El trabajador gallego queda libre de tasas judiciales con cinco meses de retraso
El Tribunal Superior de Xustiza recula y admite ahora la gratuidad de los recursos laborales de los despedidos y contra la Seguridad Social o mutuas
En Galicia se cobran tasas judiciales por recurrir cuestiones laborales, como un despido, o reclamaciones contra la Seguridad Social o una mutua para, por ejemplo, obtener el derecho a una pensi¨®n. Pero es gratuito, por el contrario, en el resto de Espa?a. Y todo porque la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, y en contra de la exenci¨®n dictada por el Supremo hace ya seis meses, decidi¨® en julio pasado imponer que trabajadores y beneficiarios de la Seguridad Social, sean aut¨®nomos o no, tienen que pasar por caja y abonar entre 300 y 750 euros antes de poder recurrir una sentencia de primera instancia (que no son firmes).
Hasta ahora. Contra todo pron¨®stico, el alto tribunal auton¨®mico recul¨®. Acaba de dictar un auto, el pasado d¨ªa 11, que echa por tierra sus anteriores resoluciones del pasado verano y establece que a partir de ahora, los gallegos s¨ª estar¨¢n exentos, como en el resto del pa¨ªs, de pagar tasas por plantear, en el ¨¢mbito social, un recurso de suplicaci¨®n (ante el Tribunal Superior) o de casaci¨®n (ante el Supremo). Si el llamado ¡°tasazo¡± del ministro Gallard¨®n ya origin¨® gran rechazo social, protestas y continuos problemas para su aplicaci¨®n, en la comunidad gallega los malabarismos y cambios de criterios son a¨²n mayores. A la desigualdad que supone que ciudadanos de una u otra comunidad aut¨®noma tengan un acceso distinto a la Justicia, se a?ade el hecho de que se trata de la jurisdicci¨®n social, la m¨¢s afectada por el enorme incremento de demandas que suscita la crisis econ¨®mica y la reforma laboral.
Esta marcha atr¨¢s del Superior de Galicia, pol¨¦mica y fruto de mucha divisi¨®n interna entre los magistrados de la Sala de lo Social, tampoco equipara del todo los derechos de acceso a la Justicia de los trabajadores gallegos a la de los dem¨¢s ciudadanos. No tiene car¨¢cter retroactivo. Ya no podr¨¢ reclamar todo aquel que en Galicia vio a lo largo de los ¨²ltimos 12 meses c¨®mo ni siquiera se aceptaba a tr¨¢mite su recurso solo porque no pod¨ªa pagar, previamente, la tasa judicial.
El Supremo, en su auto con el que pretend¨ªa unificar criterios para todas las comunidades aut¨®nomas ¡ªy fue as¨ª salvo en Galicia¡ª, declar¨® la exenci¨®n de tasas judiciales en el orden social tambi¨¦n para los recursos planteados antes de febrero, cuando entr¨® en vigor el Real Decreto-Ley que modifica y ampl¨ªa tanto la tan cuestionada ley sobre tasas, como la asistencia gratuita a la Justicia. Por el contrario, en su sorpresivo auto del pasado 11 de diciembre, el alto tribunal gallego advierte que la exenci¨®n que ahora s¨ª acepta aplicar es solo para las apelaciones posteriores al real decreto de febrero. M¨¢s suerte tuvieron los vascos, cuyo tribunal superior fue el primero en declarar, ya en enero, gratuitos los recursos en el orden social, o los canarios, con una resoluci¨®n similar desde abril.
Acceso y gratuidad de la Justicia en entredicho
Tardar¨¢ a¨²n mucho en pronunciarse el Tribunal Constitucional sobre la pol¨¦mica norma que obliga a pagar tasas judiciales, recurrida por m¨²ltiples partes, incluido ¨®rganos como la Audiencia Nacional, que arguyen que cobrar por acudir ante un juez es contrario a un derecho fundamental, el de tutela efectiva de la justicia. El Superior de Galicia, pese al baile de mayor¨ªas y minor¨ªas de los magistrados de su sala de lo Social, tan divididos sobre esta cuesti¨®n, descart¨® no obstante plantear una cuesti¨®n de inconstitucionalidad contra el denominado 'tasazo' o copago de la Justicia.
