El auto de Alaya divide a los juristas
Hay expertos que hablan de nulidad frente a otros que defienden la legalidad de la resoluci¨®n
![Antonio J. Mora](https://imagenes.elpais.com/resizer/v2/https%3A%2F%2Fs3.amazonaws.com%2Farc-authors%2Fprisa%2F2ae36c7b-383e-4879-b0e4-c29fbb284d8e.jpg?auth=3a07da217bb9c0596b52a7697d0cc580055eb37d45553d9750ba1d088cbcd617&width=100&height=100&smart=true)
![La juez Mercedes Alaya.](https://imagenes.elpais.com/resizer/v2/6HMRP6BFES5JRWSBCMNSTTRXYI.jpg?auth=7ef9abe8c6480577b1faef049d4032610c0c5a6c44d2fe14632527f74ea7f770&width=414)
Desde que se hizo p¨²blico, se duda de su legalidad. Es m¨¢s, la Fiscal¨ªa Anticorrupci¨®n ya lo estudia. La legitimidad del auto en el que la juez que investiga el caso de los ERE se?ala a los expresidentes de la Junta Manuel Chaves y Jos¨¦ Antonio Gri?¨¢n y a cinco exconsejeros divide a los juristas. ¡°La imputaci¨®n es una, no hay categor¨ªas intermedias. Si entiende que cabe imputar unos hechos con apariencia de delito, debe exponerlos razonadamente al Tribunal Supremo para que la Sala Segunda haga su trabajo. Podr¨ªa, claramente, hablarse de nulidad del auto¡±, explica la catedr¨¢tica de Derecho Procesal de la Universidad de Sevilla, Isabel Gonz¨¢lez Cano. ¡°Se ajusta a derecho y busca preservar los derechos fundamentales de estas personas¡±, defiende el tambi¨¦n catedr¨¢tico Jos¨¦ Mart¨ªn Ostos.
Para Mart¨ªn Ostos, el auto ¡°tiene fundamentaci¨®n jur¨ªdica¡±. Mercedes Alaya se basa en el art¨ªculo 118 bis de la ley de Enjuiciamiento Criminal, aprobado en 2002 y calificado por la propia juez como ¡°confuso¡±, que se?ala que los diputados y senadores podr¨¢n acceder a los procedimientos judiciales que les afectan para dar su versi¨®n antes de que se eleve el caso al Tribunal Supremo. ¡°Ahora est¨¢n fuera de la habitaci¨®n. No saben qu¨¦ ocurre dentro. El auto es una invitaci¨®n para que entren, examinen los muebles, miren las cortinas y den su versi¨®n¡±, explica metaf¨®ricamente Mart¨ªn Ostos, quien recuerda que el auto no cambia la situaci¨®n procesal de los implicados. ¡°Alaya est¨¢ hilando muy fino para evitar que, llegado el momento [la posible imputaci¨®n del Supremo], las personas se?aladas no aleguen que se han vulnerado sus derechos fundamentales al no haber podido ejercitar su derecho de defensa, tal y como reza en este art¨ªculo. Est¨¢ velando por la regularidad del proceso¡±, a?ade.
Sobre el uso de este art¨ªculo, Gonz¨¢lez Cano recuerda que este apartado de la ley est¨¢ pensado para evitar ¡°imputaciones sorpresivas¡± ante admisiones de querellas o denuncias contra aforados. ¡°Este supuesto no es el caso, ya que estamos ante una instrucci¨®n que se remonta a tres a?os en los que ha habido tiempo de informar del estado de la causa sobradamente¡±, expone.
Uno de los puntos m¨¢s pol¨¦micos del texto ha sido el uso del t¨¦rmino imputado. ¡°El auto de la jueza, indudablemente, deja a las personas mencionadas en una situaci¨®n de indefensi¨®n porque, claramente, no los imputa aunque, confusamente, emplee el t¨¦rmino imputaci¨®n en algunos p¨¢rrafos bajo la falsa apariencia de velar por sus derechos ante una presi¨®n medi¨¢tica que el propio auto incrementa desproporcionadamente¡±, explica la catedr¨¢tica. Repercusi¨®n que la propia juez ¡°lamenta¡± en el auto. Para su colega, Alaya usa el t¨¦rmino ¡°porque no existe otro¡±. ¡°Es verdad que su uso puede crear confusi¨®n, pero no ser¨ªa del todo incorrecto. Seg¨²n el art¨ªculo 71.2 de la Constituci¨®n, los diputadores y senadores no podr¨¢n ser inculpados ni procesados sin la previa autorizaci¨®n de la C¨¢mara respectiva, pero no dice nada de imputados, que es el primer escal¨®n. Adem¨¢s, la ley org¨¢nica que aprob¨® el art¨ªculo 118 bis precisa que la atribuci¨®n del estatuto de imputado no requiere de suplicatorio¡±, explica el catedr¨¢tico, quien achaca esta confusi¨®n a la necesidad de actualizar la ley de Enjuiciamiento Criminal. ¡°Por bautizarlo de alguna forma, no ser¨ªa imputados, ser¨ªan invitados procesales¡±, puntualiza.
Analizando en detalle el auto, al igual que en el que Alaya imputaba a la exministra Magdalena ?lvarez junto a una veintena de altos cargos, se critica que la magistrada no detalle los hechos por los que se ¡°invitan¡± a Gri?¨¢n o a Chaves a acudir a su juzgado a declarar. Mart¨ªn Ostos no cree que sea necesario precisarlos. ¡°?nicamente les est¨¢ informando de que, debido a los documentos investigados o las declaraciones realizadas, est¨¢n siendo investigados¡±, explica.
Gonz¨¢lez Cano precisa que, "por escrupuloso respeto al derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, Alaya deber¨ªa, si hay indicios de criminalidad contra estos ciudadanos, individualizar de manera inmediata los hechos incriminatorios contra ellos y elevar esa exposici¨®n al Supremo".
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