Una sentencia obliga a cortar Internet a un usuario por compartir m¨²sica
El fallo dice que esta actividad vulnera derechos de propiedad intelectual de las discogr¨¢ficas
La Audiencia de Barcelona ha ordenado a la operadora R Cable y Telecomunicaciones Galicia a suspender "de inmediato y de forma definitiva" la conexi¨®n a Internet de un usuario por infringir los derechos de propiedad intelectual de varias discogr¨¢ficas al usar el programa de intercambio de archivos P2P para poner al servicio de otros internautas m¨¢s de 5.000 canciones en una carpeta compartida.
El auto al que ha tenido acceso Europa Press, resuelve un recurso de apelaci¨®n de las compa?¨ªas Promusicae, Wea Internacional Inc, Sony Music Entertainment, Warner Music, Universal Music, y Emi Music contra una sentencia desestimatoria del Juzgado Mercantil 6 de Barcelona. El juzgado mercantil hab¨ªa considerado que se trataba simplemente de un intercambio de archivos entre particulares sin ¨¢nimo de lucro y que el usuario 'nito75' no vulner¨® la Ley de Propiedad Intelectual cuando puso a trav¨¦s de una carpeta compartida a disposici¨®n del resto de internautas 5.097 archivos sonoros para que pidieran descargarlos.
Sin embargo, la Audiencia de Barcelona considera que esta actividad vulnera los derechos de propiedad intelectual de las discogr¨¢ficas y, pese a que la operadora gallega no haya cometido "en s¨ª misma" ninguna infracci¨®n, ha aceptado la petici¨®n de las empresas demandantes de suspender inmediatamente la conexi¨®n a Internet de este abonado. La Audiencia de Barcelona razona que cuando "esas grabaciones se ponen a disposici¨®n de una pluralidad de personas, que pueden tener acceso a la obra desde el lugar y el momento que tengan por conveniente" se est¨¢n vulnerando los derechos de propiedad intelectual de las discogr¨¢ficas.
La compa?¨ªa gallega asegura que este procedimiento es habitual en casos de delitos como la pornograf¨ªa infantil, y que ellos simplemente se limitan a cumplirla sin entrar a valorar el contenido del fallo. Las discogr¨¢ficas hacen la petici¨®n a la empresa porque en el momento de producirse las descargas la IP de ese usuario pertenec¨ªa a la compa?¨ªa y es el ¨²nico dato que les sirve porque no pueden identificar a la persona con ese nick registrado.
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