Novagalicia condenado a devolver 90.000 euros a un matrimonio lucense
El juez considera que las explicaciones ofrecidas por el director no eran f¨¢ciles de entender
El Juzgado de Primera Instancia n¨²mero 7 de A Coru?a ha condenado a Novagalicia Banco (NCG) a reintegrar casi 90.000 euros a un matrimonio lucense por la venta de participaciones preferentes y obligaciones subordinadas. La sentencia, fechada el 22 de abril de 2013, anula tres contratos de adquisici¨®n de preferentes y subordinadas pactados en 2009 y 2010 entre Caixa Galicia y un matrimonio de aut¨®nomos lucense de 46 a?os.
El juzgado considera que los afectados "deben ser calificados de clientes minoristas en cuanto a su perfil inversor, pues solo ten¨ªan unas pocas acciones de Telef¨®nica". Seg¨²n la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, el entonces director de la caja de ahorros les dijo "que era un producto del que la propia garant¨ªa era la Caja, que ten¨ªa disponibilidad en 15-20 d¨ªas avisando con antelaci¨®n, que el tipo de inter¨¦s era m¨¢s alto que una cuenta de plazo, y que la liquidez se obten¨ªa en una venta en un mercado secundario, lo que posiblemente no entendieron los clientes".
En consecuencia, condena a NCG Banco a "devolver la cantidad de 89.125,32 euros" que corresponde a la diferencia existente entre el capital invertido 96.535,34 euros y los intereses abonados durante el per¨ªodo de vigencia de las participaciones preferentes y obligaciones subordinadas que asciende a 7.410,02 euros, m¨¢s los intereses legales correspondientes.
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