Un juez condena a Ense?anza por negar el derecho de lactancia a una interina
Una sentencia considera que se ¡°lesionaba el derecho fundamental¡± a la igualdad
M. A., profesora interina sustituta, solicit¨® el pasado 13 de febrero el permiso de lactancia. Un d¨ªa despu¨¦s el Departamento de Ense?anza le comunic¨® que se lo denegaba por no trabajar a jornada completa ¡ªla docente tiene contrato del 86% del horario. El sindicato UGT llev¨® el caso a los tribunales por considerarlo discriminatorio y el juez ha dado la raz¨®n a la profesora. La sentencia obliga a la Generalitat a concederle el permiso o, en el caso que esto ya no sea posible ¡ªporque el periodo de lactancia ya haya pasado¡ª, a compensarlo con d¨ªas libres o con una indemnizaci¨®n econ¨®mica.
¡°Es contrario al principio de igualdad que el empleado p¨²blico a jornada completa, sea funcionario de carrera o no, lo disfrute, mientras que el personal interino, que por imperativo legal no realiza la jornada completa aplic¨¢ndosele un porcentaje de reducci¨®n, no pueda realizarlo¡±, constata la sentencia del juzgado contencioso administrativo 11 de Barcelona, que declara ¡°la lesi¨®n del derecho fundamental¡± de igualdad reconocido por la Constituci¨®n.
Pero uno de los aspectos que tiene en cuenta especialmente el juez es que esta reducci¨®n de jornada no es voluntaria, sino impuesta por normativa. La Generalitat decidi¨® aplicar desde el curso pasado un recorte del 14% en el horario y el sueldo de los sustitutos. Con esta medida, Ense?anza se podr¨ªa ahorrar unos 12 millones anuales, seg¨²n c¨¢lculos del sindicato CC OO.
La Generalitat recort¨® el curso
A pesar de esta imposici¨®n, el Departamento que dirige Irene Rigau decidi¨® que los docentes ¡°que quieran disfrutar de cualquier reducci¨®n de jornada o permiso de lactancia solo podr¨¢n ocupar puestos de trabajo con jornada entera¡±, seg¨²n consta en los criterios para la gesti¨®n de la bolsa de trabajo del personal docente para el curso 2012-13.
El objetivo de este criterio, seg¨²n defend¨ªa la Generalitat en sus alegaciones, es ¡°evitar el efecto perverso que puede producirse en la organizaci¨®n del servicio p¨²blico educativo por la acumulaci¨®n por parte del sustituto de reducciones de jornada y de permisos de lactancia¡±.
Pero el juez discrepa. ¡°Se ha impuesto por criterios econ¨®micos una restricci¨®n a costa de la mujer trabajadora en casos de maternidad y ello es un obst¨¢culo injustificado para la permanencia en el empleo, en este caso interino, y para la compatibilidad de su vida profesional con su vida familiar, y en tal sentido constituye una discriminaci¨®n indirecta por raz¨®n de sexo¡±, razona el magistrado en la sentencia con fecha del pasado 30 de octubre.
Fuentes de Ense?anza aseguraron que ya est¨¢n trabajando para dar cumplimiento a la sentencia y a?ade que de momento no se ha tomado una decisi¨®n sobre posibles casos o peticiones semejantes que puedan aparecer.
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