En los autos del 18 y 31 de julio, con los que se oblig¨® a mantener en Galicia las tasas judiciales hasta ahora, se impusieron por mayor¨ªa los magistrados -eran en total 15 en el primer caso, 18 en el segundo- que no s¨®lo consideraban "no vinculante" la decisi¨®n del Supremo de decretar gratuidad para trabajadores y beneficiarios de la Seguridad Social, algo cuando menos ins¨®lito. Resolvieron tambi¨¦n, en contra del criterio de una minor¨ªa, que tanto la ley inicial de tasas, de hace un a?o, y su modificaci¨®n de febrero (mediante real decreto-ley), no iba contra la Constituci¨®n espa?ola, que establece el acceso para todos a la Justicia, incluidos los que demuestren no tener suficientes recursos para litigar. Entienden estos magistrados que ese derecho ya est¨¢ suficientemente reconocido al mantener las nuevas leyes la gratuidad para presentar una demanda e ir a juicio en un juzgado de primera instancia. Por el contrario, razonan, "el derecho a presentar un recurso legal no nace directamente de la Constituci¨®n", y por lo tanto, se puede perfectamente imponer el pago de tasas judiciales sin vulnerar el acceso a la Justicia.
Otra de las contradicciones flagrantes entre los magistrados de lo Social es que en sus resoluciones de julio hicieron caso omiso de que el real decreto-ley de febrero, de obligada aplicaci¨®n en todo el Estado, volv¨ªa expresamente a incluir a trabajadores y beneficiarios de la Seguridad Social entre los ciudadanos que gozan de asistencia jur¨ªdica gratuita. Un derecho que los gallegos recobran con meses de demora.
¡°Provocar¨¢ diferencia de trato, se va a complicar la situaci¨®n de algunos trabajadores y beneficiarios de la Seguridad Social que han visto archivados sus recursos por no abonar las tasas¡±, advierten tres magistrados del Superior de Galicia que, contrarios a la gratuidad, formularon un voto particular a la resoluci¨®n de esta misma semana. Fue adoptada por una exigua mayor¨ªa de los integrantes de la Sala de lo Social, al igual que hab¨ªa ocurrido en julio, aunque en sentido contrario, con los dos autos en contra de la exenci¨®n de las tasas. En aquellos dos fallos, ahora revocados por el mismo ¨®rgano judicial, eran los partidarios de la exenci¨®n, entonces minoritarios, los que, tambi¨¦n en su voto particular, alertaban de la inseguridad jur¨ªdica y ¡°la clara desigualdad¡± entre los que litigasen en Galicia y los que lo hiciesen en otras comunidades aut¨®nomas.
Son incontables los ciudadanos que renunciaron a seguir con sus reclamaciones laborales o contra la Seguridad Social y mutuas por no poder pagar las tasas judiciales, con descuentos del 60% para los trabajadores (300 o 450 euros, m¨¢s el 0,1% de la cantidad reclamada en su pleito) y sin ninguno para los dem¨¢s (500 euros para recurso de suplicaci¨®n y 750 euros para los de casaci¨®n). El Consejo del Poder Judicial calcul¨®, en una primera estimaci¨®n provisional, que en los primeros cuatro meses del a?o, por culpa del tasazo, hab¨ªan ca¨ªdo en un 15% los litigios sociales.
La nueva resoluci¨®n del Superior va a permitir, no obstante, desbloquear decenas de recursos que llevan meses pendientes de respuesta, planteados por afectados que reclamaron su derecho a tener la misma exenci¨®n de tasas judiciales de la que se benefician desde junio en el resto de Espa?a gracias al auto del Supremo.
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