Condena a 17 a?os de prisi¨®n al asesino de pastor que fue envenenado
La Audiencia de Ourense condena a Jos¨¦ Luis Lamelas al destierro
No tendr¨¢ segunda oportunidad. Jos¨¦ Luis Lamelas, el hombre que mat¨® a un pastor de Maceda envenen¨¢ndolo con vino t¨®xico, volver¨¢ a la prisi¨®n en la que viv¨ªa desde octubre de 2010. La Audiencia de Ourense lo ha condenado por segunda vez a 17 a?os de internamiento por matar a su vecino y exsocio, Felisindo Gonz¨¢lez, con "especial perversidad¡± empleando estricnina, un potente veneno prohibido en la Uni¨®n Europea ¡°que ocasiona una muerte dolorosa y cruel¡±. La pena va m¨¢s all¨¢ de las rejas y tambi¨¦n incluye la prohibici¨®n de ir a su pueblo durante diez a?os, una orden de alejamiento de la familia del fallecido y el pago de una indemnizaci¨®n de 137.000 euros. El hombre sali¨® de prisi¨®n hace medio a?o por orden del Tribunal Supremo, que orden¨® repetir el juicio.
La sentencia explica que el asesino del pastor deposit¨® en la finca de su vecino una bolsa de pl¨¢stico que conten¨ªa latas de calamares y at¨²n, cerveza, dos mandarinas y una botella de vino en la que hab¨ªa introducido la mortal estricnina. ¡°Todos los productos utilizados conducen al acusado en base a la trazabilidad de los mismos, ya que fueron comprados en Ver¨ªn, su lugar de residencia¡± explica el fallo. Las pruebas son contundentes seg¨²n la magistrada, Amparo Lomo del Olmo. La pr¨¢ctica totalidad de los testigos certificaron una enemistad manifiesta entre ambos, as¨ª como amenazas y denuncias cruzadas previas. Sin embargo, los peritos confirmaron que el ¨²nico producto de la bolsa vendido exclusivamente en Ver¨ªn fue la lata de cerveza. En concreto, en un bar junto al domicilio del condenado.
Entre terribles dolores, la estricnina mat¨® al pastor en cuesti¨®n de minutos. Y lo hizo de una forma tan cruel y desgarradora que la sentencia recoge algunos de los detalles ofrecidos por los peritos m¨¦dicos durante el juicio. As¨ª, relata c¨®mo sufri¨® ¡°v¨®mitos y convulsiones espumantes que ocasionaron la paralizaci¨®n de la musculatura y espiraci¨®n de v¨®mitos¡±. La estricnina, a la que se llega a trav¨¦s del mercado negro internacional, sali¨® del garaje de Jos¨¦ Luis. Durante el registro sorpresa de su vivienda se encontraron varios botes. La sentencia resalta que ¨¦l mismo reconoci¨® haber mezclado el veneno prohibido con el vino, pero no para matar a su vecino.
Sin embargo, no era para el jabal¨ª. La estrategia del condenado ¡°buscaba provocar la muerte por envenenamiento de Felisindo, sabedor por conocer sus costumbres y que era una persona confiada, que iba a ingerir el contenido de la botella¡±. El fallo destaca que ¡°no cabe duda de que el empleo de veneno resulta objetivamente id¨®neo para asegurar la muerte eliminando toda posibilidad de defensa¡±. Se considera probado que no hubo descuido alguno; fue un plan perfectamente maquinado. Tras dejar a las vacas pastando, el confiado pastor se llev¨® la bolsa con el misterioso vino que Jos¨¦ Luis hab¨ªa depositado en la finca dos d¨ªas antes. Durante el almuerzo se sirvi¨® un vaso, pero tras el primer y ¨²nico trago supo que se avecinaba una dolorosa muerte. La autopsia revel¨® que ese sorbo fue suficiente para que el t¨®xico acabase con su vida. Al igual que la magistrada, un jurado popular tambi¨¦n descart¨® la tesis de la defensa, en la que se planteaba una negligencia. Seg¨²n sus abogados, el asesino habr¨ªa olvidado la bolsa con el vino envenenado para matar jabal¨ªs tras pararse a recoger setas.
Es la segunda vez que la Justicia dirime este caso. El Tribunal Supremo anul¨® hace meses la condena impuesta durante el primer juicio, tras invalidar la supuesta confesi¨®n del crimen realizada a un guardia civil dentro un furg¨®n policial poco despu¨¦s de ser detenido. La nueva sentencia reproduce casi en su totalidad los hechos desvelados durante el primer juicio y considera a Jos¨¦ Luis Lamelas culpable de un delito de asesinato, tal y como solicitaban el Ministerio Fiscal y la acusaci¨®n particular. El condenado puede agarrarse de nuevo a instancias superiores ya que todav¨ªa cabe recurso de apelaci¨®n ante la sala de lo civil y penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.
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