El TSJM avala a Alcorc¨®n por limpiar sus colegios en una huelga
Los jueces entienden que deb¨ªa primar el derecho a la salud p¨²blica frente al de huelga de los convocantes
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha dado la raz¨®n al Ayuntamiento de Alcorc¨®n por limpiar los colegios p¨²blicos durante una huelga de la empresa adjudicataria del servicio. Los magistrados entienden en su sentencia que hab¨ªa dos derechos fundamentales en colisi¨®n (el de huelga y el de salud p¨²blica) y que deb¨ªa primar el de los escolares, por lo que, en su opini¨®n, no se extralimit¨® en sus funciones.
La sentencia de la Sala 1? de lo Social, de la que ha sido ponente el magistrado Ignacio Moreno Gonz¨¢lez-Aller, mantiene el fallo del Juzgado de lo Social 2 bis de M¨®stoles, que ya vio adecuada la actuaci¨®n del Ayuntamiento de Alcorc¨®n durante la huelga de los trabajadores de la empresa Garbialdi, SL. Estos iniciaron el 23 de enero de 2012 unos paros indefinidos en los colegios de la localidad.
A ra¨ªz de esta huelga, se acumul¨® la suciedad en las dependencias escolares. Los directores de algunos centros trasladaron al Consistorio los graves problemas de salubridad e higiene. Esto se tradujo en infecciones en algunos profesores y alumnos, la aparici¨®n de insectos, la falta de limpieza e higiene en algunos centros, as¨ª como las quejas de los padres. Tambi¨¦n hab¨ªa informes de la Inspecci¨®n de Educaci¨®n que reflejaban los problemas de limpieza en las aulas.
¡°Urgente necesidad¡±
La Junta de Gobierno de Alcorc¨®n declar¨® ¡°la extraordinaria y urgente necesidad¡± para proceder a la limpieza de los centros con los medios municipales propios. Eso s¨ª, ¡°sin perjuicio de respetar el derecho de los trabajadores a continuar con la huelga convocada y la prestaci¨®n de los servicios m¨ªnimos¡±.
La Federaci¨®n Regional de Servicios de UGT-Madrid acudi¨® a los tribunales ante esta medida, ya que entendi¨® que se vulneraba el derecho de huelga. Los magistrados del TSJM entienden que el Ayuntamiento de Alcorc¨®n actu¨® conforme a derecho, ya que se hab¨ªa creado una situaci¨®n de falta de higiene y salubridad que necesitaba una soluci¨®n ¡°con la mayor premura y celeridad¡±. ¡°La actuaci¨®n de la demandada es justificada y proporcionada ya que no ha mermado continuar con el derecho de huelga de los trabajadores, por lo que en definitiva no se han vulnerado sus derechos fundamentales¡±, concluye la sentencia del tribunal.
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