre las medidas concretas que adoptar¨¢n" cuando se produzca el desahucio.
La juez recuerda a la Consejer¨ªa que, "en caso de lanzamiento de esta demandada y sus hijos de la vivienda propiedad de la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid S.A.", deber¨¢ "garantizar el derecho de estos menores de edad a una vivienda digna y adecuada". "Con el resultado de la informaci¨®n que proporcionen estos organismos p¨²blicos se resolver¨¢ lo preciso sobre la prosecuci¨®n de la presente ejecuci¨®n de t¨ªtulo judicial", a?ade.
As¨ª, la juez decide acoger la demanda de la madre "pidiendo la suspensi¨®n del lanzamiento previsto para el pr¨®ximo d¨ªa 11 de abril, al que acompa?a documentos que prueban que tiene tres hijos menores de edad, de 12 a?os, 11 a?os y 11 meses; que tiene reconocida su situaci¨®n de familia numerosa por la Comunidad de Madrid; y que sus ingresos en una empresa de limpiezas importan 403,76 euros netos al mes".
En su auto la juez otorga "particular relevancia" a que "la parte actora sea precisamente la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo", que explica en su p¨¢gina web que "es una sociedad an¨®nima con capital 100 por 100 municipal que desarrolla la pol¨ªtica de vivienda del Ayuntamiento de Madrid".
Esta empresa p¨²blica dice en su web, que "no solo facilita el acceso a la vivienda a los sectores con mayores dificultades, sino que cumple con otras directrices de la pol¨ªtica de vivienda, con un marcado car¨¢cter social". "Cierto es que la EMV facilit¨® en su d¨ªa a la parte hoy ejecutada el arrendamiento de una vivienda de protecci¨®n p¨²blica" y "cierto tambi¨¦n que la demandada no atendi¨® el pago de la renta a partir del d¨ªa 1 de octubre de 2010, lo que ha determinado la estimaci¨®n de la demanda de desahucio", reconoce.
La desahuciada "atendi¨® el pago de la renta durante m¨¢s de seis a?os e incumpli¨® sus obligaciones arrendatarias en el momento en que resultaron absolutamente incompatibles con sus ingresos mensuales", a?ade.
Y concreta que el pago por la vivienda de la EMV era de 582,61 euros mensuales m¨¢s otros 55,64 euros como gastos de comunidad.
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