El Supremo frena la devoluci¨®n de las ¡®vacaciones fiscales¡¯ de Bodegas El Coto
La empresa de Oy¨®n pidi¨® la nulidad del expediente de recuperaci¨®n de las ayudas ilegales
El Coto de Rioja, como cualquier contribuyente, tiene derecho a ser escuchado antes de recibir una determinada resoluci¨®n administrativa que le afecte. El Tribunal Supremo le ha dado la raz¨®n a la bodega de Oy¨®n, que pidi¨® la nulidad del expediente de recuperaci¨®n de las ayudas ilegales de las vacaciones fiscales al no haber sido citados ante la Diputaci¨®n para recibir explicaciones del mandato de la UE que les obligaba a devolverlas.
La Diputaci¨®n de ?lava inici¨® la recuperaci¨®n de las cantidades disfrutadas por la mencionada compa?¨ªa durante los ejercicios comprendidos entre 1998 y 2006 en forma de cr¨¦dito fiscal por el 45% de las inversiones, sin respetar el tr¨¢mite de audiencia al que le obliga la Carta de Derechos Fundamentales de la UE. En su art¨ªculo 41.2 proclama, ¡°dentro de las garant¨ªas inherentes a la ciudadan¨ªa, el derecho de toda persona a ser o¨ªda antes de que se tome en contra suya una medida individual que le afecte desfavorablemente¡±, recuerda el Supremo.
La resoluci¨®n del Supremo ordena a la Diputaci¨®n alavesa a retrotraer todas las actuaciones administrativas contra El Coto hasta 2003, lo que va a suponer de hecho un retraso en el abono de las ventajas fiscales consideradas por la UE ayudas de Estado y por lo tanto ilegales, pero no admite que las recuperaciones dinerarias hayan prescrito.
La Secci¨®n Segunda de la Sala Tercera del Tribunal Supremo acord¨® el pasado d¨ªa 14 anular ¡°los actos administrativos en cuanto ata?en al a?o 2003 y ordenamos retrotraer las actuaciones al momento anterior a su pronunciamiento para que se d¨¦ a la compa?¨ªa demandante un tr¨¢mite de audiencia¡±. Las costas las pagar¨¢, cada parte, las suyas.
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