Desaparecidos
Las v¨ªctimas de la dictadura llevan 35 a?os esperando saber y ser aut¨¦nticamente reparados por el inmenso da?o sufrido
¡°En Espa?a se cometieron graves y masivas violaciones a los derechos humanos durante la Guerra Civil (1936-1939) y la dictadura (1939-1975)¡±. Este es el punto de partida del Informe del Comit¨¦ contra la Desaparici¨®n Forzada de NNUU del pasado 15 de noviembre. Con dos datos relevantes. Las v¨ªctimas de desapariciones forzadas del 17 de julio 1936 a diciembre 1951 ascender¨ªan a 114.226. Y los ni?os secuestrados a familias republicanas a los que se cambiaba la identidad pudieran haber sido 30.960.
La intervenci¨®n de este Comit¨¦ es, por ahora, la ¨²ltima consecuencia del desamparo que sufren las v¨ªctimas ¡ªincluidos sus familiares¡ª de los cr¨ªmenes de la dictadura franquista. El abandono judicial lo acredita el Informe elaborado por el forense Francisco Etxeberria, que ha intervenido en la exhumaci¨®n de 300 fosas en las que se encontraron restos de 5.000 personas: ¡°Las autoridades judiciales han estado ausentes en este proceso¡±, afirm¨®.
Este desamparo es ya antiguo, pero se agudiz¨® cuando, tras la denuncia presentada en 2006 ante el Juzgado Central de Instrucci¨®n n? 5, el proceso fue cerrado, dividido y repartido entre m¨¢s de 60 juzgados de instrucci¨®n por raz¨®n de la localizaci¨®n de las fosas. La inmensa mayor¨ªa de los juzgados archivaron las actuaciones, sin personarse siquiera en la fosa donde pudieran hallarse los restos para practicar las diligencias a que les obliga la Ley.
Y, cuando se aprueba la Ley de la Memoria Hist¨®rica en 2007, el Estado, con la excepci¨®n de Catalunya, renuncia a su deber de asumir ¡°la indagaci¨®n, localizaci¨®n e identificaci¨®n de las personas desaparecidas¡± para atribu¨ªrselas a los familiares y particulares. Privatizando una responsabilidad eminentemente p¨²blica, ya fuera judicial o administrativa. Ciertamente, bajo el Gobierno del presidente Montilla se aprob¨® la Ley 10/2009 sobre ¡°la localizaci¨®n e identificaci¨®n de las personas desaparecidas durante la Guerra Civil y la dictadura franquista, y la dignificaci¨®n de las fosas comunes¡±. Esta ley represent¨® un gran avance en el tratamiento institucional de esa realidad que, durante aquel periodo, gener¨® resultados estimables.
¡°La b¨²squeda de las personas que han sido sometidas a desaparici¨®n forzada y el esclarecimiento de su suerte son obligaciones del Estado¡±
Pero la desprotecci¨®n se hizo m¨¢s intensa cuando el Tribunal Supremo (TS), por sentencia 101/2012 que absuelve al juez Baltasar Garz¨®n, clausura definitivamente las puertas de los tribunales para investigar los cr¨ªmenes de la dictadura. Porque, con una completa vulneraci¨®n del Derecho Internacional Humanitario, declara que no pueden ser perseguidos penalmente cuando ha sido una constante de este Derecho que ciertos delitos, por su gravedad y dimensiones cualitativas y cuantitativas, eran siempre perseguibles, con independencia de su codificaci¨®n.
Adem¨¢s, los Pactos de Nueva York, vigentes en Espa?a desde 1977, proclamaban que la irretroactividad de la ley penal no era aplicable a delitos que, por su gravedad, atentaban contra el g¨¦nero humano. Los Pactos establecen que nada se opone a su persecuci¨®n y condena si los hechos ¡°en el momento de cometerse fueran delictivos seg¨²n los principios generales del Derecho, reconocidos por la comunidad internacional¡±. El tratado estaba vigente en Espa?a cuando se aprob¨® la Ley de Amnist¨ªa de 1977, lo que imped¨ªa aplicarla al genocidio franquista.
El Comit¨¦ expresa su ¡°preocupaci¨®n¡± por el criterio mantenido por el Supremo en la sentencia citada al invocar la ¡°existencia de una ley de amnist¨ªa¡± y por rechazar en las desapariciones su car¨¢cter de delito permanente. Asimismo, ¡°exhorta¡± al Estado a que ¡°asegure que todas las desapariciones forzadas sean investigadas de manera exhaustiva e imparcial...¡±. Frente al criterio mantenido por la Ley de Memoria Hist¨®rica, el Comit¨¦ recuerda que ¡°la b¨²squeda de las personas que han sido sometidas a desaparici¨®n forzada y el esclarecimiento de su suerte son obligaciones del Estado¡± y que ¡°los familiares tienen el derecho a conocer la verdad sobre la suerte de sus seres queridos desaparecidos¡±.
Para estos fines, el Comit¨¦ plantea que el Estado espa?ol ¡°deber¨ªa considerar la posibilidad de establecer un ¨®rgano espec¨ªfico encargado de la b¨²squeda de las personas sometidas a desaparici¨®n forzada¡." e insta a que el Estado ¡°intensifique sus esfuerzos con miras a buscar e identificar a los ni?os que podr¨ªan haber sido v¨ªctimas de apropiaci¨®n, desaparici¨®n forzada y/o sustituci¨®n de su identidad¡±. Finalmente, reitera lo que ya solicit¨® el Consejo de Europa en 2006: ¡°la creaci¨®n de una comisi¨®n de expertos independientes encargada de determinar la verdad sobre las violaciones a los derechos humanos ocurridas en el pasado, en particular las desapariciones forzadas¡±.
Las v¨ªctimas de la dictadura ya no pueden esperar m¨¢s. Llevan 35 a?os esperando saber, ser aut¨¦nticamente reparados por el inmenso da?o sufrido y, en la medida de lo posible, que se haga justicia como lo est¨¢ haciendo la juez argentina. El Estado, las administraciones y, particularmente, los jueces no pueden continuar quebrantando el derecho internacional que regula las obligaciones de los Estados ante las desapariciones forzadas e incumpliendo el deber legal de proteger a las v¨ªctimas y proporcionarles la satisfacci¨®n adecuada. Debe cumplirse definitivamente lo que expresaba la citada ley catalana. Acabar con el ¡°olvido de las v¨ªctimas de la represi¨®n franquista¡±. Las v¨ªctimas mas "invisibilizadas", seg¨²n Reyes Mate. Ya es hora.
Carlos Jim¨¦nez Villarejo es jurista y miembro de Federalistes d'Esquerres
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