Condena al Sergas por olvidar una gasa en el cuerpo de un paciente
La sentencia asegura que no se sigui¨® el protocolo quir¨²rgico El protocolo obliga a la anotaci¨®n y comprobaci¨®n del uso del material
Un juzgado de lo Contencioso de Santiago ha condenado al Servizo Galego de Sa¨²de (Sergas) a indemnizar aun paciente de 64 a?os de edad, con 9.000 euros por el olvido de una gasa en el interior de su cuerpo tras una intervenci¨®n quir¨²rgica. As¨ª lo informa la Asociaci¨®n El Defensor del Paciente, que ha explicado que la operaci¨®n se llev¨® a cabo para la resecci¨®n de la base de la lengua y vaciamiento ganglionar tras el diagn¨®stico de carcinoma epidermoide bien diferenciado infiltrante, practicada el 6 de junio de 2007.
La sentencia, seg¨²n resalta la asociaci¨®n, "da la raz¨®n a los servicios jur¨ªdicos de El Defensor del Paciente", que han asistido al afectado y que se?alaron que "el protocolo quir¨²rgico que ayuda a evitar lo ocurrido exige el recuento estricto previo, la anotaci¨®n y comprobaci¨®n de que toda gasa usada que se introduzca en el campo intraopeatorio se extraiga antes de completar la intervenci¨®n, y otro recuento exhaustivo final para que coincidan con el n¨²mero inicial antes del cierre de la incisi¨®n". Pero, en este caso, seg¨²n sostiene la asociaci¨®n, "no se hizo as¨ª, sino que, actuando de modo rutinario, se dio por correcto un recuento que no lo era".
Seg¨²n ha indicado el abogado del paciente, Cipriano Castreje, "no se control¨® el riesgo que supone la intervenci¨®n quir¨²rgica, riesgo que se materializ¨® al dejar la gasa en el interior del cuerpo del paciente". "Hubo igualmente falta de diligencia en el postoperatorio con minusvaloraci¨®n de los s¨ªntomas que el paciente presentaba", ha a?adido. Tras la intervenci¨®n, el paciente recibi¨® el alta hospitalaria el 2 de julio de 2007 con la gasa en su interior y, a pesar de la sintomatolog¨ªa y del "mal estado" que presentaba la herida del lado derecho, seg¨²n denunci¨® la asociaci¨®n, "no se realiz¨® ninguna prueba complementaria para averiguar el origen de dichos s¨ªntomas, debiendo transcurrir cuatro meses hasta que el 12 de octubre de 2007 la esposa del paciente se percat¨® de que asomaba un trozo de tela por la herida quir¨²rgica".
Por ello, acudi¨® de inmediato al Servicio de Urgencias del Complexo Hospitalario de Ourense, donde fue sometido a una segunda intervenci¨®n quir¨²rgica bajo anestesia general para la retirada de la gasa. Seg¨²n apunta la asociaci¨®n el Consello Consultivo de Galicia considera que "hubo mala praxis en la ejecuci¨®n de la cirug¨ªa por la permanencia de una gasa tras la finalizaci¨®n de la intervenci¨®n", que "admitida la vinculaci¨®n entre la terapia quir¨²rgica y la lesi¨®n de referencia, se evidencia la existencia de un nexo entre la asistencia sanitaria y el da?o padecido" y "no se aprecia a lo largo de lo actuado justificaci¨®n ninguna de la circunstancia que dio lugar a la permanencia del cuerpo extra?o tras la pr¨¢ctica de la intervenci¨®n quir¨²rgica".
"No puede tenerse por tal la explicaci¨®n que facilita en su informe el jefe del servicio de ORL, en el que se atribuye el hecho lamentable de que quedase una gasa en el campo quir¨²rgica a la duraci¨®n (6 horas) y complejidad de la operaci¨®n", indica el Consello Consultivo. "Ya que no es apreciable que los padecimientos ocasionado al interesado sean un riesgo t¨ªpico de la intervenci¨®n que deba ser soportado por el paciente, procede reconocer al interesado el derecho a ser indemnizado de los da?os que se vio obligado a padecer", sostiene el fallo.
As¨ª, el Consello Consultivo de Galicia concluye, seg¨²n explica El Defensor del Paciente, que procede reconocer el derecho del paciente a percibir "una indemnizaci¨®n de 20.000 euros", sin embargo la sentencia reduce la indemnizaci¨®n a 9.000 euros, puesto que esa fue la cifra en la que valor¨® el da?o el perito judicial, al entender que "afortunadamente" para el paciente el da?o causado "fue m¨ªnimo", con "escasos d¨ªas" de incapacidad y un perjuicio est¨¦tico "muy leve".
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